La codicia por la Pachamama – Por Eduardo Camín

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Según la época, el espacio y la organización social de los pueblos, la gestión de la tierra y los territorios ha tomado distintas formas y ha sido siempre un reto importante para toda comunidad humana. No es fácil hacer un inventario de las formas de gestión, dado que está ligada a la historia de cada pueblo/comunidad y puede ser extremadamente compleja. Pero para simplificar, algunas comunidades han priorizado el uso colectivo de la tierra y continúan preconizándolo (pueblos indígenas por ejemplo): para ellos la venta de la “madre tierra” es inimaginable.

Mientras, otros (entre otros lugares en Europa occidental) han instaurado progresivamente la propiedad privada como norma principal y la han exportado a sus colonias. Por otra parte, “la invocación del ‘derecho de tenencia’, o ius nullius, otorgando un derecho al primer ocupante sobre un ‘bien personal’” sirvió como “justificación legal (…) para legalizar la apropiación colonial de tierras que habían sido decretadas vírgenes.

De la propiedad privada a la función social de la tierra Como lugar de vida (de vivienda, de actividades económicas, sociales, culturales, religiosas…), las tierras superficiales son un lugar irreemplazable en la existencia de la humanidad. Esta es la razón por la que son objeto de todas las codicias. Este fenómeno viene reforzado por la multiplicación por siete de la población mundial en un tiempo apenas superior a un siglo. Desde el neolítico, la conquista de las tierras (sobre todo las fértiles) ha sido el objetivo principal de los soberanos (emperadores, reyes, príncipes…) para amasar riquezas y extender sus dominios. En este contexto, pueblos enteros, incluso países, con sus poblaciones, podían ser propiedad de un soberano y, en este sentido, podían ser vendidos o cambiar de soberano en función de alianzas o conquistas. Según nos demuestra un reciente informe sobre el derecho a la tierra dado conocer por el CETIM en la ciudad de Ginebra.

Por lo general, los derechos de propiedad relativos a la tierra se conciben sin tener en cuenta los derechos humanos. Sin embargo, se trata de una cuestión esencial ya que los derechos relativos a la tierra tienen un impacto real sobre el disfrute del derecho a la alimentación, a la vivienda, a la salud, al trabajo, a un medio ambiente saludable, al desarrollo… y sin acceso a la tierra, muchos pueblos o comunidades están privados de sus medios de subsistencia, como puede observarse un poco por todo el mundo. Por lo tanto, no es exagerado decir que el disfrute de todos los derechos humanos, incluido el derecho de los pueblos a decidir su futuro, depende de políticas y legislaciones relativas a la tierra. La ausencia de reformas agrarias y prácticas como desplazamientos forzosos, apropiación de tierras a gran escala, reglas comerciales desiguales, especulaciones bursátiles sobre los productos alimentarios, destrucción del medio ambiente, discriminaciones y exclusiones ejercidas respecto a las familias campesinas y a otros productores de alimentos suponen una fuente de violaciones graves y masivas de derechos humanos.

Es en este contexto en el que se debe analizar la reivindicación de los campesinos con relación a la tierra y la importancia del reconocimiento del derecho a la tierra para ellos, pero también para el derecho a la alimentación de todos y cada uno. Si bien el dominio de la tierra también es importante en las zonas urbanas, lo es sobre todo el derecho a la vivienda.

La tierra debe cumplir con su función social. Se deben aplicar límites de propiedad en la tenencia de la tierra cuando sea necesario con el fin de asegurar un acceso equitativo a las tierras.”

La reforma agraria (o la repartición de tierras fértiles) es una reivindicación universal de todos los campesinos del mundo. Ya se prevé en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (art. 11.2.a). Aunque este Pacto, que entró en vigor en 1976, sea jurídicamente vinculante y que los Estados se hayan comprometido solemnemente en este sentido en las cumbres mundiales, en muchos países, la reforma agraria en realidad quedo sin efecto. El reconocimiento de la función social de la tierra permitiría justamente frenar las especulaciones y obstaculizar el acaparamiento de tierras a gran escala.

Impacto de la liberalización del mercado agrícola y de las especulaciones bursátiles sobre la tierra y sobre el campesinado

La liberalización del comercio encierra la promesa de que la creación de incentivos a los productores de diferentes Estados para que se especialicen en los productos o servicios respecto de los cuales posean ventajas comparativas beneficiará a todos los socios comerciales, ya que se traducirá en un aumento de la eficiencia dentro de cada país y, en general, de los niveles de producción mundial.

Este postulado podría defenderse si todos los socios se encontraran en situación de igualdad, por lo que se refiere a capacidades, medios y peso políticos, y también por lo que se refiere a salarios y a derechos sociales, y si hubiera una voluntad política real de colaboración en el ámbito internacional (y no búsqueda de la dominación) para encontrar soluciones a los problemas globales en los ámbitos alimentario, medioambiental, técnico, financiero… Además, se podría ignorar este postulado si los intercambios comerciales de productos agrícolas, por más ínfimos que sean, no tuvieran influencia sobre los precios nacionales: “Una proporción relativamente pequeña, estimada en el 15%, de la producción mundial de alimentos se comercializa internacionalmente. Los porcentajes son del 6,5% para el arroz, el 12% para el maíz, el 18% para el trigo y el 35% para la soja. No obstante, los precios fijados en los mercados internacionales tienen repercusiones importantes en la capacidad de los agricultores del mundo para ganarse la vida decentemente, ya que, como resultado de la liberalización del comercio, existe una tendencia a la convergencia de los precios nacionales y mundiales, por ejemplo, porque los bienes importados compiten en los mercados locales, con los producidos en el país.”

Los acuerdos de libre cambio, multilaterales o bilaterales tienen consecuencias nefastas sobre el sector agrícola y el campesinado. Privados de todo apoyo público y sin poder regatear con las sociedades transnacionales agroalimentarias,

Además, tal como subraya justamente, el informe los productores industriales y las familias campesinas no luchan en igualdad de condiciones: “Para una población agrícola total de 2.800 millones de personas y para una población agrícola activa de 1.400 millones de personas, es decir el 40% de la población activa mundial, en el mundo sólo se cuenta con 28 millones de tractores y 400 millones de animales de laboreo. Esto significa que más de mil millones de activos agrícolas (es decir más de dos mil millones de personas con sus familias) no utilizan prácticamente más que utensilios manuales y cultivan menos de 1 hectárea por trabajador. 1.000 millones, la mitad de los cuales, es decir sobre 500 millones de activos no cuentan con medios para comprar medios productivos, ni producen más de una tonelada de cereales o equivalentes por trabajador y por año.

“ Este total desequilibrio se refuerza aún más con las subvenciones públicas concedidas a los más fuertes. En efecto, “tanto en la Unión Europea como en los Estados Unidos, se otorgan a los granjeros más ricos y a los más grandes los cuales, a menudo, no son realmente granjeros sino empresas. (…) Estas subvenciones no sólo no compensan bien a los granjeros americanos y europeos sino que además conducen a prácticas de dumping sobre los mercados de terceros países y especialmente en países en desarrollo. Un informe del Instituto por la Agricultura y la Política Comercial (IATP) de Minneapolis calculó el impacto de dicho dumping para el año 2003: el trigo se exportó a un 40% por debajo del precio de producción, la soja a un 25%, el maíz del 25 al 30%, el algodón a un 57% de media.”

Así, hacer competir a campesinos despojados con entidades hiperpoderosas, motivadas sólo por las ganas de ganar, además de absurdo resulta “criminal”, tal como reconoce el propio Jean-Claude Juncker, ex-Primer Ministro de Luxemburgo y nuevo Presidente de la Comisión Europea: “Hemos aceptado, incluso contribuido a que la alimentación se vea sometida como cualquier otro producto de consumo a las frías reglas del mercado absoluto. Hemos aceptado que los malabaristas de los mercados financieros con sus operaciones especulativas perversas hayan hecho explotar hoy los precios alimenticios, movidos sólo por su codicia, y son los mismos que mañana harán descender los de los productos alimenticios de los países en desarrollo sin el menor escrúpulo. Con sólo algunos “clics de ratón” sobre un ordenador de color en un bonito despacho climatizado, algunos privan en unos segundos a varios millones de personas. Tras la entrada en vigor del Acuerdo de Libre Comercio norteamericano entre Canadá, Estados Unidos y México (1994), la agricultura nacional mexicana ha sido literalmente devastada y el campo ha perdido un cuarto de su población (1)

Origen de la propiedad privada de la tierra

En una serie de artículos publicados en Rheinische Zeitung en 1842 a propósito de un proyecto de ley sobre la propiedad del bosque discutido en la Dieta renana (Alemania), Karl Marx se rebela contra la desposesión de los pobres y opone el derecho de uso a la propiedad privada: “ciertos objetos de propiedad no pueden, por su naturaleza, adquirir, en ningún caso, el carácter de propiedad privada (…) y dependen, a través de su esencia elemental y su existencia contingente, del derecho de ocupación; estos objetos dependen, en consecuencia, del derecho de ocupación de la clase que, excluida por este derecho de cualquier otra propiedad, ocupa en la sociedad civil la misma posición que estos objetos en la naturaleza.” Dicho de otra manera, el reconocimiento de un derecho absoluto a la propiedad privada se opone al derecho “imprescriptible” de los pobres al bien común ofrecido por la naturaleza.

El manifiesto del partido comunista erige en programa político “la abolición de la propiedad privada”, no “la abolición de la propiedad en general, sino la abolición de la propiedad burguesa”. Las reflexiones de Marx-Engels emergen en la era industrial en la que, por ejemplo en Inglaterra, el pequeño campesinado se ve desposeído masivamente de sus tierras en beneficio de los grandes propietarios (los landlords): “2.000 de ellos poseían propiedades muy vastas que iban de 100.000 a 400.000 hectáreas, que cubrían totalmente la tercera parte del país” y se encuentra reducido “al salariado agrícola, a la mendicidad, al éxodo hacia las ciudades, al asalariado industrial o a la emigración hacia las colonias de población.”

La Revolución Francesa (1789), dirigida contra el poder absoluto de los señores y los eclesiásticos, también es una revuelta del campesinado. Aunque esta revolución haya permitido el desmantelamiento de “la gran propiedad de los señores laicos y eclesiásticos”, sobre todo aprovechó el reforzamiento de la propiedad burguesa, esa clase pujante que reclamaba “un mejor lugar” en el poder. En nuestros días, es la promoción (o el no cuestionamiento) del título de propiedad privada absoluta y sin límite sobre el territorio (tanto en las zonas rurales como en las urbanas) lo que plantea numerosos problemas y pone en peligro el disfrute de los derechos humanos para cientos de millones, incluso, miles de millones de seres humanos: Algunas personas ven bien la sacralización del derecho a la propiedad privada y que se erija al rango del derecho fundamental

Desde la época romana, se han desarrollado numerosas legislaciones complejas sobre distintos aspectos jurídicos de la propiedad -como el derecho a recoger los frutos del bien (fructus), el derecho a usar (usus) o el derecho a disponer, es decir a destruirlo en todo o en parte, modificarlo, o cederlo a un tercero (abusus) Dicho esto, la concepción romana del derecho a la propiedad privada no era universal en el Imperio Romano (resistieron los estratos culturales autóctonos) y sobre todo, esta se desmoronó con el hundimiento del Imperio Romano de Occidente. El derecho germánico comunitario volvió a ser norma en la mayor parte de los territorios europeos (desde el siglo V). Si se considera la historia de la humanidad a largo plazo y en todos los continentes, las concepciones anti-individualistas (hostiles a la concepción romana del derecho de propiedad privada) han dominado durante mucho tiempo. La propiedad privada según del derecho romano debe ser visto probablemente como un paréntesis en la historia humana resucitada progresivamente en Europa occidental por la emergencia de informes sociales capitalistas, que triunfan a partir del siglo XIX. Así las cosas, parece que esta concepción se extiende hoy en día al planeta entero y es la norma que lo rige. Este fenómeno se ha acelerado ciertamente a partir de la caída del bloque soviético (1989-1990).

Según Jean-Jacques Rousseau, la propiedad nace “desde el instante en que un hombre tuvo necesidad de la ayuda de otro; desde que se advirtió que era útil a uno solo poseer provisiones por dos, la igualdad desapareció, se introdujo la propiedad, el trabajo fue necesario y los bosques inmensos se trocaron en risueñas campiñas que fue necesario regar con el sudor de los hombres.” Para él, la propiedad privada se encuentra en la base de las desigualdades: “Si seguimos el progreso de la desigualdad a través de estas diversas revoluciones, hallaremos que el establecimiento de la ley y del derecho de propiedad fue un primer término; el segundo, la institución de la magistratura; el tercero y último, la mudanza del poder legítimo en poder arbitrario; de suerte que el estado de rico y de pobre fue autorizado por la primera época; el de poderoso y débil, por la segunda; y por la tercera, el de señor y esclavo, que es el último grado de la desigualdad. Pero este proceso habría afectado menos a las comunidades celtas, germánicas, escandinavas y eslavas. Visto el vínculo con la tierra y los recursos naturales, las patentes sobre seres vivos (protegidos por la propiedad intelectual) han tomado una dimensión absurda actualmente que “rompe con el esquema de la propiedad a secas”, (2)

“Así, actualmente, en los países industrializados, una población agrícola activa reducida al 5% de la población activa total es suficiente para alimentar, mejor que nunca, a toda la población.” Este modelo de producción también ha hecho posible que una pequeña minoría acumule las riquezas y que emerjan nuevas entidades, las sociedades transnacionales agroalimentarias. Los efectos “colaterales” de este modelo, que depende mucho del petróleo y de la química, presentado como una “revolución verde”, son desastrosos y tal vez irreversibles para el medio ambiente. En efecto, las deforestaciones (muy a menudo destinadas a los monocultivos intensivos para la cría y los agro combustibles), la utilización de productos químicos (pesticidas, herbicidas, insecticidas, fungicidas…) en la agricultura industrial y la cría intensiva (ganado, acuicultura, etc.) constituyen no sólo fuentes importantes de contaminación (suelo, agua y aire) sino que también son una amenaza para la biodiversidad e influyen en gran medida en el cambio climático

Contaminación y destrucción del medio ambiente

En una reflexión sobre el desastroso estado actual del medio ambiente, Francisco Chatel exhorta a la humanidad, pidiéndole que “deje de comportarse como si la naturaleza le perteneciera” y busca respuestas a las siguientes preguntas. “¿Hay que contar con la Naturaleza o no? Tenerla en consideración, sí, pero ¿cómo? Ignorarla y terminar de explotarla hasta destruirla, ¿es esto concebible? Y lo que se haga, ¿se hará de acuerdo con las poblaciones? ¿De una manera verdaderamente democrática?

Esto es lo que constata Olivier de Schutter, Relator Especial de la ONU sobre el derecho a la alimentación, en su último informe sometido al Consejo de Derechos Humanos: En el plano medioambiental, la “revolución verde” del siglo XX con sus métodos industriales de producción agrícola, “llevó a un incremento de los monocultivos y en consecuencia, a una pérdida considerable de la biodiversidad agrícola así como a una aceleración de la erosión del suelo. El uso excesivo de fertilizantes químicos contaminó el agua dulce, aumentando su contenido en fósforo, que se tradujo en un incremento estimado del ingreso de fósforo en los océanos (…) emisiones de gases de efecto invernadero (…) Aumentar el rendimiento por sí solo no basta. Toda metodología para aumentar el rendimiento que ignore la necesidad de la transición a una producción y un consumo sostenibles, y la reducción de la pobreza rural, no sólo será incompleta sino que también tendrá repercusiones perjudiciales, empeorará la crisis ecológica y aumentará la brecha entre las diferentes categorías de productores de alimentos. Según el propio Informe del Relator Especial sobre el derecho a la alimentación ya presentado en la 65ª sesión de la Asamblea General de la ONU, (3)

Si cerca de mil millones de personas pasan hambre en el mundo no es a causa de una falta de alimentos sino porque no tienen medios para procurárselos, porque hay una sobreproducción de alimentos en el mundo A simple vista, no parece evidente el vínculo entre el derecho a la tierra y la cuestión del despilfarro y de la calidad de los alimentos. Sin embargo, hay una correlación entre ellos ya que las tierras fértiles están sometidas cada vez a más presiones con la promoción de los monocultivos y la utilización a ultranza de la química. Como acabamos de ver, estos procedimientos no sólo destruyen el medio ambiente sino que además usan mucha energía no renovable y muy a menudo se utilizan con malos propósitos (según la lógica del beneficio y no de la necesidad).(4)

Notas

(1) (cf. Publicación del CETIM El derecho al trabajo, 2008, p. 22, http://www.cetim.ch/es/documents/bro10-travail-A4-es.pdf). 15 http://www.consulfrance-quebec.org/L-agriculture-talon-d-Achille-de. Véase también en este sentido Vía Campesina: une alternative paysanne à la mondialisation néoliberale, ed. CETIM, Ginebra, 2002. 16 Jean Feyder, op. cit., p. 212.

(2) Véanse en este sentido las publicaciones del CETIM sobre la cuestión, bajo el ángulo de los derechos humanos, El derecho a la salud (2006) y Los derechos culturales (2013),

(3) A/65/281, 11 de agosto de 2010, § 9. 33 Ídem, A/65/281, § 6. 34 IFAD, Fact Sheet for ICARRD: Empowering the rural poor through access to land, www.ifad.org/events/icarrd/factsheet_eng.pdf 35 “L’heure du choix a sonné” in La grande relève, n° 1155, julio de 2014, y n° 1156, agostoseptiembre de 2014

(4) Informe del Cetim sobre el derecho a la tierra 2015 elaborado por Melik Özden, Director del CETIM

*Periodista uruguayo, fue director del semanario Siete sobre Siete y colaboró en otras publicaciones uruguayas y de America Latina. Corresponsal en Naciones Unidas y miembro de la Asociacion de Coresponsales de prensa de la ONU. Redactor Jefe Internacional del Hebdolatino en Ginebra. Miembro de la Plataforma Descam de Uruguay para los Derechos Economicos sociales y medio ambientales. Docente en periodismo especializado sobre Organismos Internacionales.

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