Universidades de Colombia inician campaña de prevención contra el acoso sexual

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El acoso, un hecho intolerable

El acoso sexual es uno de los delitos más repudiables de la sociedad porque nace del aprovechamiento abusivo de las relaciones de poder en un lugar de trabajo, en la casa, en la iglesia, en el batallón, y tristemente, en la escuela.

Las universidades en Colombia que en su esencia son centros de conocimiento y relaciones interpersonales, no han sido ajenas a las denuncias de casos de acoso sexual, hechos que ensombrecen las dinámicas naturales de la docencia. Ante los casos presentados en algunas universidades, las directivas de la UdeC han sido enfáticas con las directrices que se deben seguir para prevenir el acoso en la Alma Máter.

El rector Edgar Parra Chacón manifestó, que será implacable con cualquier caso de acoso al interior de la Alma Máter. Así mismo, sostiene que la Universidad cuenta con acciones desde la Vicerrectoría de Bienestar Universitario y la Oficina de Control Disciplinario y para que las personas de la comunidad universitaria puedan hacer sus denuncias.

“Nosotros como institución que propende por la construcción de conocimiento y bienestar de toda la comunidad, no podemos permitir que se presenten casos de acoso sexual ni mucho menos abusos de poder, estamos dispuestos a llegar hasta las últimas consecuencias de estos actos repudiables por toda la comunidad”, dijo el rector, Parra Chacón.

Según el autor del artículo publicado en el blog Prospectiva en Justicia y Desarrollo, Alejandro García Hernández, la justicia colombiana tipifica el acoso sexual como un acto de violencia que vulnera el Derecho Internacional de los Derechos Humanos; inicialmente, se determinó que era una violencia que solo iba en contra de la mujer, pero actualmente se entiende que va en contra de cualquier persona, sin importar su género o su identidad sexual, conforme a la sentencia SP107-2018 de la Corte Suprema de Justicia.

El acoso sexual puede ser físico con violencia física, tocamientos o acercamientos sin la debida autorización, también pueden ser verbales, tales como: comentarios y preguntas ofensivas relacionadas con la forma de vestir, orientación sexual o estilo de vida de la persona que por ello se siente afectada. Otra de las conductas tipificables como acoso sexual tiene que ver con las no verbales como presentación de objetos pornográficos como imágenes y videos.

En la actualidad, la Universidad cuenta con un protocolo de atención en casos de violencia y acoso. Esta ruta de acción que se viene aplicando desde la Vicerrectoría de Bienestar Universitario, busca impulsar espacios de bienestar colectivo al interior de la comunidad udeceísta. La divulgación del protocolo ha sido acompañada de una campaña institucional difundida en todos los medios de comunicación de la Alma Máter

La interacción cotidiana entre los seres humanos suele acarrear relaciones de poder en las cuales se naturalizan manifestaciones implícitas y explícitas de violencia, por lo cual se genera una tolerancia social a estos fenómenos de forma incluso inconsciente. Teniendo en cuenta esta situación, la Universidad de Cartagena ha dejado en claro su postura de rechazo al acoso y su disposición para atender de manera prioritaria, los casos de cualquier tipo de violencia en el escenario institucional, además de garantizar laprotección de las víctimas, de tal manera que sus miembros puedan ejercer, en condiciones de igualdad, los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico interno e internacional.

La Universidad, ha procurando establecer un protocolo para definir rutas de atención en las cuales se traten de manera diferencial los casos de acoso y de violencia y establece la siguiente tipificación: acoso, violencia fundada en el género, violencia sexual, violencia contra la mujer, y acoso virtual.

Etapas de atención

El protocolo determina el inicio de la atención, al recibir la denuncia o queja de casos por cualquier motivo de consulta que resulte asociado a violencia y/o acoso sexual en la comunidad universitaria.

Los medios para iniciar el protocolo de atención pueden ser: virtual, a través del correo electrónico institucional: dnoalacoso@unicartagena.edu.co; presencial: en la Sección de Asuntos Estudiantiles y Profesorales, en las Oficinas de Bienestar Universitario mediante la Sección de Sicología y/o directamente en la Oficina de Control Disciplinario de la institución ubicada en Claustro San Agustín, segundo piso.

Lo que procede en la ruta de atención es el análisis del caso con el fin de identificar el contexto y las personas de la comunidad universitaria involucradas en la situación (estudiantes, docentes, administrativos, contratistas, egresados y familiares) así como también definir expectativas de la víctima y los límites de competencia de la Universidad de Cartagena, atendiendo los diferentes sujetos involucrados en los hechos.

Luego de poner en marcha las medidas para suspender o prevenir la situación de violación o acoso, se garantizará el acompañamiento psicológico de la víctima en toda la ruta que se inicia, y se remitirán los casos que involucren servidores públicos a la Oficina de Control Disciplinario para habilitar las actuaciones legales de conformidad con lo dispuesto en la Ley 734 de 2002, para verificar los hechos y sancionar a las personas responsables de las faltas.

Si en principio el caso es conocido por la Sección de Asuntos Estudiantiles y Profesorales, y se sabe que involucra a empleados o docentes de la Institución, la dependencia remitirá el caso al Comité de Convivencia Laboral, instancia que asumirá el abordaje del mismo. En casos de violencia y/o acoso que involucren estudiantes de la Universidad de Cartagena, estos se remitirán a las dependencias competentes para abordaje integral del mismo.

Cuando el agresor sea un estudiante, se dará cumplimiento al procedimiento disciplinario establecido en el Reglamento Estudiantil, sin perjuicio de las acciones penales a las que haya lugar. (Acuerdo 14 del 11 de diciembre 2009).

Los pasos señalados podrán llevarse a cabo de manera paralela al direccionamiento que pueda hacerse hacia entidades que tengan competencia según las circunstancias concretas. En el caso de que hallan involucrados menores de edad, el reporte al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar será obligatorio.

En la ruta se establece que los casos de violencia sexual deberán atenderse con el respaldo de las instituciones del sector de salud. Tal y como establece el Ministerio de la Protección Social, la víctima deberá ser atendida en las 72 horas siguientes luego de los hechos narrados, incluso cuando estos hayan ocurrido tiempo atrás.

Finalizando, se realizará el seguimiento a las rutas de intervención establecidas, se verificará el cumplimiento de las medidas preventivas adoptadas oportunamente, y se cerrará el caso ante la completitud de los procesos internos o externos que se realicen.

Mecanismos para la apropiación

La Universidad ha establecido además de la campaña de medios internos, fechas de socialización de la información con sus 3 estamentos constitutivos (docentes, estudiantes y administrativos), como oportunidad para el conocimiento del instrumento de gestión generado a partir de la interacción directa, lo cual que genera una reflexión humanizante.

Para continuar con la campaña “No al Acoso Sexual” promovido desde la Vicerrectoria de Bienestar Universitario y la Oficina de Control Disciplinario, se adelantarán actividades de socialización durante tres meses, iniciando en el mes de julio y se extenderá hasta septiembre.

El Tiempo


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