Bolivia: Fiscalía registró 93 feminicidios en 2015, un 20% más que el año pasado

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Entre el 1 de enero y el 10 de diciembre de 2015, en Bolivia han sido verificados 93 feminicidios que son procesados legalmente ante la justicia ordinaria, reveló a este diario el fiscal general del Estado, Ramiro Guerrero.

De las 93 causas por el delito de feminicidio, 28 están en la etapa preliminar de la investigación, 2 ya tienen resolución de rechazo, 39 cuentan con una imputación formal en contra de los presuntos feminicidas, 1 sobreseimiento, 3 con acusación formal, 14 procedimientos abreviados (los feminicidas confesaron sus delitos y se acogieron a un juicio abreviado), 3 con acusación formal, a la espera de la fecha de juicio ordinario y 3 causas ya tienen sentencia condenatoria.

INCREMENTO DEL 20 por ciento En un cuadro comparativo de los registros del Ministerio Público, es posible corroborar que los feminicidios aumentaron este año en un 20 por ciento con respecto a los investigados en 2014, que alcanzaron a 77.

Estas cifras difieren de las presentadas por otras instituciones como el Defensor del Pueblo, el Centro de Información y Desarrollo de la Mujer (CIDEM), el Observatorio Manuela y otras, en cuyas estadísticas el número de mujeres asesinadas por el machismo supera a las 93 reportadas por la Fiscalía.

Al respecto, el Fiscal General del Estado, Ramiro Guerrero, explicó que las cifras de esa instancia son oficiales pues engloban las causas abiertas ante la justicia ordinaria.

EVALUACIÓN Han pasado dos años y casi 9 meses desde la implementación de la Ley 348 en Bolivia. En este lapso, la Fiscalía ha abierto 197 causas por feminicidio, de las cuales 49 están en la etapa preliminar de la investigación, 7 tienen resolución de rechazo, 53 tienen imputación formal, hay 4 sobreseimientos, 39 tienen acusación formal, 24 procedimientos abreviados con sentencia condenatoria y 16 obtuvieron sentencias en juicios ordinarios.

LO POSITIVO La autoridad cree que la Ley 348, que garantiza a las mujeres una vida libre de violencia, ha ido visibilizando una realidad que el país vivía desde hace décadas, pero que estaba escondida detrás de tipos penales genéricos.

Antes de la aprobación de la Ley 348, cuando un hombre asesinaba a su esposa o pareja, argumentaba infidelidad, celos, traiciones y justificaba su delito diciendo que fue cometido “en defensa de su honor”. Entonces era procesado ante la justicia por el delito de homicidio en emoción violenta y se beneficiaba con una sentencia de entre 4 y 6 años de cárcel, de los cuales solo cumplía la mitad por buena conducta y otras bondades de las leyes.

“El feminicidio no era un tipo penal entonces y por ende, era invisible. Viendo las estadísticas así, en el cuadro comparativo, pareciera que los feminicidios se incrementaron, pero creo que lo que está pasando es que este flagelo se está haciendo cada año más visible”, opinó Guerrero.

La violencia basada en género es una realidad que alimenta de prejuicios a la sociedad, que destruye familias y hay que enfrentarla integralmente desde todos los frentes, en Bolivia.

Desde la Fiscalía General del Estado, se están efectuando los esfuerzos para mejorar la atención a las víctimas de violencia. “Estamos desarrollando manuales, protocolos de actuaciones en todas las instancias para uniformar criterios”, amplió.

Ramiro Guerrero sostuvo que los operadores de justicia deben mejorar la atención a sectores tan vulnerables como las mujeres, niños, niñas y adolescentes víctimas. “No podemos volvernos insensibles, si la víctima acude a Fiscalía, hay que entender que tomar la decisión de denunciar le ha costado mucho y debemos proteger, debemos representar a esa gente, no podemos decirle vuelva otro día”.

La máxima autoridad del Ministerio Público dice que las víctimas de violencia, al solo ser escuchadas con empatía, desarrollan confianza en torno al rol que deben cumplir los investigadores y pueden colaborar mucho más con las pesquisas.

LA PREVENCIÓN La visibilización de la violencia basada en género, que termina en feminicidios y otros delitos, seguirá arrojando cifras ascendentes si no se previene.

“Hay que trabajar mucho en las familias, en la escuela, en la universidad, en todo ámbito. Todos los tipos de violencia se dan especialmente en los hogares y es necesario reeducarnos, transformar el pensamiento y por tanto las acciones”, señaló el Fiscal General, quien aclaró que si bien las tareas preventivas no le corresponden al Ministerio Público (que está encargado de perseguir penalmente el delito), “en la institución todos estamos dispuestos a trabajar y coadyuvar en la parte preventiva porque ello ayudará en la disminución de casos”.

Más datos

197 feminicidios en dos años y 9 meses

La Ley 348, que garantiza a las mujeres una vida libre de violencia fue promulgada en marzo de 2013 y en abril comenzó a ser aplicada. Desde entonces, en 2 años y casi 9 meses, la Fiscalía General del Estado ha procesado 197 causas por feminicidio en Bolivia.

Estado de las 197 causas

49 causas en etapa preliminar de investigación, 7 tienen resolución de rechazo, 53 tienen imputación formal, 4 sobreseimientos, 24 procedimientos abreviados, 39 con acusación formal y 16 tienen sentencia.

26 causas en 2013

La Fiscalía General del Estado procesó legalmente 26 casos de feminicidios en 2013. Empero, esta cifra no refleja cuántas mujeres fueron asesinadas por la violencia machista ese año, pues luego de la aprobación de la Ley 348, muchos fiscales seguían tipificando los feminicidios como asesinatos u homicidios (por desconocimiento de la norma), lo que invisibilizaba el problema real.

“Que no queden impunes”

Consultada sobre la diferencia entre las cifras de feminicidios que varias instituciones reportan en 2015, la directora de la Oficina Jurídica para la Mujer de Cochabamba, Julieta Montaño, dijo que ésta puede deberse a que los asesinatos de mujeres son muchas veces difundidos en los medios de comunicación como feminicidios, pero en el transcurso de las investigaciones, la calificación inicial puede cambiar porque las pesquisas revelaron que se trataba de un asesinato.

“El feminicidio tiene su propia tipología y debe cumplir ciertos requisitos para ser considerado como tal”, describió Montaño.

También es posible que algunos fiscales no tengan la experticia para identificar los elementos constitutivos del feminicidio y, por ello, prefieran imputar por otros delitos.

“Llámese como se llame, lo importante es que los asesinatos de mujeres no queden en la impunidad”, aseguró la abogada experta en temas de violencia. Es vital que los casos sean esclarecidos y sancionados, porque “que se abra una causa no es garantia de que va a concluir con una sentencia”, advirtió.

En Cochabamba, 28 mujeres han sido asesinadas por la violencia machista y ya hay 7 casos con sentencia

Las estadísticas de la Fiscalía General del Estado, muestran que este año, Cochabamba lidera, tristemente, el número de feminicidios en el país.

En la Llajta, entre el 1 de enero y el 10 de diciembre de este año, 28 mujeres fueron asesinadas, la mayoría por sus esposos o exparejas. El fiscal general del Estado, Ramiro Guerrero, informó que de estas 28 causas, 3 están en etapa de investigación preliminar, 1 tiene resolución de rechazo, 15 ya tienen imputación formal, en 2 casos ya se presentó acusación formal y se espera fecha de juicio y en 7 casos, los feminicidas confesaron sus delitos, admitieron su culpa y se acogieron al procedimiento abreviado obteniendo sentencias condenatorias de 30 años de cárcel.

Este año, la Fiscalía avanzó más que en 2014, cuando solo hubo 11 acusaciones formales, 2 sentencias condenatorias en juicio ordinario, 1 procedimiento abreviado y 1 resolución de rechazo.

En La Paz y El Alto hubo un total de 27 feminicidios este año. Es el segundo departamento más violento con las mujeres. Allí también aumentó la violencia, pues según las estadísticas del Ministerio Público, en 2014 hubo 22 feminicidios.

De los 27 casos registrados en 2015 en la sede de Gobierno, 12 están en etapa preliminar de la investigación, 11 tienen imputación formal, 1 tiene sentencia en procedimiento abreviado, 1 tiene acusación formal y 2 tienen sentencia condenatoria en juicio ordinario.

En Santa Cruz, este año hubo 14 feminicidios, tres menos que en 2014, cuando se reportaron 17.

De las 14 causas abiertas este año, 3 están en etapa preliminar de la investigación, 7 tienen imputación formal, 1 sobreseimiento y 3 tienen sentencia en procedimiento abreviado.

En el resto del país, las cifras son inferiores. En Chuquisaca este año se registraron 6 casos, uno menos que en 2014, cuando la Fiscalía investigó 7.

En Beni hubo dos casos, uno más que en 2014 y ambos están con imputación formal.

En Pando no hubo ni un feminicidio, según el informe de la Fiscalía, aunque en 2014 se reportaron 2. Uno fue rechazado y el otro ya tiene sentencia en procedimiento abreviado.

En Oruro, este año fueron abiertas 6 causas por feminicidio y en 2014 habían 7. De las de este año, 3 están en etapa de investigación preliminar, 1 tiene sentencia por juicio abreviado y 2 tienen acusación formal. En Potosí, hubo 4 feminicidios en 2015. Uno más que en 2013. Uno está en etapa de pesquisa, 1 tiene resolución de rechazo, 1 tiene imputación formal y 1 sentencia en juicio ordinario. En Tarija hubo 6 feminicidios, 3 más que en 2014. Cinco están en etapa de investigación preliminar.

¿Cuándo es feminicidio? Lo que dice la Ley 348 sobre el tipo penal

El feminicidio es el asesinato de una mujer por el desprecio a su condición de mujer o por desafiar los roles establecidos por una sociedad patriarcal que la ve como un ser inferior, por haber nacido mujer.

¿Cuándo es feminicidio? El artículo 252 bis del Código Penal sanciona con 30 años de cárcel, sin derecho a indulto, a quien mate a una mujer en estas circunstancias:

* Cuando el autor sea o haya sido cónyuge o pareja de la víctima.

* Cuando la víctima se haya negado a tener una relación sentimental con el autor.

* Cuando la matan por estar embarazada.

* Cuando es asesinada por su jefe o una persona de la cual depende.

* Cuando ella está en situación de vulnerabilidad.

* Cuando antes del crimen la mujer fue víctima de otros tipos de violencia del mismo agresor.

* Cuando la muerte está precedida de una violación sexual.

* Cuando se relacione con delitos de trata y tráfico o sea fruto de ritos, desafíos grupales y prácticas culturales.

LA CONSTITUCIÓN
La Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia asume principios relacionados a la igualdad, la equidad y la no discriminación a través de más de 30 artículos. Por ejemplo, el artículo 15, parágrafo II, señala que “Todas las personas, en particular las mujeres, tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual, psicológica, tanto en la familia como en la sociedad”.

La Carta Magna y otras leyes bolivianas pretenden que los ciudadanos entiendan que la problemática de la violencia contra las mujeres no es un asunto de mujeres, sino un problema social de clara violación a los derechos humanos que afecta a la sociedad en su conjunto. Los hechos de violencia basados en género no constituyen episodios aislados, son el resultado lógico de una estructura social económica, política y cultural patriarcal que los permite y los fomenta.

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