Perú: Ley de Consulta Previa benefició a más de 20 pueblos indígenas

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Desde la aprobación del reglamento de la Ley de Consulta Previa se han implementado 22 procesos, de los cuales 18 han resultado en acuerdos que han beneficiado a más de veinte pueblos indígenas, precisó el Ministerio de Cultura.

Mediante un comunicado, el Ministerio de Cultura informó que los referidos procesos estaban relacionados con políticas nacionales, lotes de hidrocarburos, proyectos mineros, de infraestructura y áreas naturales protegidas.

Además de generar beneficios para más de veinte pueblos indígenas, ha permitido garantizar las cuotas de empleo, así como la inclusión de los representantes indígenas en consejos consultivos y comités de supervisión ambiental.

Convenio OIT

Asimismo, uno de los principales acuerdos en materia de hidrocarburos estableció la creación de un fondo social que asigna un porcentaje fijo de la producción del Lote 192 para la administración exclusiva de las comunidades del área.

El derecho a la consulta previa se encuentra establecido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), tratado de carácter constitucional en nuestro ordenamiento jurídico y vigente a partir del año 1995.

En nuestro país este derecho ha sido regulado por intermedio de la Ley N° 29785, Ley de Derecho a la Consulta Previa (aprobada en el Congreso de la República en setiembre 2011) y su Reglamento, Decreto Supremo Nº001-2012-MC. (3 de abril del 2012).

Derechos

La Ley de Consulta Previa tiene por finalidad alcanzar acuerdos para que el Estado, mediante el diálogo, garantice los derechos y las prioridades de desarrollo de los pueblos indígenas.

De esta manera, los pueblos originarios participan de manera eficaz en la toma de decisiones que puedan afectarles directamente.

Resultados. Ministerio de Cultura destaca la implementación de 22 procesos de consulta previa en el territorio nacional.

Saluda debate político

El Ministerio de Cultura, mediante el Viceministerio de Interculturalidad, es la entidad responsable de articular y coordinar la política de implementación del derecho a la consulta.

Por ello, como órgano especializado en materia indígena del Poder Ejecutivo”, saluda la inclusión de propuestas relacionadas con la garantía de los derechos de los pueblos indígenas en el debate político nacional”.

La consulta previa es un diálogo entre el Estado y los pueblos indígenas. Su fin es llegar a acuerdos sobre medidas administrativas o legislativas que puedan afectar los derechos colectivos de los pueblos.“Los acuerdos producto de los procesos de consulta son de carácter vinculante”.

“Los acuerdos producto de los procesos de consulta son de carácter vinculante”.

El Peruano

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