Reabren centros comerciales y aprueban protocolo para bares y restaurantes

Foto: Martín Martínez / FocoUy
689

Menos en Rivera, los shoppings reabrieron tras 83 días de cierre

Los shoppings de todo el país, a excepción de los ubicados en el departamento de Rivera, reabrieron sus puertas a partir de las 12 horas de este martes. Se trata de unos 9.000 trabajadores que retomaron sus tareas y unos 1.400 locales comerciales que recuperarán la normalidad luego de 83 días de cierre.

Para ingresar fue obligatorio el uso de tapabocas. Además se hicieron controles de temperatura y se proporcionó alcohol en gel a todos los clientes.

Poco antes del mediodía, se observaron algunas colas de clientes formadas en algunos shoppings.

En esta primera etapa, los centros comerciales abrirán en un horario reducido que va de lunes a viernes de 12 a 20 horas y los sábados de 11 a 20.

En las dos primeras horas se dará prioridad a los mayores de 65 años y a las embarazadas. Las plazas de comidas operarán desde las 12.00 a 20.00 horas, pudiendo extender sus operaciones hasta las 21 horas de manera opcional, por el momento solo con viandas para llevar.

Una vez dentro de los locales, los clientes debían desinfectar sus manos con alcohol en gel antes de seleccionar las prendas. Después de cada uso del probador, se procedió a la desinfección de los mismos antes de autorizar la entrada del siguiente cliente, detalla el protocolo.

Según el protocolo, la ropa que haya sido tocada por los clientes deberá ser desinfectada con vapor de agua o de lo contrario quedará aislada por 48 horas.

En esta etapa, los cines, casinos y espacios de juegos para niños permanecerán cerrados hasta tanto las autoridades permitan el reinicio de los espectáculos públicos.

Subrayado


Aprueban protocolo para reapertura de bares y restaurantes; empresarios disconformes

La Intendencia de Montevideo aprobó el protocolo de prevención y seguridad en servicios de gastronomía y plazas de comidas. La reglamentación abarca bares, rotiserías, casas de comidas, parrilladas, pizzerías, restaurantes, plazas de comidas y toda empresa alimentaria donde se expendan alimentos con servicio de mesa.

El armado de los salones se dispondrá respetando la distancia de 2 metros entre las sillas de las diferentes mesas. Y cada mesa tendrá un cupo máximo de cuatro personas. En ese caso, con una separación de 1,5 metros.

En caso de que el local cuente con barra o mostrador para la permanencia del público, esta deberá contar con una mampara con un mínimo de 80 centímetros de altura por encima de la barra y una separación de 1,5 metros entre los clientes.

Quedará prohibido el servicio de buffet y los alimentos que estén al alcance de los clientes deberán estar envasados.

Los locales deberán contar con dispensadores de alcohol en gel a disposición del público.

No se permitirá el uso de saleros, pimienteros o aceiteros y las paneras recargables. Los condimentos y el pan deberán envasarse individualmente.

Las cartas menú deberán ser reemplazadas por pizarrones, cartas virtuales o menús descartables. También se prohíbe el uso de servilletas de tela.

Las mesas y las sillas deberán ser desinfectadas luego del recambio de clientes.

La reglamentación indica que los filtros de los equipos de ventilación y aires acondicionados deberán limpiarse una vez por día.

CLIENTES

Los comensales no podrán entrar a la sala hasta que haya una mesa desocupada, limpia y desinfectada, según establece la reglamentación. La Intendencia exhorta a manejar la reserva o agenda previa para evitar aglomeraciones. En todos los casos, se deberá respetar la distancia de 1,5 metros por persona.

Se indica que los clientes deberán ingresar de a una persona al baño, a excepción de los niños que lo harán acompañados por un adulto.

Los baños deberán contar con abundante agua y jabón, toallas de papel descartable y papeleras de accionar de pie para su descarte.

PLAZA DE COMIDAS

Con respecto a la reglamentación que regirá para las plazas de comidas, los clientes deberán ingresar por un sector y salir por otro, no pudiendo permanecer más de una persona por metro cuadrado.

También se establece el uso obligatorio de tapaboca mientras permanezcan en la plaza de comidas. Los clientes deberán dejar la vajilla en la mesa y el personal de limpieza será el encargado de retirarla.

PERSONAL

El personal de los locales deberá encontrarse sano, sin síntomas y obligatoriamente usará tapaboca. En cambio, se le prohíbe llevar caravanas y pulseras. Y habrá control de temperatura al ingreso al trabajo.

Los empleados deberán cambiarse los zapatos de calle por los del uniforme apenas ingresan, y en caso de salir al descanso, se deberán cambiar por completo la ropa de trabajo.

El acceso al vestuario se hará de a una persona, y los empleados deberán tener especial cuidado de no apoyar objetos personales hasta llegar a cambiarse. Antes de colocarse la ropa de trabajo, se establece un lavado de manos obligatorio de por lo menos 40 segundos con abundante agua y jabón. La ropa de calle la deberá colocar en una bolsa.

Los locales deberán contar con un baño exclusivo para uso del personal.

Está prohibida la manipulación de los celulares por parte del personal de elaboración y de quienes atienden al público.

El personal contará con alcohol en gel y deberá lavarse las manos entre la atención de cliente y cliente. El uso de guantes está recomendado solo cuando estén en contacto con materias primas, insumos, dinero y siempre que presenten lesiones, cortes o heridas.

El local deberá tener personal permanente a cargo de la limpieza y desinfección durante toda la jornada laboral.

La reglamentación también establece buenas prácticas para la recepción de materias primas y envases, y la elaboración y manipulación de alimentos.

REPERCUSIONES

El Colectivo Gastronómico Uruguay manifestó su disconformidad con la reglamentación y afirma que las medidas «no expresan mínimamente la realidad comercial de los locales del país».

Subrayado


Coronavirus en Uruguay: hay un caso nuevo y son 69 las personas enfermas al día de hoy

El Sistema Nacional de Emergencias (Sinae) publicó este martes de noche su informe de actualización del nuevo coronavirus en Uruguay. Hay un nuevo caso de COVID-19 respecto a ayer, después de dos días consecutivos -domingo y lunes- en que no se registraron nuevos casos.

Este martes se procesaron 757 análisis, con 756 resultados negativos y uno positivo.

Desde el 13 de marzo se han registrado 846 casos positivos confirmados de COVID-19 en todo el territorio nacional. De ese total, 754 ya se recuperaron y 23 fallecieron.

Actualmente hay 69 casos activos, es decir, personas que están cursando la enfermedad; cuatro de ellas se encuentran en cuidados intensivos.

Los departamentos con casos activos al día de hoy son 10: Canelones, Cerro
Largo, Colonia, Flores, Montevideo, Río Negro, Rivera, Rocha, Salto y San
José.

Del total de casos positivos confirmados desde el 13 de marzo, 110 corresponden a personal de la salud: 101 se recuperaron, ocho están cursando la enfermedad y uno falleció.

Desde que se declaró la emergencia sanitaria se han realizado 49.653 tests, de ese total, 48.612 resultaron negativos y 1.041 positivos.

El País


Gobierno firma decreto que permitirá ingreso de extranjeros durante la emergencia sanitaria

El presidente de la República, Luis Lacalle Pou, firmó un decreto que tenía fecha 2 de junio que habilita el ingreso excepcional de algunos extranjeros al país a pesar de que la emergencia sanitaria por el coronavirus está aún activa.

El decreto autoriza a ingresar al país a aquellas personas que tengan fines laborales, económicos, empresariales o judiciales y que hayan hecho las debidas gestiones ante la Dirección Nacional de Migración u otro ministerio y que sean consideradas «necesidades impostergables».

La «reunificación familiar» con padres, cónyuges, concubinos, hijos solteros menores o mayores en situación de discapacidad también será contemplada en este paquete de habilitaciones excepcionales.

Asimismo permite el ingreso de extranjeros con estatus de residencia legal en el Uruguay, tripulaciones de aeronaves y prácticos de buques, choferes de transporte internacional de bienes, mercaderías, correspondencia, insumo o ayuda humanitaria y sanitaria; diplomáticos acreditados; extranjeros que se beneficien del corredor humano o sanitario para el embarque o desembarque de cruceros, casos de protección internacional (ley de refugiados 2006).

En el caso de personas con nacionalidad o residencia brasileña que comprueben su situación de «fronterizos» e ingresen por la frontera entre ambos países, deberán obligatoriamente permanecer en la ciudad fronteriza.

LR21


VOLVER
Más notas sobre el tema