Reforma Energética, sin obstáculos – Diario El Punto Crítico, México

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“Los conceptos vertidos en esta sección no reflejan necesariamente la línea editorial de Nodal. Consideramos importante que se conozcan porque contribuyen a tener una visión integral de la región”

 

De acuerdo a la normatividad legislativa se necesitan solo 17 estados por lo menos para hacer constitucional la reforma energética que incluye cambios en los artículos 27 y 28 de la constitución. La aprobación ha sido tan rápida que a los opositores no les ha dado tiempo de reaccionar como es el caso de los simpatizantes del Movimiento Regeneración Nacional (Morena).

Con esto y de acuerdo con el Artículo 135 de la Constitución, para que una iniciativa se convierta en ley constitucional es necesaria la aprobación del 50% de los congresos locales más uno, es decir, 16 entidades. Corresponde ahora al Congreso de la Unión hacer la declaratoria de reforma constitucional, la cual se prevé que la emita este miércoles 18 de diciembre. Una vez cumplido con este mandato constitucional, es deber del jefe del Ejecutivo promulgar la nueva legislación y publicarla en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para que sea formalmente válida.

Con el aval de San Lázaro a la iniciativa impulsada por el PRI y el PAN desde el Senado de la República y cobijada por el Partido Verde y por Nueva Alianza en la Cámara baja, los diputados aprobaron que el Estado a través de Pemex celebre contratos con particulares mexicanos o extranjeros en la producción de energéticos.

Con la reforma a los artículos 25, 27 y 28 constitucionales abre la puerta a que México alcance acuerdos de servicios, de utilidad compartida, de producción compartida o de licencias y que el pago de recursos sea distinto en cada modalidad.

Para los primeros los diputados plantearon que el pago se realice en efectivo; para los segundos, que se salden con un porcentaje de la utilidad generada, mientras que para los dos últimos se pague con un porcentaje de los energéticos que se produzcan.

En el caso del artículo 27, éste queda de la siguiente forma: Los párrafos clave de la reforma al Artículo 27 de la Constitución, así fueron planteados en el proyecto: “Corresponde exclusivamente a la Nación la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica. En estas actividades no se otorgarán concesiones, sin perjuicio de que el Estado pueda celebrar contratos con particulares en los términos que establezcan las leyes, mismas que determinarán la forma en que los particulares podrán participar en las demás actividades de la industria eléctrica”.

“Tratándose del petróleo y de los hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos, en el subsuelo, la propiedad de la Nación es inalienable e imprescriptible y no se otorgarán concesiones. Con el propósito de obtener ingresos que contribuyan al desarrollo de largo plazo de la Nación, ésta llevará a cabo las actividades de exploración y extracción mediante asignaciones a empresas productivas del Estado o a través de contratos con éstas o con particulares, en los términos de la Ley Reglamentaria. Para cumplir con el objeto de dichas asignaciones o contratos las empresas productivas del Estado podrán contratar con particulares. En cualquier caso, los hidrocarburos en el subsuelo son propiedad de la Nación y así deberá afirmarse en las asignaciones o contratos”.

Llama la atención los cambios al Artículo 28 es el que establece la creación del Fondo Mexicano del Petróleo: “El Estado contará con un fideicomiso público denominado Fondo Mexicano del Petróleo, cuya Institución Fiduciaria será el banco central (Banxico) y tendrá por objeto, en los términos que establezca la ley, recibir, administrar y distribuir los ingresos derivados de las asignaciones y contratos a que se refiere el párrafo séptimo del artículo 27 de esta Constitución, con excepción de los impuestos”. Los flujos anuales de recursos que reciba el Fondo se destinarán a ahorro de largo plazo. Pero si igualan o rebasan el 3% del PIB del año previo, podrán destinarse en 0.15%, en cada caso, a saldar pasivos públicos, inversión en ciencia y tecnología para energías renovables y un sistema de becas, entre otros.

Los recursos que se acumulen con este fondo se destinarán a un plan de ahorro a largo plazo, mismos que si rebasan el equivalente al 3% del PIB del año fiscal inmediato anterior, podrán destinarse en 0.15% al cumplimiento del pago pasivos públicos e inversión en el desarrollo de ciencia y tecnología, así como en energías renovables.

Así finalmente queda la reforma controversial y necesaria. Y tal y como se esperaba Puebla se convirtió en el decimosexto estado en aprobar la reforma energética, luego que su congreso avalara esta tarde el dictamen aprobado el jueves por la Cámara de Diputados y en el que se establece constitucionalmente la participación del capital privado en proyectos del sector energético mexicano. Con 31 votos a favor y 2 en contra, el congreso poblano secundó a sus pares de Aguascalientes, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Coahuila, Durango, Estado de México, Hidalgo, Jalisco, Nayarit, Querétaro, Quintana Roo, Tamaulipas, Veracruz y Yucatán, entidades que en menos de 72 horas se pronunciaron a favor de la reforma energética.

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