La Justicia electoral habilita la candidatura del presidente Cartes a senador, pese a estar prohibido en la CN

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Opositores apelan fallo que habilita a Cartes y Nicanor

El Partido Democrático Progresista (PDP) y el Partido Revolucionario Febrerista (PRF) apelaron el fallo del Tribunal Electoral de la Capital, Primera Sala, que habilita las candidaturas al Senado del presidente Horacio Cartes y de Nicanor Duarte Frutos.

Ambos fueron habilitados para seguir en la carrera electoral por el Tribunal Electoral de la Capital, Primera Sala, que el pasado viernes rechazó las impugnaciones planteadas por los opositores.

Tanto el PDP como el PRF se refieren en su presentación al incumplimiento del artículo 12 de la Ley N° 635/95, con respecto a la integración del tribunal que resolvió las impugnaciones.

“La nulidad, porque la integración del Tribunal que resolvió la impugnación no es correcta. El artículo 12 de la Ley 635 dice claramente que se debe integrar, si no existen magistrados, se debe integrar con magistrados de la misma circunscripción o de la más cercana y acá se integró con magistrados de Concepción y de Amambay”, explicó en radio Ñandutí el abogado José Casañas Levi, candidato a diputado por el PDP.

“La apelación que tiene fundamentos en la argumentación del tribunal, por ejemplo, que ellos sostienen que es un derecho en expectativa lo que tienen Nicanor Duarte Frutos y Horacio Cartes; lo cual no es correcto, porque ellos son candidatos, no es ningún derecho en expectativa”, agregó el letrado.

Por el PRF la presentación del escrito lo hizo su apoderado, Fidel Trigo Granada. De acuerdo al escrito, “es nula la sentencia Nº 2/18, en razón de que los miembros del Tribunal Leiva, Medina y Salinas, magistrados de Concepción, Pedro Juan Caballero y Misiones, fueron designados a dedo, en forma arbitraria e ilegal, omitiéndose flagrantemente el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley N° 635/95”.

El PRF pide además que se dé trámite a la recusación con expresión de causa deducida contra los ministros del máximo organismo electoral, Jaime Bestard, Alberto Ramírez Zambonini y María Elena Wapenka.

Los liberales apelaron el domingo la resolución ante el TSJE, a cuyos integrantes también recusaron alegando desconfianza.

Se suma. El Frente Guasu apelará en la fecha y pedirá la nulidad del fallo que habilita para las elecciones generales de abril, las candidaturas de Cartes y Nicanor. En el caso del FG, también impugnará la candidatura de Juan Afara.

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Piden anular resolución que favorece a HC y Nicanor

El Partido Democrático Progresista había impugnado la candidatura de Horacio Cartes y Nicanor Duarte Frutos. Ayer presentó una recusación y pedido de nulidad al rechazo publicado por el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), que considera que no hay impedimentos constitucionales para que participen en nuevas elecciones.

El PDP afirma que la sentencia dictada por el “incompetente” Tribunal Electoral Primera Sala debe ser anulada, pues se “violentaron las normas de competencia” al conformar un Tribunal con magistrados que no se encuentran en la línea de reemplazo.

Además, apela la resolución de rechazar la impugnación de las candidaturas porque se utiliza como argumento central que el rechazo pretende ignorar groseramente el sistema de prelación de normas establecidas. Señalan que la Carta Magna indica que carecen de validez todas las disposiciones o actos de autoridad opuestos a lo establecido por la Constitución.

Teniendo en cuenta eso, el presidente en función y el exmandatario deberían estar inhabilitados para postularse para estas elecciones: el primero, por seguir al mando del Ejecutivo, y el segundo, por ser senador vitalicio.

ABC


Frente Guasu apelará habilitación de candidaturas de Cartes, Afara y Duarte

El Frente Guasu entiende que las candidaturas se oponen a lo establecido en los artículos 189 y 237 de la Constitución Nacional, que en esos puntos define los papeles de los presidentes, vicepresidentes y expresidentes, que en este último caso pasan a ser senadores vitalicios una vez terminado su mandato.

«Estamos en contra de este fallo, no hay ningún argumento que pueda estar a favor de la candidatura de Cartes, de Afara y de Duarte a senadores», explicó el presidente del Frente Guasu, el senador Carlos Filizzola.

También informó de que su formación apelaría el fallo y que, además, se planteaba su nulidad al considerar que el tribunal «fue mal establecido».

Filizzola precisó que el artículo 237 de la Constitución establece que los presidentes y vicepresidentes deben limitarse a ejercer esas funciones, algo que, en opinión del Frente Guasu, no están haciendo Cartes y Afara, en campaña por el Partido Colorado.

En el caso de Duarte, el Frente Guasu señaló que el artículo 189 establece que un expresidente pasa a ser senador vitalicio en el momento que concluye su mandato, salvo en caso de haber sido declarado culpable en un juicio político.

«Duarte Frutos ya es senador vitalicio, no puede presentarse por eso. También le va a afectar a Cartes al terminar su mandato, porque la Constitución dice que será senador vitalicio», matizó Filizzola.

El Frente Guasu también recurrió al artículo 189 para defender la candidatura a senador del expresidente Fernando Lugo (2008-2012), hallado culpable en el juicio político que puso fin a su mandato en 2012, por lo que no es senador vitalicio.

El ingeniero Hermann Pankow, candidato a diputado del Movimiento Cruzada Nacional, había solicitado la impugnación de Lugo al considerar que era senador vitalicio.

El Partido Liberal (PLRA), socios del Frente Guasu en la dupla presidencial de la Alianza Ganar con la que concurrirán a las elecciones, ya anunciaron este domingo que apelarían la sentencia del Tribunal Superior del Justicia Electoral.

En ese fallo, el ente rechazó las impugnaciones contra las candidaturas y la nulidad de la sentencia por la supuesta parcialidad de tres miembros del tribunal, que dictaminó contra las impugnaciones presentadas por diferentes formaciones opositoras.

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