Argentina: el Poder Judicial intervino el Correo, la empresa de la familia Macri

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La jueza Marta Cirulli, a cargo del expediente concursal del Correo (de los Macri) donde se dirime la deuda millonaria que tiene con el Estado, resolvió intervenir la empresa ante lo que consideró ocultamientos reiterados de información, que entre otras cosas atañen a llamativos pasivos por préstamos de sus propias controlantes, que son SOCMA y SIDECO, claves en el grupo empresario de la familia presidencial. La resolución dispone una “coadministración” de la compañía, pero no desplaza a quienes están actualmente a cargo.

La fiscal Gabriela Boquín, quien denunció en 2017 un intento de condonación de la deuda que hoy llega a 4500 millones de pesos a través de un pacto entre el Correo y los representantes estatales, había pedido ya entonces la intervención, con el desplazamiento de síndicos y administradores. La jueza señaló también la reticencia a responder a los pedidos de datos para el expediente, donde se están investigando maniobras de vaciamiento, y contradicciones.

La empresa Correo, en su situación concursal actual, está declarada inactiva. A pesar de esto la fiscalía ante la Cámara denunció distintos tipos de erogaciones que podrían implicar desvíos y/o vaciamiento. Boquín reveló, por ejemplo, contratos de alquiler y de locación de servicios, en algunos casos con sus propias controlantes. En otros con sociedades y abogados amigos.

Después de dos años de idas y vueltas, trabas impuestas por la empresa y resoluciones judiciales sinuosas, la jueza Cirulli tuvo que iniciar una investigación. Por eso comenzó a pedir información específica al Correo, además de los libros contables de SOCMA y SIDECO, que ambas se negaban a entregar. La Corte Suprema destrabó esa discusión, al rechazar un recurso del Grupo Macri. Así las cosas, los señalamientos de la resolución de la jueza Cirulli se refiere al intento de investigación de todos aquellos movimientos anómalos.

La jueza sostuvo que cuando le pidió explicaciones al Correo sobre préstamos recibidos de sus controlantes, “nada explicó respecto de sus necesidades actuales, ni sobre la cuantía de lo que había utilizado ni sobre lo que pendía de devolución”. La propia firma había sostenido que recibía préstamos: 2 millones de pesos SOCMA y 4,5 millones de SIDECO en 2017. También se habían detectado contratos de locación de servicio y bienes, por los que se habían pagado desde 2012 18.000 dólares mensuales y en determinado momento en 2014 dejaron de pagar pero que seguían los contratos sin contraprestación. Sin embargo, la jueza explica que ahora el Correo da una versión distinta a la anterior y resulta que existe una deuda posconcursal acumulada nunca antes admitida y, que aparecen irregularidades como que SIDECO no emitía facturas por los supuestos servicios y locaciones.

Cirulli había pedido explicaciones en este año a la empresa postal, pero “guardó absoluto silencio” “a pesar de la señalada gravedad”. El pasivo posconcursal que antes negaba, según la jueza asciende a 1.144.260 dólares. En instancias superiores el Correo decía que le habían dejado de cobrar “en su beneficio y de todos sus acreedores”, lo que hacía suponer que las contrataciones no estaban vigentes, sin embargo no era así.

Además, todo indica, SIDECO le pagaba gastos legales al Correo. “Su explicación, acreditación y justificación se le exigió” y “la concursada solo aludió a conceptualmente a varios asesoramientos concentrados en materia tributaria y administrativa”, dice la jueza. “No justificó la contabilización de tales erogaciones adicionales ni denunció la cuantía”. La resolución es taxativa al señalar un “reprochable ocultamiento de un pasivo postconcursal”.

La jueza explica la intervención así: “la omisión de denunciar tal nuevo y creciente pasivo (integrado por una prestación millonaria cuya vigencia era inimaginable a tenor de sus propias afirmaciones; y por otros ´gastos legales’ anunciados genéricamente sin concreción aritmética) implicó el ocultamiento de la información necesaria para que este Tribunal, las sindicaturas intervinientes y los acreedores verificados pudiesen tomar conocimiento de la real situación de la convocatoria respecto del engrosamiento actual de su deuda posconcursal; y , naturalmente, arroja un manto de duda sobre la sinceridad del os expresado ahora sobre su real endeudamiento”.

La intervención, señala la resolución, es la respuesta posible ante la omisión de información o un acto que perjudique a los acreedores. Recuerda que le reclamó tres veces la información.

El coadministrador deberá cumplir con “las labores a cargo de la sindicatura controladora, y con las sindicaturas general y verificante también. También deberá participar en las deliberaciones de la administración y proponer al directorio medidas para reorganizar la estructura. También tendrá que entregar toda la información adeuda. La intervención, por lo pronto, durará 30 días.

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