Líderes opositores piden a la Corte rechazar recurso para la repostulación de Evo Morales

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Contexto Nodal
El 18 de septiembre, el oficialismo presentó ante el Tribunal Constitucional una demanda para que se declare la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley de Régimen Electoral, lo que permitiría una nueva postulación de Evo Morales para las presidenciales de 2019. Los magistrados tienen 15 días para admitir o rechazar la demanda y 45 días más para tomar una decisión. En febrero de 2016, el NO se impuso en el plebiscito que impulsó el mandatario para reformar la Constitución y habilitar su repostulación.

Líderes piden al TCP negar recurso al MAS

Cinco líderes políticos anunciaron que presentarán al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) una solicitud de rechazo al recurso de Acción de Inconstitucionalidad Abstracta interpuesta por el Movimiento Al Socialismo (MAS), el pasado lunes, para lograr la repostulación del presidente Evo Morales en las elecciones de 2019 e indefinidamente.

Carlos Mesa, Jorge Quiroga, Víctor Hugo Cárdenas, Samuel Doria Medina y Rubén Costas firmaron el documento. Esta vez Luis Revilla no rubricó la declaración.

“El Gobierno del presidente Morales, a través de sus representantes en la Asamblea Legislativa, le ha dicho al país que su intención es permanecer indefinidamente en el poder a cualquier precio”, señala la primera parte del pronunciamiento.

“Es imperativo que el pueblo de Bolivia utilice todos los medios constitucionales que tiene a su alcance para oponerse a esta decisión”, agregan los exmandatarios y opositores.

Mediante el recurso, el oficialismo pretende que el TCP declare inaplicables cuatro artículos de la Constitución Política del Estado (CPE) que limitan las repostulaciones de las autoridades electas y la inconstitucionalidad de cinco artículos de la Ley de Régimen Electoral. Su argumento es que la Convención Interamericana de los Derechos Humanos no fija límites para el ejercicio de los derechos políticos.

Sin embargo, constitucionalistas señalaron que el TCP no tiene competencia para declarar una norma, o parte de ella, inaplicable, por lo tanto, si admitirían el recurso, los magistrados estarían cometiendo al menos tres delitos.

En tanto, los opositores sostienen que la intención del oficialismo con el recurso, “además de penoso desde el punto de vista jurídico, es permanecer indefinidamente en el poder a cualquier precio”, a pesar de que en el referendo de 2016 la población rechazó la posibilidad de modificar la CPE para habilitar a Evo Morales como candidato.

“Referendo que fue convocado por el Gobierno que entonces dio por bueno el contenido del artículo 168 que hoy se objeta. Se cumplió así el artículo 11, II, 1 de la CPE que dice que Bolivia adopta para su Gobierno la forma democrática ‘directa y participativa, por medio del referendo…’. Ese día los ciudadanos le dijimos un NO definitivo a una nueva reelección del Presidente y el Vicepresidente del Estado”, señala el documento.

Además de desconocer los resultados del referendo de 2016, advierten que el Gobierno desconoce sucesivamente la soberanía de la Asamblea Constituyente elegida en 2006 y el referendo popular de 2009.

“Nuestra decisión inclaudicable es la defensa de la democracia y la Constitución. Por esa razón, hemos decidido presentar ante el Tribunal Constitucional Plurinacional una Solicitud de Rechazo a la Acción de Inconstitucionalidad Abstracta presentada por la senadora Nélida Sifuentes Cueto y otros legisladores del MAS, porque atenta gravemente contra la democracia y la Constitución”.

Los firmantes anuncian además que presentaran un documento a consideración de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

El jefe de la agrupación Sol.Bo no firmó el documento porque lo analizará esta semana en una reunión de su organización.

Procedimiento

Sin embargo, el constitucionalista José Antonio Rivera señala que al no existir la figura de “solicitud de rechazo”, los opositores pueden apersonarse ante el TCP para expresarse su opinión respeto al conflicto presentado, advirtiendo al TCP de las inconsistencias que tiene la acción y pidiendo que puedan rechazarse.

“El TCP tomará en cuenta aquello porque una vez introducida la acción, la comisión de admisión —integrada por tres magistrados— se debería pronunciar dentro de cinco días siguientes”, dijo.

Explicó que una Acción de Inconstitucionalidad Abstracta “es una acción de puro derecho, en el que se cuestiona, se impugna y se demanda es la ley, el estatuto orgánico, carta orgánica o reglamento que contradice o infringe la Constitución Política del Estado”.

PLAZOS

De acuerdo al Código Procesal Constitucional (CPC), una vez presentada la Acción de Inconstitucionalidad Abstracta, es derivada a la Comisión de Admisión, el cual verificará que el documento cumpla con los requisitos establecidos.

En este caso puede admitir o rechazar el recurso. En el caso de que acepte, se solicita al Órgano competente una explicación de la misma para luego ingresar al sorteo para su análisis y según —la norma— en 45 días debiera salir el fallo.

Sin embargo, la mora procesal impide que los plazos se cumplan.

La Prensa


Declaración Conjunta sobre la Intención del MAS de Lograr la Reelección Indefinida del Presidente Evo Morales

Como ciudadanos, expresidentes, exvicepresidentes y jefes de partidos políticos, decimos nuestra palabra en torno a la Acción de Recurso Abstracto de Inconstitucionalidad presentado por legisladores del MAS ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).

El gobierno del Presidente Morales, a través de sus representantes en la Asamblea Legislativa, le ha dicho al país que su intención es permanecer indefinidamente en el poder a cualquier precio.

Ya en el año 2014 el Primer Mandatario vulneró la Constitución (CPE) al habilitarse como candidato, apoyado en un Tribunal Constitucional al servició de sus intereses. No contento con este paso ilegal, para lograr su objetivo de permanecer en el cargo más allá del año 2020, usó sus dos tercios en la Asamblea Legislativa para modificar el artículo 168 de la CPE y volver a ser candidato en 2019.

Esta vez, sin embargo, se enfrentó a un escollo insalvable, la voluntad del pueblo boliviano. La respuesta democrática de éste se expresó en el Referendo de 21 de febrero de 2016 en ejercicio de su soberanía inalienable. Referendo que fue convocado por el gobierno que entonces dio por bueno el contenido del artículo 168 que hoy se objeta. Se cumplió así el artículo 11, II, 1 de la CPE que dice que Bolivia adopta para su gobierno la forma democrática “directa y participativa, por medio del Referendo…”. Ese día los ciudadanos le dijimos un NO definitivo a una nueva reelección del Presidente y el Vicepresidente del Estado.

Sin ningún pudor, hoy algunos de sus legisladores se prestan a pedirle al mismo TCP que lo habilitó en 2014, nada menos que la inaplicabilidad de cuatro artículos de la Constitución. Tal pretensión no sólo reconoce atribuciones de aplicar o no partes de la CPE que el TCP no tiene, sino que desconoce sucesivamente la soberanía de la Asamblea Constituyente elegida en 2006, el Referendo popular de 2009 y el Referendo popular de 2016.

El mecanismo utilizado, además de penoso desde el punto de vista jurídico, es la expresión más clara de que el gobierno nos está diciendo a todos los bolivianos que su intención de eternizarse en el poder está más allá de la ley y de la decisión del pueblo boliviano y que hará todo lo que sea necesario para lograr ese objetivo.

Sabemos ya, sin matiz alguno, que el gobierno está a punto de entrar en el terreno de la total ilegalidad. Precisamente por eso es imperativo que el pueblo de Bolivia utilice todos los medios constitucionales que tiene a su alcance para oponerse a esta decisión, cuya única legitimidad es el uso arbitrario del poder y el dominio que ejerce sobre todos los Órganos del Estado.

Nuestra decisión inclaudicable es la defensa de la democracia y la Constitución. Por esa razón hemos decidido presentar ante el Tribunal Constitucional Plurinacional una Solicitud de Rechazo a la Acción de Inconstitucionalidad Abstracta presentada por la Senadora Nélida Sifuentes Cueto y otros legisladores del MAS, porque atenta gravemente contra la democracia y la Constitución. También presentaremos un documento a consideración de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

La Paz 21 de septiembre de 2017

Jorge Quiroga Ramírez, Expresidente

Carlos Diego de Mesa Gisbert, Expresidente

Víctor Hugo Cárdenas Conde, Exvicepresidente

Rubén Costas Aguilera, Movimiento Demócrata Social

Samuel Doria medina Auza, Unidad Nacional

Carlos D. Mesa Gisbert


Evo Morales deja su repostulación en manos del TCP

El presidente Evo Morales habló este jueves por primera vez sobre el recurso legal que este lunes presentaron legisladores de su partido para buscar su habilitación para terciar en las elecciones generales de 2019.

Fue escueto y dijo que ahora la decisión final sobre este asunto se encuentra en manos de los magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), quienes tienen 10 días para aceptar o rechazar la demanda. «Eso está en manos del Tribunal Constitucional», comentó.

Afirmó además que un equipo jurídico, del que no dio mayores detalles, fue el responsable de elegir esta vía de entre las cuatro que fueron aprobadas por el Movimiento Al Socialismo (MAS) para buscar su repostulación luego de que en 2016 un referéndum rechazara la reforma constitucional para habilitar una nueva repostulación de los actuales mandatarios.

“Decidieron (en el MAS) cuatro vías, finalmente un equipo jurídico decidió una de las cuatro vías decididas el año pasado pero, repito, eso está en manos del Tribunal Constitucional Plurinacional”, sostuvo Morales en un primer pronunciamiento sobre la estrategia jurídica encaminada.

El recurso legal planteado pide al TCP declarar la inconstitucionalidad de cinco artículos de la Ley Electoral y la inaplicabilidad de cuatro de la Constitución Política del Estado referidos al límite de participación en elecciones para el Presidente, Vicepresidente, gobernadores, asambleístas departamentales, alcaldes y concejales.

En medio del rechazo de la oposición, el oficialismo defiende su iniciativa y asegura que el derecho político de Morales y del resto de las autoridades electas no puede ser cercenado. El MAS recurre al Pacto de San José para sustentar su estrategia porque esa convención sobre derechos humanos no estipula límite en el derecho a votar y ser elegido.

Morales habló ya de la repostulación el lunes en una entrevista con Telesur, pero no sobre el recurso legal. “A mí me dijeron que ya la vida del Evo no es del Evo, es del pueblo. Yo aprendí eso desde el sindicato, desde las federaciones. Por tanto, lo que diga el pueblo”, respondió cuando fue consultado sobre su posible participación en los comicios de 2019.

Las bases sociales del oficialismo decidieron volver a postular al mandatario tras rechazar el resultado del referéndum de 2016 por considerar que estuvo marcado por la mentira del caso Gabriela Zapata, expareja de Morales y que dio paso a una denuncia de tráfico de influencias.

La Razón

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