El Senado aprueba un proyecto que crea el delito de acoso sexual en espacios públicos

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El Senado aprobó el proyecto que modifica el Código Penal y crea el delito de acoso sexual en espacios públicos. Las indicaciones se recibirán hasta el 26 de noviembre y los legisladores ya adelantaron que a través de las indicaciones se perfeccionará el texto, para evitar “aspectos subjetivos”.

Durante el debate –donde se aprobó por unanimidad la moción- se resaltó la importancia de incorporar un tipo penal específico de acoso sexual en lugares públicos o de acceso público, con el fin de promover el respeto a la dignidad de las personas en sus distintos géneros, evitando la naturalización de una manifestación de violencia sexual que experimentan mujeres, hombres, niñas y niños en estos espacios.

En concreto, la moción propone crear un nuevo tipo penal, y establece: “El que realizare una acción sexual que implique un contacto corporal contra una persona mayor de 14 años que provoque en la víctima intimidación, hostilidad, degradación, humillación o un ambiente ofensivo, sin que medien los términos señalados en el artículo 366 ter, será penado con presidio menor en su grado mínimo”, es decir, reclusión carcelaria entre 61 y 540 días.

Asimismo, se precisa que para una acción sexual distinta del acceso carnal, que implique un hostigamiento capaz de provocar en la víctima intimidación, hostilidad, degradación, humillación o un ambiente ofensivo, se impondrá la pena de multa equivalente a una 1 UTM ($48.160).

Si dichos actos consistieren en la captación de imágenes, vídeos o cualquier otro registro audiovisual del cuerpo de otra persona o de alguna parte de él, se impondrá una pena de multa entre 5 a 10 Unidades Tributarias Mensuales ($481.000) y si el registro es divulgado por medios de difusión, se impondrá una pena de multa entre 10 a 20 Unidades Tributarias Mensuales (hasta $963.200).

El Dinámo


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