Comenzó el registro de personas que cultivan marihuana en sus casas

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Ayer el Instituto de Regulación y Control del Cannabis (Ircca) comenzó a registrar a quienes realizan el cultivo de marihuana en sus casas. Según Juan Andrés Vaz, de la Asociación de Estudios del Cannabis del Uruguay, promotora de la ley hace más de10 años, se calcula que en Uruguay hay unas 10 mil personas que cultivan el cannabis en sus hogares o se dedican al autocultivo.

En pocas horas, más de 10 personas se anotaron en el registro del Ircca y el plazo se extenderá por 178 días. Vaz fue el primero en anotarse en una sucursal del Correo de Ciudad Vieja. No era para menos.

“Significa todo un logro poder registrarse y cultivar. Por lo menos para mí, que hace 20 años que estoy en el anonimato, por decirlo de alguna manera”, comentó Vaz a LA REPÚBLICA. Vaz apuntó también a “muchos bolazos y desinformación” que circula por las redes como Facebook. “Hay mucha gente que está mal informada. La gente cree que le van a hacer inspección en la casa y que le piden demasiada información. ¿Eso es malo? O que van a usar su información personal en contra. La gente va a tener que creer y el Estado actuar en consecuencia”, apuntó Vaz.

La documentación que se debe presentar es la siguiente: cédula de identidad uruguaya, original y copia; constancia de domicilio o factura de servicio público (UTE, OSE o Antel) a nombre del interesado. En el caso de la factura de Antel, debe ser de telefonía fija o Anteldata, no se aceptan facturas de celular. Los locales habilitados para realizar estos registros están disponibles en la página oficial del Instituto (www.ircca.gub.uy) y la inscripción se realizará sin costo. La licencia para cultivo doméstico tendrá vigencia de tres años y se podrá realizar una reinscripción a su vencimiento.

El Ircca tiene 30 días para autorizar el desarrollo de la actividad solicitada. La información relativa a la identidad de quienes se inscriban en esta sección será de carácter reservado, estará prohibido su tratamiento, salvo con consentimiento expreso y escrito del titular, de conformidad con el artículo 18 de la ley 18.331.

De acuerdo a lo establecido por dicho instituto y por las normativas aprobadas para la regulación del control del mercado del cannabis, se entiende por cultivo doméstico de cannabis psicoactivo a aquel realizado por personas físicas que, estando destinado al uso personal o compartido en el hogar, no supere las seis plantas de cannabis psicoactivo hembras por cada casa-habitación, y el producto de la recolección de la plantación no supere los 480 gramos anuales.

No se podrá realizar más de un cultivo doméstico por casa habitación, sin importar la composición del grupo familiar y el número de habitantes que viven en ella. Solo pueden ser titulares de un cultivo doméstico las personas físicas capaces, mayores de edad, ciudadanos uruguayos naturales o legales, o los detentores de residencia permanente.

Por más información sobre dicho registro, se puede consultar la sección “Cultivo Doméstico” de la página web del Ircca.

José Mujica

El presidente José Mujica se refirió a la ley y el registro de cultivadores. “Si los sacamos de la ilegalidad los podemos conocer, nos podemos dar cuenta a tiempo quién tiende a pasarse y lo podemos atender como un enfermo. Si lo dejamos en el mundo de la clandestinidad, como está hoy, cuando lo podemos detectar como un alto consumidor ya es tarde, ya fue preso”, dijo en diálogo con Subrayado.

http://www.republica.com.uy/cultivan-marihuana-domestica/

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