Tres estados donde abortar en América del Sur – Por Laura X. Iturbide (Especial para Nodal)

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Como un aporte al debate sobre la despenalización del aborto observaremos comparativamente a Uruguay, Argentina y Chile, los tres entendidos como casos que representan los distintos posicionamientos de los estados nacionales en Suramérica en materia de interrupciones voluntarias de embarazos.

Por un lado Uruguay representa el estado que despenalizó el aborto hasta las doce semanas de gestación, garantizando un cumplimiento de responsabilidades sanitarias estatales y privadas y reduciendo así la mortalidad materna. En un intermedio, el estado argentino prohíbe el aborto normativamente, y expresa excepción a embarazos producto de violaciones o que signifiquen riesgos a la salud de las mujeres. Finalmente Chile que en una postura opuesta al caso de Uruguay penaliza toda interrupción de embarazo, iniciando un debate -con mucha resistencia- para despenalizar abortos a embarazos producto de violaciones, embrión o feto incompatible con la vida extrauterina, o que el embarazo implique importante riesgo para la salud de la mujer.

En diciembre de 2012 Uruguay sanciona la Ley Nº 18.987 denominada de Ley Interrupción Voluntaria del Embarazo(1), que expresa como principio la promoción de un ejercicio pleno de los derechos sexuales y reproductivos, y a la vez declara no ser una herramienta de control de natalidad. La ley regula el aborto en las primeras doce semanas de gravidez, solicitando a las mujeres una serie de pasos por los cuales deben transitar en acompañamiento de un equipo interdisciplinario. Los casos semejantes a Uruguay en América del Sur son Guayana Francesa y Guyana.

Antes de la Ley Nº 18.987 en Uruguay se estimaban más de 20.000 abortos anuales y se registraban unas 25 muertes cada 100.000 mujeres, claro que tanto voceros del entonces gobierno de José Pepe Mujica como las propias organizaciones de mujeres feministas que trabajaron durante décadas para materializar la despenalización, reconocen la imposibilidad de contar con datos certeros por el marco de la ilegalidad. Una vez implementada la ley de interrupción voluntaria del embarazo, se registraron menos de 7.000 abortos anuales, 10 abortos cada 100.000 mujeres y la mortalidad materna por aborto se redujo a cero(2). La ley logró que no mueran más mujeres producto de un aborto voluntario y el Ministerio de Salud sostuvo que la reducción en el número de interrupciones voluntarias responde a las políticas públicas en materia de salud y educación sexual que acompañaron a la despenalización.

En Argentina el Código Penal en su Artículo Nº 88 sostiene que “será reprimida con prisión de uno a cuatro años la mujer que causare su propio aborto o consintiese en que otro se lo causare”, a la vez que en el Artículo Nº 86 expresa la no punibilidad ante dos casos específicos: -para evitar un riesgo de vida para la madre, -y si el embarazo es producto de una violación o atentado al pudor de una mujer idiota o demente.

Sin capacidad de contar con datos oficiales producto de la ilegalidad de la práctica, observamos en proyectos de ley desarrollados por organizaciones civiles y legisladores/as nacionales que estiman cerca de 500.000 abortos inducidos cada año(3), y que la muerte por abortos realizados de manera clandestina es la principal causa de muerte materna en Argentina(4).

El resultado de la penalización del aborto en Argentina parece encuadrar en una lógica neo-liberal, donde la prohibición silencia la problemática y habilita un mercado ilegal de prácticas clandestinas de abortos que imponen altos precios y condiciones riesgosas. El peso de realizar abortos sin profesionales o en escenarios no aptos recae sobre el cuerpo de las mujeres principalmente pobres y/o en las instituciones estatales que, a destiempo intervienen como pueden en un aborto realizado clandestinamente. Surinam, Colombia, Venezuela, Brasil, Paraguay, Bolivia, Perú, Belice tienen legislaciones que con variaciones en mayor o menor medida, se asemejan al caso argentino.

Finalmente en el análisis de los tres casos representativos de América del Sur en materia de aborto, Chile representa el caso más rígido en términos de penalización, pues no brinda ninguna excepción para interrumpir un embarazo. Dice el Artículo 344 del Código Penal: “La mujer que causare su aborto o consintiere que otra persona se lo cause, será castigada con presidio menor en su grado máximo”(5).

Nuevamente destacamos la precariedad de obtención de datos, pero fundamentos legislativos en la Honorable Cámara de Senadores de Chile y la recolección de datos de las organizaciones sociales e internacionales que trabajan la temática, considera que se llevan adelante entre 60.000 y 150.000 abortos inducidos al año. El aborto es la tercera causa de muerte materna, y el Ministerio de Salud Público sostiene que se registran más de 30.000 egresos hospitalarios por abortos y que un 10% de los casos de mortalidad materna responde a interrupciones de embarazo inducidas.

La prohibición del aborto inducido impacta en la salud de las chilenas destinadas a llevar adelante su decisión en riesgosas condiciones, pero además se las persigue y amenaza con detenciones y sentencias documentadas en Registro de Carabineros(6), y se las obliga a llevar adelante embarazos con malformaciones fetales que no llegaran a término en nombre de la defensa de la vida.

La legislación chilena es única en América del Sur en materia de aborto, semejante sólo a Nicaragua, República Dominicana o El Vaticano por su grado de rigidez. En enero de 2015, la actual Presidenta de Chile Michelle Bachelet envió un proyecto a la Honorable Cámara de Diputados para despenalizar el aborto en caso de violación, riesgo en la salud materna y no viabilidad extrauterina del feto o embrión, y sostuvo: “Los hechos han demostrado que la prohibición absoluta y la criminalización de toda forma de interrupción del embarazo no han impedido ni impiden su práctica en condiciones de riesgo para la vida y la salud de las mujeres, y, por el contrario, se traducen en una vulneración de sus derechos.”

Según la Organización Mundial de la Salud con la despenalización la tasa de mortalidad ronda en 0,6 muertes por 100.000 abortos, mientras que las legislaciones que penalizan el aborto cuentan con datos que varían entre 85 y 250 muertes cada 100.000 abortos. Hay quienes sostienen que llevar adelante la despenalización del aborto desfinancia los sistemas de salud, pero la Ciudad de México es el ejemplo latinoamericano que demuestra una reducción de costos cuando se trata de interrupciones voluntarias planificadas y acompañadas por el sistema de salud.”(7)

Abortar para las mujeres en América del Sur significa en ocasiones secuelas en la salud, ser apresadas y/o sancionadas, o la muerte, pero es cierto que también podemos ser acompañadas por un sistema de salud que nos contiene y nos guía en la difícil y traumática situación de interrumpir un embarazo no deseado, depende del país en el que nos encontremos.

(1) http://www.parlamento.gub.uy/leyes/AccesoTextoLey.asp?Ley=18987&Anchor=
(2) http://www.msp.gub.uy/noticia/interrupci%C3%B3n-voluntaria-de-embarazo
(3) Proyecto de Ley 3067-D-2013.- Legisladora Juliana Di Tullio. Honorable Cámara de Diputados de la Nación, 2013.
(4) “En los últimos treinta años, las complicaciones derivadas de abortos practicados en condiciones de riesgo son la primera causa de mortalidad materna y representan un tercio del total de esas muertes”. Aportes a los debates legislativos sobre derechos sexuales y reproductivos” CELS –Centro de Estudios Legales y Sociales. Buenos Aires, 2015.
(5) Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. Sitio Oficial.
http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1984&r=2
(6) “Derechos Humanos de las Mujeres y la Penalización Absoluta del Aborto en Chile” Francisco Lechuga Guerrero y Claudia Sarmiento Rodríguez. Departamento de Derecho Público Internacional. Facultad de Derecho, Universidad de Chile. 2007
(7) “Se calculó que el aborto inseguro costó al sistema sanitario de la Ciudad de México USD 2,6 millones en 2005, antes de la legalización del aborto (53). Si se ofreciera acceso a un aborto sin riesgos, el sistema podría ahorrar potencialmente USD 1,7 millones cada año”. Aborto sin Riesgos: guía técnica y de políticas para sistemas de salud Organización Mundial de la Salud. (OMS) Edición 2012.

*Laura X. Iturbide, politóloga (USAL), docente y analista en políticas de género. Patagonia argentina.

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