Argentina: familias con integrantes trans podrán reinscribir sus matrimonios

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Gran avance en los derechos de las familias con integrantes trans

Las personas trans que hayan rectificado su nombre y sexo registral en su DNI después de casarse o de inscribir el nacimiento de sus hijos e hijas podrán solicitar la reinscripción del matrimonio o de los nacimientos para que sean adecuados a su identidad de género. Fue un pedido de 100% Diversidad y Derechos al Registro de las Personas bonaerense, que dispuso que el cambio de nombre tiene efecto en todas las inscripciones previas. El resto de los registros provinciales incumplen la Ley de Identidad de Género y exigen orden judicial ante estas solicitudes.

A cuatro años de la sanción de la Ley de Identidad de Género (Ley N° 26.743) 100% Diversidad y Derechos informa que luego de una instancia de diálogo y cooperación con el Registro de las Personas de la Provincia de Buenos Aires, a cargo de la Dra. Romina Rodríguez, el organismo emitió una Disposición que reconoce que el cambio de nombre y sexo registral tiene efectos en el resto de los documentos emanados por ese mismo registro. Así, por vía administrativa, se posibilita la adecuación de las partidas de nacimiento de hijos e hijas de personas trans y las actas de inscripción de sus matrimonios, a la identidad de género de los progenitores y/o conyugues según corresponda.

La Disposición firmada por la Dra. Rodríguez establece que “… en los casos contemplados por la Ley N° 26.743 – de Identidad de Género-, en que el solicitante hubiere inscripto el nacimiento de hijos/as, contraído matrimonio o registrado uniones convivenciales en forma previa al cambio de identidad de género, se deberá inmovilizar el acta original y reinscribir el hecho o acto vital adecuando a la nueva identidad auto percibida del requirente.”

Esta medida pone fin, en la provincia de Buenos Aires, a un largo incumplimiento a la Ley de Identidad de Género por parte de los Registros Civiles de todo el país que exigen una orden judicial ante estas solicitudes.

Existe un solo antecedente, en la provincia de Salta, de cambio administrativo en la partida de nacimiento de una niña de tres años de los datos de sus padres, luego de que ambos cambiaran su nombre y sexo registral en sus documentos. Durante más de ocho meses el Estado le negó a la niña una inscripción que dé cuenta de la verdadera identidad de sus padres y le impidió el ejercicio de todos los derechos de familia, obstaculizando su inscripción en la obra social y el jardín de infantes, entre otros.

En este marco, el Secretario de 100% Diversidad y Derechos, Martín Canevaro, expresó que “son decenas las familias integradas por personas trans que esperaban esta Disposición de la provincia de Buenos Aires que cumple integralmente con la Ley de Identidad de Género. Insistimos en el reclamo al Consejo Federal y a cada uno de los registros civiles para que cumplan la Ley y reconozcan los efectos del cambio de nombre y sexo en las inscripciones de los matrimonios de las personas trans y en la inscripción de los nacimientos de sus hijos e hijas sin requerimiento judicial en todo el país”.

Vea el texto completo de la norma aquí

100 por ciento

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