Habilitan a la ex congresista Piedad Córdoba a ejercer cargos públicos en Colombia

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Consejo de Estado reintegró a la vida política a Piedad Córdoba

El alto tribunal tumbó la segunda sanción disciplinaria emitida por la Procuraduría General en
contra de la exsenadora liberal.

Por unanimidad, la Sección Segunda del Consejo de Estado tumbó la sanción disciplinaria emitida por la Procuraduría General en contra de la exsenadora Piedad Córdoba Ruiz. La excongresista había sido destituida e inhabitada por un periodo de 14 años para ejercer cargos públicos por participación indebida en política.

En la decisión judicial se señaló que el Ministerio Público no valoró los elementos materiales probatorios presentados por la defensa de la excongresista, quien fue sancionada por entregar 25 millones de pesos para financiar la campaña de Ricardo Montenegro a la Cámara de Representantes.

En el fallo emitido en mayo de 2012 por la Procuraduría General se indica que Córdoba Ruiz incurrió en una falta disciplinaria grave a título de dolo puesto que conocía que existía una prohibición para que se financiara una campaña política sin contar con el aval expreso del partido político, en este caso el Liberal.

Debido a esto se precisó que la entonces senadora no tuvo en cuenta la decisión de la colectividad y de manera individual financió esta campaña. El máximo tribunal de lo contencioso administrativo aceptó los argumentos de la defensa de la exsenadora al considerar que no existían méritos para sancionar a la dirigente política.

El pasado 9 de agosto la Sala Plena del Consejo de Estado tumbó la sanción disciplinaria de 18 años emitida por la Procuraduría General en contra de Córdoba Ruiz por su relación con la guerrilla de las Farc. El Ministerio Público sostuvo que la congresista habría apoyado las actividades del grupo subversivo.

Sin embargo, el alto tribunal sostuvo que las pruebas recolectadas en el operativo en el que fue abatido el comandante guerrillero alias ‘Raúl Reyes’ en Sucumbíos (Ecuador) las autoridades colombianas vulneraron la cadena de custodia –citando a la Corte Suprema de Justicia- hecho por el cual son ilegales.

Considera el fallo que tampoco se presentaron otros elementos materiales de prueba que permitan inferir que la entonces senadora tenía vínculos o relación con las Farc.

El Espectador

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