Bolivia | El Congreso sanciona la ley de impuesto a las grandes fortunas

2.394

Impuesto a las fortunas ya es ley y aguarda promulgación

Por Marco Antonio Chuquimia Huallpa

La Cámara de Diputados aprobó los tres cambios que introdujeron los senadores al proyecto de Ley de Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF) y de ese modo esta norma fue sancionada y será enviada mañana al Órgano Ejecutivo para su promulgación. Los diputados del MAS esperan que sea publicada de inmediato porque se aplicará desde esta gestión.

“Hemos aprobado el impuesto a las grandes fortunas, que va a ser cobrado a las personas cuyo patrimonio sea igual o superior a los 30 millones de bolivianos como se había anunciado, también se considera un descuento de 5%, está pasando al Ejecutivo para su promulgación”, dijo el presidente de la comisión de Planificación Económica de la Cámara de Diputados, Omar Yujra.

El viernes la Cámara de Senadores aprobó con modificaciones el texto del proyecto de Ley IGF y devolvió el texto a Diputados, este martes, los diputados solo debían aprobar o rechazar esas reformas, sin considerar el texto. La bancada mayoritaria decidió por la aprobación y sancionó la norma.

El diputado Yujra dijo que esta nueva Ley debe ser promulgada antes de fin de año porque el cobro está dispuesto a partir de esta gestión, sin embargo, el Ejecutivo debe elaborar un reglamento que detalle su aplicación.

Ahora, el IGF será permanente y ya no por dos años (2020 y 2021) como estaba planteado originalmente. “El Impuesto a las Grandes Fortunas – IGF, se aplicará a partir del año 2020”, señala el texto. Los opositores habían solicitado que ese impuesto se pague de manera temporal tal como mandaron el proyecto de Diputados.

La segunda reforma fue introducir un nuevo texto, el artículo 10 que se refiere a que se tomará a cuenta de pago de este impuesto, “el importe pagado por el impuesto aplicable a la propiedad de bienes inmuebles y muebles sujetos a registro”, también se tomará en cuenta “el importe pagado por el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas aplicable al ejercicio de profesiones libres y oficios en forma independiente”.

El tercer cambio fue en el segundo parágrafo del artículo 11, los senadores facultaron al Órgano Ejecutivo a establecer, mediante reglamento, el pago anticipado del impuesto con descuentos de hasta el 15% para los que paguen ese gravamen.

La bancada opositora ya adelantó que presentará ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), una acción de inconstitucionalidad porque en su criterio es un acto discriminatorio condenar a las personas que lograron acumular su patrimonio.

El Deber


VOLVER

Más notas sobre el tema