Venezuela: en medio de la crisis política, Maduro convoca a una Asamblea Nacional Constituyente

724

Presidente Maduro convoca al poder constituyente originario

El presidente de la República, Nicolás Maduro, informó que va a convocar el poder constituyente del pueblo originario.

“Llamo al pueblo a prepararse para la victoria absoluta del pueblo revolucionario”, sentenció el Mandatario nacional durante la concentración del Día del Trabajador en la avenida Bolívar, en Caracas.

El artículo 347 establece que el pueblo venezolano “es el depositario del poder constituyente originario” y que en razón de ello puede convocar a la Constituyente para “transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva constitución”. La Constitución otorga, igualmente, al jefe de Estado la potestad de hacer la convocatoria, en su artículo 348.

Asimismo, señaló que en las próximas horas entregará al Consejo Nacional Electoral (CNE) las bases de esta convocatoria, para que el poder popular pueda elegir, por voto directo, a los constituyentes que crearán la nueva Constitución. De igual manera, informó que va a firmar el decreto en Consejo de Ministros, tal y como lo ordena la Constitución.

Además, designó una comisión presidencial encargada de llevar la propuesta a consulta de las bases populares de todo el sistema de elección, que se encargará de establecer con claridad el poder plenipotenciario y el alcance de este poder constituyente originario.
Esta comisión estará presidida por Elías Jaua y participan participan Aristóbulo Istúriz, Hermánn Escarrá, Isaías Rodríguez, Earle Herrera, Cilia Flores, Delcy Rodríguez, Iris Varela, Francisco Ameliach y Nohemí Pocaterra.
Estos son los artículos de la Constitución que establece normas para un poder constituyente

Capítulo III

De la Asamblea Nacional Constituyente

Artículo 347. El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución.

Artículo 348. La iniciativa de convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente podrán tomarla el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; la Asamblea Nacional, mediante acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes; los Concejos Municipales en cabildo, mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos; o el quince por ciento de los electores inscritos y electoras inscritas en el Registro Civil y Electoral.

Artículo 349. El Presidente o Presidenta de la República no podrá objetar la nueva Constitución.

Los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente.

Una vez promulgada la nueva Constitución, ésta se publicará en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela o en la Gaceta de la Asamblea Nacional Constituyente.

Últimas Noticias


Presidente Maduro convoca a Asamblea Nacional Constituyente


Capriles rechaza Asamblea Constituyente y llama a “desobedecer” decreto

El gobernador del estado Miranda y dirigente de Primero Justicia, Henrique Capriles, rechazó este lunes la convocatoria del poder constituyente originario que realizó el presidente Nicolás Maduro.

En su cuenta en Twitter, Capriles llamó al pueblo a desobedecer este decreto. “Frente al fraude constitucional de constituyente que acaba de anunciar el dictador, Pueblo a la calle y a desobedecer semejante locura!”, expresó en la red social.

El artículo 347 establece que el pueblo venezolano “es el depositario del poder constituyente originario” y que en razón de ello puede convocar a la Constituyente para “transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva constitución”. La Constitución otorga, igualmente, al jefe de Estado la potestad de hacer la convocatoria, en su artículo 348.

Sin embargo, el diputado Henry Ramos Allup (Acción Democrática) expresó en Twitter: “No puede haber Asamblea Constituyente sin bases comiciales aprobadas por votación universal, directa y secreta por todos los electores REP (Registro Electoral)”.

Mientras tanto, para el presidente de la Asamblea Nacional, Julio Borges, llamar a una Constituyente es “dar continuidad al golpe de Estado”.

Últimas Noticias

Más notas sobre el tema