Peña Nieto dice que el fallo de la Corte no significa la legalización de la marihuana

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El presidente Enrique Peña Nieto dijo que su gobierno respeta y acata la resolución de la Suprema Corte sobre el amparo que concedió por el consumo de la mariguana, pero aclaró que esto no significa legalizar su consumo.

«Esto no significa que esto de libertad ahora a la comercialización, al consumo, y a la legalización de la mariguana. Está claro que los efectos de este fallo son para quienes han invocado la protección de la justicia para hacer el consumo de la mariguana un uso personal y uso lúdico del mismo, pero no abre de ninguna manera ni significa legalizar el consumo de la marihuana, ni significa la comercialización ni trasiego de la misma», afirmó.

En entrevista en el Hangar Presidencial, señaló que esta posición abre un debate amplio para llevar a una regulación en el consumo de la mariguana e inhibir su consumo y establecer políticas para que entre la población haya claridad de cuáles son los efectos nocivos o no del consumo.

Indicó que este pronunciamiento abre un espacio de amplio debate y no es nuevo, «yo mismo me he pronunciado sobre el tema, me he pronunciado por la necesidad de abrir un debate amplio sobre este asunto, sobre las políticas públicas que se han seguido y más cuando estamos observando que en varias partes del mundo eventualmente se ha legalizado el consumo y en México es una actividad que aún está penalizada y criminalizada».

El mandatario dió indicaciones a las áreas de Salud y de la Consejería Jurídica del Gobierno de la República para que expliquen a la población los alcances de la resolución de la SCJN.

Milenio

La Corte avala amparo para siembra y consumo de mariguana

Con 4 votos a favor y 1 en contra, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló este miércoles un amparo de un grupo de ciudadanos que alegaron la inconstitucionalidad de artículos contenidos en la Ley General de Salud, en los cuales se prohíbe el consumo de mariguana.

Los ministros José Ramón Cossío, Olga Sánchez Cordero, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Arturo Zaldívar, quien presentó el proyecto aprobado, votaron a favor. El ministro Jorge Pardo Rebolledo se pronunció en contra.

Pardo precisó que su negativa se debe a que la propuesta no menciona cómo se van a adquirir las semillas para sembrar la droga e iniciar el procedimiento que garantice el derecho que concede el amparo para el consumo recreativo de la hierba.

“Al excluirse este tema, yo no puedo coincidir con la propuesta”, aseguró durante la sesión pública en la que se votó el proyecto y que ocurrió después de una sesión privada en la que deliberaron los ministros.

El caso comenzó cuando los quejosos solicitaron un permiso a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) para el consumo personal y regular con fines meramente lúdicos o recreativos de la mariguana. Tras la negativa de la Cofepris y la Secretaría de Salud a dar esa autorización, los ciudadanos interpusieron un amparo que fue escalando hasta llegar a la Primera Sala.

En el proyecto del ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea -avalado por una mayoría de ministros- se plantea que, “una vez que se han analizado los beneficios y los costos de la medida”, y “a pesar de que esta Suprema Corte reconoce que el legislador puede limitar el ejercicio de actividades que supongan afectaciones a los derechos que protege nuestra Constitución, en el caso de la restricción al libre desarrollo de la personalidad que comporta la medida impugnada, esta Primera Sala no encuentra que tales afectaciones fueran de una gravedad tal que ameriten una prohibición absoluta a su consumo“.

El proyecto avalado señala que “esta Primera Sala no minimiza los daños que puede ocasionar la mariguana en el consumidor mayor de edad, sin embargo, entiende que la decisión sobre su uso sólo le corresponde tomarla a cada individuo. Así, este Alto Tribunal considera que pertenece al estricto ámbito de la autonomía individual protegido por el derecho al libre desarrollo de la personalidad la posibilidad de decidir responsablemente si desea experimentar los efectos de esa sustancia a pesar de los daños que esta actividad puede generarle a una persona”.

El proyecto de Zaldívar llega a la conclusión de que resultan inconstitucionales los artículos 235, 237, 245, 247 y 248 de la Ley General de Salud, en las porciones que establecen una prohibición para que la Secretaría de Salud emita autorizaciones para la realización de los actos relacionados con el consumo personal con fines recreativos (sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer, transportar), en relación únicamente y exclusivamente con el estupefaciente “cannabis” (sativa, índica y americana o mariguana, su resina, preparados y semillas).

Aristegui Noticias

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