Colombia: la Corte realiza sesión extraordinaria para ampliar o reducir los límites para el aborto

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¿Cuántos de los 9 magistrados de la Corte Constitucional apoyan despenalización del aborto?

Por Juan Esteban Silva, BLU Radio

Este lunes, la Sala Plena de la Corte Constitucional iniciará el debate sobre la ponencia que está en manos del magistrado Alejandro Linares que propone despenalización de aborto en las primeras 16 semanas.

Las cargas están divididas pues hay varios magistrados que eventualmente apoyarían la ponencia de Alejandro Linares, como Alberto Rojas Ríos y Antonio Lizarazo. Otros estarían en contra como Carlos Bernal y Luis Guerrero. En este caso, estos dos últimos han demostrado posiciones mucho más conservadoras y radicales. Otros como Diana Fajardo y José Fernando Reyes aún no tendrían definida su posición.

En las últimas horas, la Corte ya definió la recusación que había contra 6 magistrados. El recurso fue presentado por Dolores Gnecco, quien es directora de la Fundación Camino. La tesis de la demandante era básicamente que en este caso es que la Corte debería nombrar conjueces en lugar de los magistrados Alejandro Linares, quien recordemos tiene en sus manos la ponencia que propone despenalizar el aborto en las primeras 16 semanas. También la recusación incluía a los magistrados Diana Fajardo, Antonio Lizarazo actual vicepresidente de la Corte, Gloria Ortiz, José Fernando Reyes y Alberto Rojas Ríos, quien recordemos fue recientemente designado como presidente de la Corte Constitucional.

¿Qué pasó con la recusación a 6 magistrados?

La Corte la rechazó por improcedente. Para decidir sobre la recusación a seis magistrados, la Corte acudió al decreto 2061 del 91, artículos 29 y 30, que permite a ellos mismos tener la competencia para resolver dicha recusación porque involucraba a la mayor parte de la Sala.

Se conoció también en las últimas horas una carta de 32 académicos que piden a la Corte no considerar cosa juzgada este tema; esto, a raíz de que la Corte ya se había pronunciado sobre aborto a través de la sentencia SU 096 de 2018 que interpreta y permite aplicar aborto en tres casos actualmente despenalizados: malformaciones en el feto, haber sido víctima de una violación o que el embarazo constituya un peligro para la vida o la salud física o mental de la mujer, certificado por un médico.

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