Corte de Apelaciones rechaza solicitud de amnistía pedida por el exdictador Ríos Montt

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La Sala Primera del ramo Penal declaró sin lugar la solicitud de José Efraín Ríos Montt de acogerse al Decreto 8-86, para aplicar en su favor la amnistía que esa norma señala.

El militar enfrentó un juicio y fue condenado a 80 años de cárcel, por genocidio y delitos contra la humanidad, sin embargo el mismo fue anulado.

Ríos Montt enfrentará un procedimiento especial de medidas de protección, luego que evaluaciones forenses determinaron que no tiene las capacidades mentales y físicas para presenciar un juicio en su contra.

El militar está acusado de genocidio y delitos de deberes contra la humanidad por cientos de muertes durante el conflicto armado interno entre 1982 y 1983, cuando era Jefe de Estado.

La resolución de la Sala se concretó luego de más de dos años y cien excusas de magistrados que referían no poder conocer la petición de la extinción de la persecución penal.
Dato

El 25 de febrero de este año, terminó el plazo que la Corte de Constitucionalidad fijó para que la Sala resolviera si le otorgaba la amnistía al general retirado. El máximo tribunal del país ordenó que se integrara la Sala, y esta se conformó el 19 de febrero, y a partir de esa fecha corrían cinco días para que el referido órgano decidiera si le era aplicable al general retirado Ríos Montt. Pero debió pasar mucho tiempo para que emitieran la resolución.

En febrero de 2014, la Sala de Mayor Riesgo decidió no conocer la solicitud de amnistía planteada por el ex presidente de facto. La Asociación Justicia y Reconciliación (AJR) y el Centro de Acción Legal en Derechos Humanos (Caldh), se manifestaron en su momento para que el general retirado no fuera beneficiado, pues los casos de genocidio no están dentro del decreto al que la defensa se quiere acoger.

Prensa Libre

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