Colombia: la Corte ordena garantizar el agua potable a los indígenas de La Guajira

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Para la Corte Constitucional las autoridades no pueden más dar largas al cumplimiento del fallo que ordenó adoptar medidas adecuadas para diseñar un plan definitivo que les asegure a todas las comunidades indígenas y tribales que habitan en el sur de Guajira el acceso al servicio esencial de agua potable.

El alto tribunal rechazó una acción de nulidad presentada por el ministerio de Vivienda y la empresa Cerrejón en contra del fallo. En el estudio del caso se manifiesta que hasta el momento no se ha presentado una prueba que permita inferir que la grave situación ya ha sido superada o que exista un plan a corto plazo.

“No hay políticas claras que dé una verdadera solución a esta problemática, generando un aumento en los índices de pobreza, desnutrición, enfermedades catastróficas, imposibilidad de desarrollo e insatisfacción de mínimas necesidades básicas”, precisa la Corte en su pronunciamiento.

En este sentido se agrega que el fallo en contra del cual se presentó la acción presenta un plazo preciso para que se adelanten las obras y se les permita a las comunidades indígenas acceder al agua potable, resaltando que es inconcebible que se esté presentando en la actualidad una situación que pone en riesgo sus vidas.

“La crisis humanitaria que vive hoy en día el departamento de La Guajira no tiene espera puesto que se acentúa con el pasar del tiempo. No es posible que exista un territorio completo, habitado por minorías indígenas y población vulnerable, el cual no tenga un mínimo vital de agua potable”, precisa.

Advierte que en el panorama no se vislumbran por el momento políticas públicas para la solución de estas graves problemáticas que afectan directamente los derechos fundamentales de esta población, esto debido a la falta de acceso al agua potable. La Corte Constitucional califica la situación como “crítica” por lo que se deben tomar decisiones de fondo inmediatas.

“Se impide el desarrollo normal de la vida familiar y de trabajo de esa población en los lugares donde se ha realizado el reasentamiento ocasionado por la explotación carbonífera en los corregimientos de Patilla y Chancleta del municipio de Barrancas, Guajira”, precisa el alto tribunal.

Este pronunciamiento se hizo tras la demanda presentada por la Comunidad de Negros Afrodescendientes que señalaron que la explotación de carbón les ha afectado en los últimos 30 años su calidad de vida hecho por el cual tutelaron sus derechos a un ambiente sano, salud y la vida.

En este caso la Corte dio un plazo de dos años para mejorar la situación de estas comunidades mediante la ejecución de una política pública dirigida a garantizar el desarrollo de los procesos productivos y la protección de su identidad y formas de vida.

El Espectador

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