Ecuador: cuatro fallos de la Corte Constitucional terminan de reglamentar la justicia indígena

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La Corte Constitucional (CC) ha completado un ciclo con 4 fallos sobre contenciosos que involucran los derechos de los pueblos indígenas.

Para los jueces, las resoluciones vuelven efectivos los principios consagrados en la Carta Magna, mientras que algunos dirigentes indígenas, sobre todo de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), consideran que los restringen.

Son 4 sentencias. La primera de 2010, en la época de la Corte de Transición. El organismo resolvió que cuando haya indígenas involucrados en un proceso judicial, los jueces deben manejar un enfoque intercultural. La segunda fue cuando se resolvió la Ley Minera y se determinó la obligación de la Asamblea de realizar consultas prelegislativas cuando se elaboren normas que afecten a los pueblos y nacionalidades.

Como en ese entonces no había una ley que reglamente esta consulta, la CC emitió una normativa. Hace poco la Asamblea aprobó su propio reglamento y hasta la fecha ya se han realizado 2 consultas prelegislativas para las leyes de Agua y Cultura.

Las otras 2 probablemente son las más polémicas. La penúltima fue la resolución sobre el caso La Cocha, en la que se determinó la validez de la justicia indígena, pero se excluyó su aplicación para los delitos donde haya muerte.

Patricio Pazmiño, presidente de la CC, fundamenta su argumento en tratados internacionales. El Estado está obligado a defender la vida y no puede endosar esta responsabilidad a nadie, ni tampoco perseguir a los responsables de algún asesinato.

Según el magistrado, la CC respetó las prácticas ancestrales de justicia y valoró como autoridad legítima para resolver conflictos a los dirigentes de las comunidades.

Los líderes indígenas de Cotopaxi que aplicaron la justicia en La Cocha fueron acusados de plagio y se inició una querella contra ellos. Los jueces solicitaron una consulta de norma a la CC por este caso. El tribunal consideró que los dirigentes estaban haciendo uso legítimo de la justicia indígena consagrada en la Carta Magna por lo que ordenó el archivo inmediato de la causa.

Ahora Pazmiño pone este caso como ejemplo. La sentencia de la CC sirvió para defender a un dirigente acusado de aplicar justicia indígena.

La última sentencia, de este grupo de 4, es la de la supuesta matanza de los taromenane, en la selva amazónica. El hecho supuestamente fue perpetrado por 12 huaoranis, a quienes se les inició un proceso por genocidio.

La Fiscalía remitió una consulta a la CC y esta eliminó el delito de genocidio por considerar que no cumplía las condiciones del derecho internacional. Además, en la misma sentencia dispuso que cuando haya prisión preventiva para ciudadanos indígenas el juez debe aplicar medidas sustitutivas a la cárcel, con la venia de los dirigentes de la comunidad, que se hacen responsables de ellos.

Por eso, los 12 acusados de genocidio ahora enfrentan cargos de tentativa de asesinato. Los que estaban detenidos ya fueron liberados. Están en sus comunidades, bajo la responsabilidad de los dirigentes huaoranis, que valoraron y apoyaron el fallo.

La Corte sesionó, el miércoles pasado, en Guayaquil por las fiestas octubrinas. Allí iban a conocer un informe de la Defensoría del Pueblo sobre cómo avanza el caso. Ese también fue uno de los mandatos de la sentencia.

Como los 2 últimos fallos fueron criticados por la Conaie, Pazmiño pidió una reunión con la relatora de la Organización de Naciones Unidas (ONU) sobre los derechos de los pueblos indígenas, Victoria Tauli-Corpuz.

De hecho, uno de los mandatos de este tribunal es informar y difundir sus fallos, tanto en Ecuador como en el extranjero, y esa es una tarea que el presidente de la corte reconoce que ha faltado.

La cita se realizó el pasado 26 de septiembre, en Nueva York, en la sede de la ONU. Allí se le informó a la funcionaria internacional sobre los recientes fallos.

La relatora felicitó al país por los fallos que sentarán jurisprudencia. Ningún congreso, parlamento o asamblea del mundo aplica la consulta prelegislativa, por ejemplo. Tauli-Corpuz pidió a la CC hacer seguimiento de sus sentencias, para que estas se cumplan, además mostró su deseo de visitar el país el próximo año.

La visita será coordinada con la Cancillería, por lo pronto la CC ha logrado un importante éxito al conseguir el aval de la relatora de las Naciones Unidas. Pazmiño se queja por la constante politización de los fallos y sobre -todo de una nueva frase utilizada entre los políticos ecuatorianos, que se ha generalizado: ‘acudiremos a instancias internacionales’.

DATOS

El sistema institucional ecuatoriano tiene 4 tipos de consultas. La primera es la popular que es un plebiscito en el que participa la ciudadanía. Por ejemplo, la que se desarrolló en mayo de 2011 sobre la Justicia.

La segunda es la consulta prelegislativa que se aplica a los pueblos y nacionalidades indígenas cuando se va a adoptar una ley que pueda afectar sus derechos. La Asamblea Nacional realiza este proceso. Hasta el momento se han efectuado 2 para la aprobación de las leyes de Recursos Hídricos y Cultura.

La tercera es la consulta previa que se desarrolla en una comunidad que va a ser escenario de alguna explotación de recursos naturales.

La cuarta es la consulta ambiental que se realiza antes de ejecutar un proyecto de infraestructura de gran envergadura y que puede afectar el ecosistema de alguna zona. La Constitución también reconoce la aplicación de la justicia indígena.

El Telégrafo

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