Argentina | Senadores piden investigar crédito del FMI otorgado durante el gobierno de Mauricio Macri

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Senadores piden investigar crédito del FMI otorgado durante el gobierno de Macri

El bloque de senadores del Frente de Todos reclamó que se investigue «concienzudamente» el préstamo de 50.000 millones de dólares que el Fondo Monetario Internacional (FMI) otorgó a la Argentina durante 2018, en el penúltimo año del gobierno de Mauricio Macri.

El pedido fue elevado formalmente al director de la Oficina de Evaluación Independiente del FMI y lleva las firmas de todos los integrantes de la bancada que encabeza el formoseño José Mayans.

Los legisladores insistieron «en la necesidad de que se investigue, concienzudamente, el proceso de aprobación y desembolso» del crédito de 2018.

«En junio de 2018, el acuerdo inicial alcanzó los 50.000 millones de dólares, suma que fue ampliada, en 7.100 millones de dólares más, en octubre de ese mismo año», destacaron los legisladores.

Los senadores del oficialismo aseguraron que comparten «plenamente» con la Oficina de Evaluación «la necesidad de realizar una investigación exhaustiva, precisa y detallada sobre los motivos y causas por las cuales el Directorio del Fondo, basado en los informes técnicos preparados por el staff de ese organismo, otorgó a nuestro país un préstamo de magnitud desproporcionada en relación a las reales posibilidades financieras de repago».

Los representantes del FdT afirmaron que el Fondo entregó el crédito «sin cumplir con los requisitos mínimos de legalidad exigidos por las normas vigentes en nuestro país y vulnerando el Artículo 6° del Estatuto del FMI».

Los legisladores aseveraron que el desembolso de 2018 «fue el préstamo más grande otorgado por el FMI en toda su historia, con lo cual es dable suponer que se deberían haber tomado los mayores recaudos posibles».

Además, puntualizaron los asuntos que la Oficina de Investigación debería investigar, como las «estimaciones para el diseño del Programa y evaluaciones de sostenibilidad de la deuda», el «cumplimiento de los criterios establecidos por el FMI para que el país haya obtenido el Acceso Extraordinario», la «vulneración del Artículo 6° del Estatuto del FMI» ante una posible «fuga de capitales».

Los senadores también piden esclarecer los «aspectos jurídicos incumplidos en la Argentina» y califican al préstamo como «político».

«Es importante destacar que, pocos meses después del primer acuerdo, el FMI redoblaba su apuesta y aumentaba el financiamiento a la Argentina y lo continuaba durante 2019, a pesar de la evidencia del fracaso del salvataje otorgado durante el año 2018 al gobierno de Macri, visualizado en la desastrosa evolución de los datos macroeconómicos que el FMI conocía a la perfección», enfatizaron.

El oficialismo consideró que «las consecuencias de ese endeudamiento continúan aún hoy y, seguramente, por muchos años más, impedirán el pleno desarrollo del pueblo argentino».

«Es decir, la intervención del FMI no sirvió para resolver los problemas de balanza de pagos y agravó todos los demás rubros de la economía argentina. A pesar del fracaso de esa intervención, una muestra más de la larga historia de fracasos del FMI en Argentina, hoy nuestro país es deudor de ese organismo por la suma de 44.500 millones de dólares y, al considerar los vencimientos pautados originalmente, surge claramente la imposibilidad de su pago», finalizó la misiva de quince páginas.

Télam


Carta a la oficina de evaluación independiente del FMI

De nuestra mayor consideración:

Nos dirigimos a Ud. en nuestro carácter de Senadores de la República Argentina del Frente de Todos, con la finalidad de hacerle llegar a Ud. y por su intermedio a los técnicos y funcionarios que lo acompañan en su gestión, nuestras inquietudes, sugerencias y propuestas de investigación, sobre el proceso de otorgamiento del préstamo stand by (SBA) que, en el año 2018, el Fondo Monetario Internacional (FMI) otorgó al gobierno de nuestro país de ese entonces.

Según señala el Informe del 19 de enero ppdo. “Possible topics for future IEO evaluations”[1], entre los posibles temas a evaluar por esa Oficina durante los años 2021/2022,  se encuentra, según lo mencionado en el punto 3, la política de acceso excepcional (PAE) del FMI. Y se menciona específicamente al SBA de 2018 con la Argentina.

Se detalla que los temas a considerar, al evaluar los préstamos otorgados con la modalidad de Acceso Excepcional, serían:

  1. El diseño del programa en el contexto de grandes necesidades de financiamiento externo;
  2. El cumplimiento de los criterios de otorgamiento de préstamos con acceso excepcional (incluidas las evaluaciones de la sostenibilidad de la deuda y las perspectivas de éxito del programa);
  3. La pertinencia de la gestión y los procedimientos de toma de decisiones en cuanto a si los mismos se realizaron con suficiente rigor e imparcialidad;
  4. La idoneidad de la consulta temprana a la Junta; y
  5. La aplicación de evaluaciones internas ex post.

Más adelante, en el mismo punto 3, se establece que también se evaluaría el cumplimiento de los objetivos del financiamiento otorgado y menciona que parecería  adecuado realizar una evaluación a gran escala,  pero que alternativamente, se podría realizar un evaluación más corta, “centrada en un caso particularmente difícil: Argentina”[2].

Compartimos plenamente con esa Oficina la necesidad de realizar una investigación exhaustiva, precisa y detallada sobre los motivos y causas por las cuales el Directorio del Fondo, basado en los informes técnicos preparados por el staff de ese organismo, otorgó a nuestro país un préstamo de magnitud desproporcionada en relación a las reales  posibilidades financieras de repago, sin cumplir con los requisitos mínimos de legalidad exigidos por las normas vigentes en nuestro país y vulnerando el Art. 6° del Estatuto del FMI.

Máxime, teniendo en cuenta que, el SBA de 2018, fue el préstamo más grande  otorgado por el FMI en toda su historia[3], con lo cual es dable suponer que se deberían haber tomado los mayores  recaudos posibles.

Por ello, es que queremos hacerle llegar a Ud. nuestra posición e informar los que, según nuestro criterio, deberían ser los puntos básicos a investigar:

  1. Estimaciones para el diseño del Programa y evaluaciones de sostenibilidad de la deuda.
  2. Cumplimiento de los criterios establecidos por el FMI para que el país haya obtenido el Acceso Extraordinario (PAE)
  3. Vulneración del Art 6° del Estatuto del FMI. Fuga de capitales
  4. Aspectos jurídicos incumplidos en Argentina
  5. Transparencia y Corrupción. Préstamo político. Evaluaciones internas

 

  1. Estimaciones para el diseño del Programa y evaluaciones de sostenibilidad de la deuda.

En junio de 2018 el acuerdo inicial del SBA alcanzó los 50.000 millones de dólares, suma que fue ampliada, en 7.100 millones de dólares más, en octubre de ese mismo año.

Es importante destacar que, como se señala en el párrafo precedente,  pocos meses después del primer acuerdo, el Fondo redoblaba su apuesta y aumentaba el financiamiento a la Argentina y lo continuaba durante 2019, a pesar de la evidencia del fracaso del salvataje otorgado durante el año 2018 al gobierno de Macri, visualizado en la desastrosa evolución de los  datos macroeconómicos que el FMI conocía a la perfección, puesto que en el  Memorándum de Políticas Económicas y Financieras (MPEF)[4] y en el Memorándum de Entendimiento Técnico (MET) suscripto por el ex Ministro de Economía Nicolás Dujovne, se establecía que el BCRA y el Ministerio de Economía debían informar periódicamente, al Fondo, la evolución de prácticamente todas las  variables significativas (tasa de interés, reservas internacionales, recaudación, precios, gasto público, entre otros), algunas, inclusive, con frecuencia diaria.

También conocía el Fondo. el tremendo impacto social negativo que se estaba produciendo en el país con el incremento de la pobreza, la indigencia, el desempleo, el cierre sistemático de fuentes de producción, la reducción del Consumo, la Inversión y el comercio exterior y el aumento incesante de los precios.

Todo ello no  importó, ni fue tenido en cuenta por  ese organismo internacional a la hora de decidir la continuidad de financiamiento a un gobierno que, a pesar de todo ese apoyo, perdió las elecciones. Pero las consecuencias de ese endeudamiento continúan aún hoy y, seguramente, por muchos años más, impedirán el pleno desarrollo del pueblo argentino.

Es decir, la intervención del FMI no sirvió para resolver los problemas de balanza de pagos y agravó todos los demás rubros de la economía argentina.

A pesar del fracaso de esa intervención, una muestra más de la larga historia de fracasos del FMI en Argentina, hoy nuestro país es deudor de ese organismo por la suma de 44.500 millones de dólares y, al considerar los vencimientos pautados originalmente,  surge claramente la imposibilidad de su pago.

A continuación, se presentan los vencimientos de pagos al FMI tal como se encuentran establecidos actualmente:

Vencimientos con el FMI, en millones de dólares

Año Capital Intereses Total
2021 3.375,0 1.337,0 4.712,0
2022 17.658,0 1.243,0 18.901,0
2023 18.727,0 418,0 19.145,0
2024 4.804,0 21,0 4.825,0
TOTALES 44.564,0 3.019,0 47.583,0

Fuente: “Deuda de la Administración Central. Secretaría de Finanzas. Ministerio de Economía y estimaciones propias.

Como podrá interpretar, Señor Director, resulta a todas luces imposible de comprender,  cuáles fueron los datos, las estimaciones macroeconómicas y/o las proyecciones que realizaron los técnicos y funcionarios del Fondo y de Argentina de aquel entonces, para considerar  que se podría llegar a conseguir esas sumas ingentes de dólares para hacer frente a este perfil de vencimientos, especialmente los correspondientes a los años 2022 y 2023.

Máxime, teniendo en cuenta, que los mercados financieros internacionales de capitales estaban cerrados para nuestro país desde principios de 2018, ya que, los propios analistas macroeconómicos de los acreedores privados, consideraron en ese entonces, que los resultados económicos de la Argentina no era propicios para brindar nuevo endeudamiento.

Es lógico pensar que los técnicos y funcionarios del FMI, al saber que el país no tenía acceso a los mercados financieros internacionales, consideraran que, esos dólares necesarios  para pagar los vencimientos y darle sostenibilidad a los vencimientos de la deuda, solo podrían provenir del saldo del balance comercial argentino.

Con lo cual, seguramente, dado sus conocimientos y especializaciones,  deben haber tomado en cuenta, al menos, las dos variables claves para proyectar la capacidad de repago del país: el saldo de la cuenta corriente de la balanza de pagos y la evolución de las reservas internacionales del BCRA. Tal como lo indican los manuales básicos de la ciencia económica.

El primer indicador caía en picada desde 2016, llegando a 2018, año en que se suscribió el SBA a -5,3 % del PBI (uno de los peores valores desde 1985), y las reservas venían disminuyendo diariamente producto de la fuga de capitales, que la entrada de fondos del FMI ayudó a consolidar.

¿Estimaban que el saldo positivo de la balanza comercial en pocos años iba a ser de casi 20.000 millones de dólares y con eso se podría pagar al FMI los vencimientos de capital de los años 2022 y 2023? Téngase en cuenta que,  estos saldos, fueron negativos en 2017 y 2018 por  8.293 millones de dólares y 3.701 millones de dólares respectivamente.

¿De qué manera pensaban que subirían las exportaciones? ¿En qué rubros? Debe señalarse que las exportaciones argentinas no tuvieron un desempeño significativo durante esos años y si, en 2019, se obtuvo un mejor superávit comercial fue debido a la implementación del llamado “cepo” y a la caída de las importaciones, producto de la recesión a la que nos llevó la política económica aplicada por el gobierno de  ese entonces, con el apoyo pleno del FMI.

Por lo tanto, no existía ningún indicador que, responsablemente, se pudiera considerar como positivo para proyectar un crecimiento de tal magnitud de las exportaciones.

Entonces, es muy probable que, como lo señala la carta que enviáramos  a la Directora Gerente del FMI, Kristalina Georgieva[5], – carta que, dicho sea de paso, no sólo nunca fue contestada sino que ni siquiera nos han respondido el acuse de recibo pertinente-, en su punto 8 y subsiguientes,  pueden haber primado, en el otorgamiento del préstamo y en la continuidad de los desembolsos a pesar del incumplimiento del Art 6° del Estatuto del Fondo, “consideraciones de tipo político y no aspectos técnicos o institucionales”. Este aspecto será considerado especialmente en un acápite del presente escrito.

¿Será por eso que no se pidió al BCRA la elaboración del Informe que marca la Ley N° 24156 de Administración Financiera? Esta Ley en su  artículo 61 establece que  “en los casos que las operaciones de crédito público originen la constitución de deuda pública externa, antes de formalizarse el acto respectivo cualquiera sea el ente del sector público emisor o contratante, deberá emitir opinión el Banco Central de la República Argentina sobre el impacto de la operación en la balanza de pagos…”.

Como no escapará a su elevado criterio profesional, el motivo de esta exigencia legal obedece a que la capacidad de pago del país está completamente vinculada al resultado, presente y proyectado, de los distintos rubros que conforman la cuenta corriente y de capital.

Por ello, es dable preguntarse y que esa Oficina  verifique,  haciendo la revisión correspondiente de las estimaciones e informes del staff y de las misiones que visitaron nuestro país desde ese entonces, cuáles fueron las estimaciones macroeconómicas que hicieron suponer que se podrían obtener  las divisas para cumplir con estos flujos de pagos. De qué manera evaluaron la información económica de Argentina para considerar la sostenibilidad de la deuda.

Máxime teniendo en cuenta que, a estos pagos, deben adicionarse los recursos en moneda extranjera que debe atender la economía argentina para su funcionamiento: pagos financieros al exterior por deudas del sector privado y de las provincias, remisión de utilidades de las compañías extranjeras, abastecimiento al mercado minorista de cambios, pago de los créditos a otros organismos internacionales (Club de París, Banco Mundial, BID, CAF), incremento de las importaciones por mayor crecimiento, entre otros. Todos estos últimos estimados en unos 10.000 millones de dólares anuales como mínimo.

A pesar de toda evidencia empírica y que el propio Fondo había suspendido los desembolsos en 2019, recién el 20 de febrero del 2020, el FMI  llegó a la conclusión que la deuda externa argentina no es sostenible. Lo hizo en un comunicado emitido  a posteriori de la misión técnica que visitó nuestro país liderada por Julie Kozack, Subdirectora del Departamento del Hemisferio Occidental y Luis Cubeddu, Jefe de Misión para Argentina.

Hasta entonces, los informes del FMI, muchos de ellos posteriores a las misiones técnicas que visitaban nuestro país,  consideraban que la economía argentina iba logrando resultados positivos.

Así, por ejemplo,  lo expresaba el Comunicado de Prensa N° 18/485 del propio organismo[6]  del 19 de diciembre de 2018:

“El Directorio Ejecutivo del Fondo Monetario Internacional (FMI) concluyó el día de hoy la segunda revisión de la evolución económica de Argentina…. La conclusión de la revisión permite a las autoridades girar el equivalente a DEG 5.500 millones….”

“Tras el debate del Directorio Ejecutivo sobre el plan económico de Argentina, el Primer Subdirector Gerente del FMI, David Lipton, declaró: Hay primeros indicios que el programa de reforma económica rediseñado de las autoridades argentinas, incluyendo el nuevo marco de política monetaria, está dando resultados. El peso se ha estabilizado y, a pesar de que continúa siendo elevada, la inflación ha empezado a bajar, a medida que se desvanecen los efectos de la depreciación del peso. Con todo, la economía argentina aún se está contrayendo y continúa siendo vulnerable a los giros de la actitud de los mercados. Se prevé que la actividad económica comenzará a recuperarse en el segundo trimestre de 2019”.

Resultan muy extrañas y ajenas a todo profesionalismo y aplicación de los principios básicos de la ciencia económica, estos dichos del tan calificado funcionario del Fondo, sobre todo porque seguramente estaban basados en las no menos calificadas opiniones técnicas del staff. Los desastrosos datos objetivos que tuvo  la economía argentina en 2018 y 2019, tan desfavorables en todos sus aspectos, nos exime de mayores comentarios.

Tan sólo 9 meses después, la realidad dio por tierra, como era de esperar,  todos esos pronósticos de recuperación, por lo cual el Fondo debió suspender los desembolsos al país, en setiembre de 2019, cuando ya Mauricio Macri había perdido las primarias (PASO) el mes anterior.

  1. (In) Cumplimiento de los criterios establecidos por el FMI para que el país haya obtenido el Acceso Extraordinario (PAE)

El Fondo, convencionalmente y según sus propias normas, presta a los países en los SBA el 435% de su cuota, con desembolsos que no pueden superar el 145% anualmente. En los números de Argentina, con una cuota de aproximadamente de 5.000 millones de dólares (equivalente a los Derechos Especiales de Giro –DEG-), hubiera correspondido, en el año 2018, un monto de SBA máximo cercano a los 22.000 millones de dólares, con desembolsos anuales que no deberían haber superado los 7.300 millones de dólares. Niveles muchos más reducidos que los que el Fondo aprobó y desembolsó para la Argentina.

Sin embargo, de acuerdo a lo que se conoce como “acceso excepcional”, que le permite al FMI prestar sin límite de cuota, el Directorio de ese organismo aprobó esas sumas desproporcionadas para la capacidad de pago de Argentina, en base a los informes del Staff, que daban cuenta que nuestro país podría cumplir con los cuatro criterios que el Fondo exige para acceder a superar las proporcionalidades convencionales.

Estos criterios son: I) que el país que solicita la excepción tenga problemas graves de balanza de pagos, lo cual en el caso argentino era incuestionable; II) que el análisis de deuda indique que hay alta probabilidad de que sea sostenible en el mediano plazo, situación que era claramente la inversa ya que el país no contaba con posibilidad alguna de sostenibilidad de su deuda; III) que el país tenga acceso al mercado de capitales que le permita devolver las obligaciones con el Fondo, otro criterio que tampoco tenía ninguna viabilidad de cumplirse ya que los mercados de capitales estaban cerrados para Argentina desde febrero de ese año 2018 y, IV) que el programa con el Fondo tenga probabilidades de éxito, análisis prospectivo que tuvo que estar muy forzado para otorgar el acuerdo, puesto que ninguna de las variables que implican resultados de éxito evolucionaron positivamente durante el plazo de aplicación del mismo.

Es decir, que tres de los cuatro criterios que se analizan para brindar el “acceso excepcional”  no se cumplían, en el caso argentino, a la hora de la aprobación del SBA, con lo cual se vuelve a reforzar la hipótesis de que pudo haber presiones de tipo político para provocar la aprobación del mismo.

Entendemos por ello, que este aspecto es otro de los que debe ser exhaustivamente investigado.

  1. Vulneración del Art 6° del Estatuto del FMI. Fuga de capitales

El Artículo VI del Estatuto del FMI[7] señala, que: “Salvo en el caso previsto en la Sección 2 de este Artículo, ningún país miembro podrá utilizar los recursos generales del Fondo para hacer frente a una salida considerable o continua de capital, y el Fondo podrá pedir al país miembro que adopte medidas de control para evitar que los recursos generales del Fondo se destinen a tal fin”[8]Si después de haber sido requerido a ese efecto el país miembro no aplicara las medidas de control pertinentes, el Fondo podrá declararlo inhabilitado para utilizar los recursos generales del Fondo”.

Según la información que se conoció inmediatamente después de los primeros desembolsos efectuados, esos fondos, en lugar de engrosar las reservas internacionales del BCRA, se dirigieron a financiar la fuga de capitales mediante el aumento en la formación de activos externos. Recientemente el BCRA ha publicado el informe de deuda, donde da clara cuenta de esta situación cuando afirma: “Entre mayo de 2018 y hasta que fueron establecidos los controles cambiarios más estrictos en octubre 2019, del total pautado con el FMI llegaron a desembolsarse cerca de USD 44,5 mil millones. Estos fondos junto a las reservas internacionales, abastecieron una fuga de capitales del sector privado, que alcanzó los USD 45,1 mil millones….”

Para mayor precisión, desagregando la información y haciendo un ejercicio de trazabilidad, detallamos a Ud. que los desembolsos del FMI durante 2018 totalizaron la suma de 28.259,02 millones de dólares, que fueron efectivizados en junio, octubre y diciembre, por las sumas de 14.972,80 millones de dólares, 5.662,82 millones de dólares y 7.619,40 millones de dólares, respectivamente. Ese año la salida de capitales, según El Informe de Balance Cambiario del BCRA, totalizó los 27.230 millones de dólares, casualmente un importe casi igual al provisto por el Fondo.

A pesar de esta más que evidente situación, relevada por las misiones de funcionarios que visitaban asiduamente el país y con informes y estadísticas que se enviaban diariamente al staff de ese organismo, y que indicaban a las claras que se estaban utilizando los recursos  generales del Fondo para hacer frente a una salida considerable o continua de capitales, su Directorio Ejecutivo, decidió continuar con el SBA, en lugar de tomar las medidas de inhabilitación previstas en el Art. 6° del Estatuto.

En 2019 ocurrió algo similar hasta que el FMI suspendió los desembolsos. Ingresaron en abril de ese año, 10.835,51 millones de dólares y 5.385,85 millones de dólares en julio, totalizando 16.221,37  millones de dólares, que sirvieron para continuar financiando la salida de capitales que ese año alcanzó los 26.870 millones de dólares.

Y el Fondo siguió desembolsando sin problemas hasta fines de setiembre de 2019, sin tomar ningún tipo de recaudo y sin resultado positivo alguno.

Por todo ello, reclamamos a esa Oficina la realización de una investigación exhaustiva que pueda determinar si hubo medidas de control que el Fondo podría haber tomado y si se las  solicitó a la Argentina, en ese contexto.

Dado que, según los elementos de juicio que consideramos, no estaban dadas las condiciones para continuar con los desembolsos, habida cuenta del incumplimiento del Artículo VI, nos permitimos suponer que si los mismos igual se efectivizaron se debió, principalmente, a consideraciones de tipo político y no a aspectos técnicos o institucionales.

  1. Aspectos jurídicos incumplidos en Argentina

Otro aspecto que debe ser conocido por esa Oficina,  es la forma en que se gestionó y efectivizó este SBA. Hoy la justicia argentina está investigando si se hizo al margen de lo que prescriben las normas vigentes y en caso de que correspondiese, determinar la responsabilidad civil y penal que les pudiera caber a los funcionarios públicos responsables de la gestión anterior.

En efecto, como ya se señaló, y también fue expresado en nuestra carta a la Directora Ejecutiva del FMI, no se cumplió con el Art. 61 de la Ley de Administración Financiera de la Argentina (Ley N° 24.156). La prescripción de este artículo que determina que se debe pedir una opinión al BCRA respecto a la sostenibilidad de la deuda que se contrae, obedece a que la capacidad de pago del país está completamente vinculada al resultado, presente y proyectado, de los distintos rubros que conforman la cuenta corriente y de capital.

Ya, al cuarto trimestre de 2017, la cuenta corriente arrojó un déficit de 8.738 millones de dólares, como resultado de la apertura indiscriminada de importaciones y la derogación, para los exportadores, de la obligación de liquidar las divisas en la plaza Buenos Aires, hecho que, sumado al levantamiento de las regulaciones prudenciales al movimiento internacional de capitales, anticipaba lo que sería una pérdida de solvencia continua, a partir de esos años, en las cuentas externas del país.

El gobierno de aquel entonces tampoco cumplió con los requisitos elementales para celebrar válidamente un acto administrativo, toda vez que se desconoce la confección de expedientes y documentos de respaldo previo a la firma de los acuerdos.

Todo ello se tramita ante la justicia argentina en la causa “CODIANNI, EDUARDO JULIO c/ EN s/ AMPARO LEY 16.986” (Expte. N° 7651/2019) que hoy se encuentra en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Existe, asimismo, otra causa judicial que se tramita ante el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 9, a cargo del Doctor Pablo Cayssials, que solicita la nulidad de todo lo actuado -incluyendo las Cartas de Intención y los memorándums de entendimiento-, puesto que los demandantes consideran que no se cumplimentaron los Procedimientos Administrativos del Estado ni de la de Administración Financiera, como se señaló previamente.

No se conocen informes ni opiniones técnicas de factibilidad, un informe económico que necesariamente tendría que haber hecho el Ministerio de Hacienda; ni el informe jurídico previo a la suscripción del SBA. Tampoco hay decreto presidencial sobre el préstamo, y ni siquiera se ha encontrado el informe del Banco Central de evaluación financiera que obliga la ley a hacer, para ver cómo afectaba este acuerdo a la balanza de pagos del país.

Es decir, al momento de suscribir los documentos con el FMI no había siquiera un expediente iniciado en ninguna de las áreas de la Administración Publica Nacional involucradas.

No se han conocido actos administrativos del Poder Ejecutivo, del Banco Central ni del Ministerio de Hacienda que ordenen tomar el crédito del Fondo. Ni hay dictámenes previos a la toma de deuda con el FMI, ni jurídicos ni del BCRA. Tampoco existe información alguna sobre la existencia de cláusulas de prórroga de jurisdicción para el caso de que hubiera un distracto (extinción de obligaciones) entre la Argentina y el FMI. Finalmente, en los expedientes entregados por el Ministerio de Hacienda, no hay acuerdo alguno firmado entre las partes, así como tampoco acto aprobatorio.

Es decir que la Argentina suscribió  el préstamo más grande de su historia y asumió compromisos financieros, a todas luces incumplibles según cualquier principio de sostenibilidad, sin tener un expediente abierto y sin los dictámenes e informes correspondientes, lo cual infringiría, al menos, la Constitución Nacional, el Estatuto del Fondo y las Leyes de Procedimientos Administrativos y de Administración Financiera.

  1. Transparencia y Corrupción. Préstamo político. Evaluaciones internas

Por todo lo anteriormente señalado, que, en síntesis puede expresarse como:

  • Falta de sustento para determinar la sostenibilidad de la deuda
  • Incumplimiento de los criterios de acceso extraordinario
  • Vulneración del Estatuto del Fondo
  • Inobservancia de las normas jurídicas de Argentina

Es que entendemos que, el SBA de 2018 fue un préstamo político y que, en consecuencia, debe ser exhaustivamente investigado.

Y que sólo fue acordado y desembolsado para dar satisfacción a las necesidades electorales del gobierno de Mauricio Macri, políticamente afín al ex Presidente Donald Trump. Ello, ha sido  manifestado públicamente por el actual presidente del Banco Interamericano de Desarrollo, Mauricio Claver-Cardone[9].

En función de todo ello y teniendo en cuenta las normas de transparencia y sobre buena gestión de los gobiernos y corrupción,  que deben primar en las operaciones del FMI, según lo señalan varias publicaciones[10] y que compartimos plenamente, es que deberán deslindarse las responsabilidades de los actuantes en los procedimientos que dieron lugar a este fracasado experimento, como lo fue el SBA del 2018 en Argentina.

De esta manera, resultará más claro y sencillo continuar con las negociaciones que hoy se están llevando a cabo entre el Fondo y nuestro país, destinadas a reestructurar los vencimientos que, como  ya mencionamos, resultan de imposible pago.

Con la intervención de esa Oficina, realizando las evaluaciones internas que correspondan, volviendo a analizar muchos de los dictámenes del staff y las consideraciones realizadas por los Directores, muchos de los cuales, según informaciones periodísticas, no estaban de acuerdo en aprobar el préstamo SBA, se podrá echar luz y brindar trasparencia sobre las verdaderas causas por las cuales se otorgó y desembolsó el mismo, que hoy resultan opacas y oscuras.

Para finalizar, solo nos resta  señalar que al final del punto 3, del documento mencionado al principio de esta Carta, “Possible topics for future IEO evaluations”, se señala, en su acápite “Formato”, la importancia que tienen estas evaluaciones para brindar una rica base para el proceso de aprendizaje institucional del Fondo.

Sabemos también que entre los objetivos de la OEI figuran “desarrollar evaluaciones objetivas e independientes sobre determinados temas en base a un criterio de relevancia según el mandato del Fondo”, y en teoría debería servir para “fortalecer la cultura de aprendizaje del FMI y la credibilidad externa” y “para mejorar la habilidad del organismo para aprender lecciones de su propia experiencia”

Debemos recordarle, Señor Director, que el Fondo realizó las revisiones previstas en el Art IV de su Estatuto, durante 2016 y 2017 y que en el Informe Anual sobre Flujo de Capitales, la OEI había señalado sobre Argentina que “el staff del Fondo podría haber sido más enérgico en alertar sobre los riesgos involucrados en la eliminación rápida de las restricciones del movimiento de capitales y sobre la necesidad de fortalecer el marco macroeconómico para que sea consistente con una cuenta de capital abierta”.

También en 2004, la OIE publicó un reporte de 184 páginas sobre el caso argentino y las relaciones entre nuestro país y el FMI entre 1991 y 2001. Ya ahí se hacían críticas a la conducción del organismo y se aportaban una serie de “lecciones” y recomendaciones, que, lamentablemente, parecen no haber sido tomadas en cuenta por los funcionarios que participaron del SBA del 2018.

Es decir, que, al parecer, el proceso de aprendizaje institucional del Fondo no ha sido muy fructífero hasta el presente, porque, prácticamente, en el otorgamiento y gestión del SBA del 2018 se han repetido los mismos errores y desajustes que implicaron el fracaso de los préstamos de la década del ´90 y que fueron señalados en el Informe mencionado precedentemente. Tampoco parece que las recomendaciones que surgían del mismo hayan sido adoptadas.

De lo que sí estamos plenamente seguro, es que ese aprendizaje nos ha costado muy caro a los argentinos. Y lo hemos pagado y lo estamos pagando, no sólo con la devolución del capital, los intereses y los cargos que el Fondo le cobra al país, sino, y fundamentalmente,  con la  pérdida de calidad de vida de nuestra sociedad.

Lo hemos pagado y lo estamos pagando todavía con  la pobreza, la indigencia, la falta de oportunidades, el desempleo, el cierre de pequeñas y medianas empresas y de comercios familiares, el desajuste de todas las variables macroeconómicas.

No somos el único país, donde los pueblos pagan con su sufrimiento los desaguisados que producen en sus sociedades las políticas del FMI. Egipto, Ecuador, Grecia, entre otros, son también ejemplo de la falta de “aprendizaje institucional” del Fondo.

Quizás haya llegado la hora de replantear la validez del conjunto de normas diseñadas a partir de Bretton Woods y de seguir insistiendo con la generación de una nueva arquitectura financiera internacional.

Por todo lo mencionado, insistimos en la necesidad de que se investigue, concienzudamente,  el proceso de aprobación y desembolso del SBA 2018.

Para ello, nos comprometemos a aportar los elementos de juicios que esa Oficina estime corresponder. También ponemos en su conocimiento, que, una copia de esta Carta será enviada a Mr. Odd Perr Brekk, Jefe del Departamento de Asia del FMI, que lidera la evaluación interna ex post (conocida como EPE, según sus siglas en inglés) del referido SBA, al Sr. Ministro de Economía de la Argentina, Martín Guzmán y al Sr. Representante Argentino ante el FMI, Sergio Chodos.

Sin más, saludamos a Usted muy atentamente:

Bloque de Senadores del Frente de Todos

José M. Mayans  –  Anabel Fernández Sagasti  –  Oscar I. J. Parrilli  –  Carlos A. Caserio  –  Jorge Enrique Taiana – María de los Ángeles Sacnun  –  Maurice F. Closs  –  Claudia Ledesma  –  Adolfo Rodríguez Saá  –  Ana C. Almirón  –    Martín Doñate  –  Inés I. Blas  –  Mariano Recalde  –  María E. Catalfamo  –  Norma H. Durango  –  María E. Duré  –  Carlos M. Espínola  –  Silvina M. García Larraburu  –  Nora Del Valle Giménez  –  Nancy S. González  –  María T. M. González  –  Ana M. Ianni  –  Edgardo D. Kueider  –  Sergio N. Leavy  –  Cristina C. López Valverde  –  Daniel A. Lovera  –  Alfredo H. Luenzo  –  Dalmacio Mera  –  Roberto M. Mirabella  –  Beatriz G. Mirkin  –  Gerardo A. Montenegro  –  José E. Neder  –  Juan M. Pais  –  María Inés Pilatti Vergara – Antonio J. Rodas  –  Matías D. Rodríguez  –  Silvia Sapag  –

Guillermo E. M. Snopek  –  José Rubén Uñac

[1] https://ieo.imf.org/#

[2] El resaltado es nuestro

[3]  Sin considerar la Línea de Crédito Flexible otorgada a México, por tratarse de una línea precautoria.

[4] https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/argentina_loi_-_mefm_-_tmou_-espanol3_0.pdf

[5] Carta de los  Senadores del Frente de Todos a la Directora Gerente del FMI, Kristalina Georgieva del 16 de noviembre de 2020.

[6] https://www.imf.org/es/News/Articles/2018/12/19/pr18485-argentina-imf-executive-board-completes-second-review-under-stand-by-arrangement

[7] Art. VI. Transferencias de Capital. Sección 1: Uso de los recursos generales del Fondo para transferencias de Capital. Apéndice a)

[8] El resaltado es nuestro

[9] Teleconferencia del Consejo Chileno para las Relaciones Internacionales (CCRI) realizada el 22 de julio de 2020.

[10] https://www.imf.org/external/np/exr/ib/2001/esl/042601bs.htm; https://www.imf.org/es/About/Factsheets/Sheets/2020/04/30/how-imf-covid19-financial-help-is-used;

https://www.imf.org/es/About/Factsheets/The-IMF-and-Good-Governance;

https://www.imf.org/external/pubs/ft/issues/issues21/esl/issue21s.pdf;


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