La Justicia de Costa Rica rechazó acción de inconstitucionalidad presentada por empresa minera canadiense

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 La transnacional canadiense Infinito Gold fracasó nuevamente ante la Sala Constitucional en su afán de eliminar la jurisprudencia, utilizada por la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, en el caso Crucitas

“Mediante sentencia #13807-2013 de las 16:10 horas del 16 de octubre, correspondiente al expediente #13-009817-0007-CO, la Sala Constitucional rechazó de plano la acción de inconstitucionalidad presentada contra la jurisprudencia de la Sala Primera de la Corte y del Tribunal Contencioso Administrativo sobre la obligatoriedad de las sentencias de la Sala Constitucional, a propósito del caso de la concesión de Crucitas”, precisó un boletín de la Sala IV. 

Añadió que “Se había invocado como asunto base el proceso penal pendiente sobre ese misma concesión minera”.

“Sin embargo, la Sala estimó que la acción no cumple los requisitos formales básicos de admisibilidad establecidos en la Ley de la Jurisdicción Constitucional”, precisó la sentencia.

“Salvó su voto el Magistrado Castillo Víquez, quien ordenó dar curso a la a acción. La sentencia está en redacción”, concluye el boletín informativo.

La empresa canadiense, propiedad de Ron Manix, un mecenas que dice promocionar acciones en favor del ambiente, la cultura y la ética, pretendía construir una mina de oro a cielo abierto a tres kilómetros del río San Juan, fronterizo entre Nicaragua y Costa Rica.

La Sala Primera rechazó una apelación a la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo (TCA), que eliminó los permisos y un decreto del ex presidente Oscar Arias Sánchez, que declaraba de Interés Público y Conveniencia Nacional dicho proyecto.

A raíz de diversos fracasos ante la justicia de Costa Rica, Infinito Gold anunció que el caso fue presentado ante un tribunal de arbitraje del Banco Mundial, el CIADI, con sede en Washington para recuperar mil 90 millones de dólares que dejaría de percibir por la explotación de oro y por inversiones realizadas.

http://www.elpais.cr/frontend/noticia_detalle/1/87085

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