La UNA celebra que el cupo laboral travesti-trans es ley en Argentina

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Se aprobó por una amplia mayoría de votos la «Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero ‘Diana Sacayán – Lohana Berkins’ en la Cámara de Senadores. La norma representa una demanda histórica y urgente por parte de los activismos, movimientos sociales y organizaciones de la comunidad travesti-trans en pos de reducir la brecha de desigualdad social y generar una mayor ampliación de acceso a derechos.
La Ley lleva el nombre de dos activistas travestis de gran trayectoria en materia de lucha por la erradicación del estigma, la discriminación y las violencias cometidas hacia la población travesti-trans en nuestro país, quienes militaban públicamente la importancia de generar un cupo laboral que represente el reconocimiento y reparación histórica hacia esta comunidad por parte del Estado, teniendo en cuenta las situaciones de precariedad en ámbitos familiares, de salud, de accesibilidad y terminalidad educativa, así como también episodios de violencia institucional tales como travesticidios y transfeminicidios.

Entre sus puntos principales, la Ley estipula que el Estado nacional deberá garantizar un mínimo del 1 por ciento de su planta laboral para personas travestis, transexuales y transgénero. Además, tendrá que cumplir obligaciones vinculadas a la «no discriminación» en el acceso a los puestos de trabajo, sumado a incentivos económicos para fomentar las contrataciones en el sector privado. No será necesario documentar cambio registral en el DNI.

Según el libro “La revolución de las mariposas”, sólo el 9% de las mujeres trans y travestis está inserta en el mercado formal de trabajo; el 15% manifestó realizar tareas informales de carácter precario y, por último, el 3.6% comentó vivir en base a beneficios provenientes de diversas políticas públicas. Para más del 70% restante, la prostitución sigue siendo la principal fuente de ingresos. Además, el nivel educativo es una variable de suma importancia al momento de comprender sus trayectorias laborales informales, debido a que sólo el 6.9% de quienes tienen secundario incompleto o menos posee un trabajo formal; mientras que esta cifra asciende al 19.1% en el caso de quienes poseen secundario completo y más. Por este motivo, es relevante mencionar que la Ley prevé la no exigencia de terminalidad educativa para acceder a puestos de trabajo, sino un compromiso a futuro de lograr culminar los estudios.

La Secretaría de Igualdad, Derechos y Diversidad de la UNA apoya y celebra la reciente sanción de la Ley de Cupo Laboral Travesti-Trans, considerando que esta medida contribuye a la creación de sociedades más justas, igualitarias y equitativas.

Fuente-Universidad Nacional de las Artes


 

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