Panamá | Los expresidentes Ricardo Martinelli y Juan Carlos Varela irán a juicio por el caso Odebrecht

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Excluidos del caso Odebrecht hacían ‘una labor completamente lícita’ en firmas de abogados, dijo la fiscal Sterling

La fiscal anticorrupción del Ministerio Público, Tania Sterling, aseguró este miércoles, 26 de mayo, que las 21 personas para las que se solicitó sobreseimiento en el caso Odebrecht, son personas que eran dignatarios de algunas firmas de abogados que hacían “una labor completamente lícita”, por lo que explicó, “no les corresponde criminalizar la carrera del derecho”.

“Constituir sociedades anónimas es un tema completamente legal en Panamá a luz de la ley de sociedad anónimas”, añadió.

Sterling también manifestó que entre las personas para las que la fiscalía pidió juicio por el caso Odebrecht, figuran dos expresidentes de la República.

La fiscal no dio nombres pero, los dos exmandatarios que fueron indagados e imputados por la supuesta comisión del delito de blanqueo de capitales, en medio de este proceso son: Ricardo Martinelli (2009-2014) y Juan Carlos Varela (2014-2019).

Sterling también dio a conocer que la vista fiscal del caso ya está en el Juzgado Tercero Liquidador. Ese documento, añadió, tiene 810 páginas, 22 anexos y un millón de fojas.

La fiscal anticorrupción comunicó además que se solicitó juicio para 14 personas que fungieron como servidores públicos, además de personas que trabajaron para mover el dinero.

Reiteró que se pidió juicio para 50 personas, entre ellas 14 mujeres, 36 hombres, y una sociedad jurídica.

La Prensa


Exministros, lobistas y políticos, a juicio por caso Odebrecht

El más emblemático caso de corrupción a nivel nacional e internacional, el pago de sobornos de la empresa Odebrecht a políticos, abogados, ejecutivos o lobistas, concluyó con la imputación y llamamiento a juicio de 50 personas por el supuesto delito contra el orden económico (blanqueo de capitales); tres por corrupción de servidores públicos y una persona jurídica, es decir, una sociedad anónima, por el supuesto delito de blanqueo de capitales.

La Estrella de Panamá tuvo acceso a una de las últimas, de las casi mil fojas que componen la vista fiscal, en la que se detallan los nombres de quienes deben comparecer ante los tribunales para rebatir la teoría del caso de la Fiscalía Especial Anticorrupción. La vista fiscal es el relato de la fiscalía que describe con detalle los hechos que motivaron a las autoridades a solicitar juicio para este grupo de personas, entre las que hay 6 extranjeros y 44 nacionales, quienes supuestamente participaron en ocultar el dinero producto de dádivas pagadas por la constructora brasileña, o en corromper a funcionarios.

A través de una narrativa, la fiscalía debe detallar su teoría del caso, que no es más que la explicación sobre los hechos delictivos que incurrió cada uno de los acusados en la trama de sobornos. Acciones concretas tales como transacciones bancarias, montos, lugar, vínculos con la constructora o terceros, y los artículos específicos del Código Penal en las que encajan estas conductas.

Imputación a S.A.

Dentro de las teorías existentes en derecho, hay una corriente que indica que las personas jurídicas, cuando son un instrumento para cometer un delito, pueden ser imputadas.

Esta situación, de llegar a una conclusión condenatoria, o simplemente al conocer la imputación, puede generar uno de los peores escenarios financieros para la empresa que podrían tensar las relaciones bancarias de esta con la banca local e internacional, tomando en cuenta que se trata de un delito perseguido por autoridades internacionales y que posteriormente podrían incluir a la empresa señalada en listas sancionatorias al presumir que utilizó el sistema financiero de Estados Unidos para blanquear dinero.

En referencia a las personas jurídicas, el artículo 51 del Código Penal panameño especifica que cuando una persona jurídica sea usada o creada para cometer delito, siempre que sea beneficiada por él, se le aplicará cualquiera de las siguientes sanciones: Cancelación o suspensión de la licencia o registro por un término no superior a cinco años; multa no inferior a 5 mil dólares, ni superior al doble de la lesión o al beneficio patrimonial; pérdida total o parcial de los beneficios fiscales o la inhabilitación para contratar con el Estado, directa o indirectamente, por un término no superior a cinco años, la cual será impuesta, junto con cualquiera de las anteriores. Aunado a esto, contempla la disolución de la sociedad.

En este sentido, la vista fiscal debe especificar y relatar la relación de los supuestos depósitos o transacciones bancarias realizadas que prueben el delito, y la relación de los hechos que motivaron a la fiscalía a imputarla.

Durante 15 años los tentáculos de las coimas de la empresa brasileña Odebrecht, S.A. distribuyeron $788 millones en coimas a ejecutivos, funcionarios de alto rango y partidos políticos de más de 12 países, para lograr un beneficio o ganancia superior a los $3 mil millones.

La investigación en Panamá inició en la fiscalía Especial Anticorrupción de descarga el 22 de diciembre de 2016 luego de la asistencia internacional librada por Suiza y después remitida a Panamá por supuestas conductas delictivas en el periodo de 2009 a 2014. Un día después, se hace constar en las primeras hojas del expediente, la información recibida del Departamento de Justicia del Distrito de Nueva York, Estados Unidos, en la cual se describió el acuerdo de colaboración eficaz efectuado por exejecutivos de la constructora, la justicia del país del norte, Brasil y Suiza.

En dicho acuerdo, que mantuvo en reserva el nombre del exejecutivo de Odebrecht, se plasmó ante los fiscales del distrito de Nueva York la confesión que detalló la distribución de $59 millones para obtener beneficios por $175 millones sobre los proyectos ejecutados.

En el acuerdo suscrito entre las partes se describe que “durante 2009-2012, Odebrecht acordó pagar $6 millones a dos cercanos parientes de un funcionario de alto perfil vinculado a los proyectos de infraestructura, con el consentimiento de que a cambio de los pagos, el gobierno le aseguraría a la empresa la participación y el pago en los contratos relacionados con infraestructura gubernamental.

Para pagar las coimas, Odebrecht utilizó la División de Operaciones Estructuradas para hacer las transferencias a las empresas offshore que designaron los oficiales panameños y sus intermediarios”.

Para concebir el esquema criminal de sobornos, Odebrecht y sus conspiradores crearon, fundaron y elaboraron una estructura financiera secreta que operaba para desembolsar pagos a los políticos y funcionarios. Con el tiempo, el desenvolvimiento y la operación de esta estructura financiera secreta, creada en 2006, se convirtió en la División de Operaciones Estructuradas de la empresa.

La división funcionaba como un departamento dedicado a los sobornos de la constructora y las instituciones con las que se relacionaba.

La Estrella de Panamá


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