México | EEUU ofrece a la Fiscalía un software para evitar espionaje ilegal

1.111

Seguridad Interior ofrece a FGR software para evitar espionaje ilegal y duplicidades

Por Gustavo Castillo y Eduardo Murillo

El gobierno de Estados Unidos, a través de la Oficina de Seguridad Interior (Homeland Security), ofrece a la Fiscalía General de la República (FGR) un software para realizar actividades de intervención telefónica y seguimiento, el cual, una vez autorizadas judicialmente, sólo permitiría llevar a cabo estas acciones al Ministerio Público Federal y se detectaría y bloquearía cualquier intento de penetración ilícita.

Funcionarios del gabinete de seguridad revelaron que con esta tecnología se pondría fin a la intervención ilegal o múltiple en investigaciones que se hacen contra grupos o personas implicadas en ilícitos.

La información recabada refiere que la tecnología ofrecida a las autoridades ministeriales estaría enfocada en la captación de información relacionada con grupos delictivos, pero también permitirá a la FGR ser la autoridad encargada de realizar toda clase de intervenciones que se procesen de manera legal, con base en autorizaciones judiciales.

Con ello, explicaron los funcionarios consultados, se pondría fin a la contratación de múltiples sistemas informáticos, como el malware Pegasus, con el cual se realizaron intervenciones y seguimientos legales e ilegales a funcionarios, periodistas y activistas de derechos humanos, desde diversas instituciones, durante el gobierno de Peña Nieto.

Expusieron que la tecnología ofrecida por los representantes estadunidenses se enmarca en las posibilidades de cooperación bilateral que mantienen México y Estados Unidos, como parte de los acuerdos que datan de la llamada Iniciativa Mérida, la cual se encuentra detenida, ya que las autoridades mexicanas solicitaron que se adecuen los programas de cooperación y que sus recursos se utilicen para programas sociales, y no solamente en la dotación de equipo y armamento.

La tecnología, de la cual no se dio a conocer su nombre o denominación, la usaría sólo la FGR, y una vez que un número telefónico sea intervenido, ninguna otra institución u organización privada podrá realizar intervenciones legales o ilegales, ya que el mecanismo impide y detecta cualquier otro intento de penetración en las comunicaciones.

El problema de estos equipos, señalaron, es que la información que se obtenga de grupos delictivos de interés bilateral deberá ser compartida y por ello no se ha dado autorización para que esto se lleve a cabo.

La Jornada


Abre FGR un centenar de indagatorias por espionaje

Por Iván Rodríguez

La Fiscalía General de la República (FGR) ha abierto más de un centenar de indagatorias por intervención ilegal de comunicaciones (espionaje) entre el 2014 y febrero pasado, así lo detalló su Unidad de Transparencia y Apertura Gubernamental como respuesta a una solicitud de información de un peticionario.

El número de carpetas de investigación y averiguaciones previas desde el 2014 y hasta el primer bimestre de este año suman 122. De esta cifra, 14 son averiguaciones previas del anterior modelo de justicia, mientras que 108 son carpetas de investigación del actual sistema penal.

Las indagatorias, refiere la FGR, son por delitos previstos en el artículo 177 y 211 Bis del Código Penal Federal. El primero detalla que a “quien intervenga comunicaciones privadas sin mandato de autoridad judicial competente, se le aplicarán sanciones de seis a 12 años de prisión y de 300 a 600 días multa”.

Mientras que el 221 Bis establece que a quien revele, divulgue o utilice indebidamente o en perjuicio de otro, información o imágenes obtenidas en una intervención de comunicación privada, se le aplicarán sanciones de seis a doce años de prisión y de 300 a 600 días multa.

“En algunos supuestos sí puede tener una penalidad agravada por la calidad del sujeto activo, es decir por quién cometa el delito”, aseveró José Fernández de Cevallos, investigador del Instituto Nacional de Ciencias Penales (Inacipe).

El experto también detalló que coloquialmente se le llama espionaje a este delito, pero jurídicamente tiene otro nombre.

“El espionaje en México es un delito en contra de la seguridad de la nación que sólo puede ser para casos que se apoya a un gobierno extranjero o se pretenda una invasión, pero el espionaje político jurídicamente no existe, lo que sí hay son estos dos tipos penales”, mencionó.

Cabe señalar que el 2018, 2019 y 2020 son los años en los que la FGR tiene más carpetas de investigación iniciadas por dichos delitos, para el primero la cifra es de 31, para el que sigue el dato es de 32 y por último, en el año pasado se abrieron 21.

Con lo que respecta a qué entidades federativas poseen el mayor número de casos, el informe identificó que la Ciudad de México se posiciona en el primer lugar con 30 de carpetas de investigación y averiguaciones previas, le sigue el Estado de México con un total de nueve desde el 2014.

El tercer sitio es para Puebla que registró un total de 7 carpetas, mientras que Jalisco, Hidalgo, Oaxaca y Yucatán son las entidades que ocupan el cuarto puesto con cinco cada una.

En el caso de las Áreas Centrales, el documento precisó que éstas poseen 14 carpetas y averiguaciones previas.

Relaciones políticas
José Elías Romero Apis, exsubprocurador de averiguaciones previas y de justicia de la zona norte en la antigua PGR reconoció que investigar al Estado desde el Estado no es fácil.

Sin embargo, aseguró que “es más sencillo investigar a exfuncionarios, a los que ya no están que a los que aún se encuentran en funciones”.

Por su parte, Ariadna Salazar Quiñonez, profesora investigadora titular del Departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana explicó que estas intervenciones de comunicaciones sin mandato judicial se encuentran expresamente prohibidas conforme al código penal.

La experta añadió que es una obligación de la FGR indagar estos hechos sin importar el origen que tengan ni quién esté involucrado en ellos, “se trata de funcionarios públicos al servicio de la Nación”.

Sin prisión oficiosa
Por último, Fernández de Cevallos confirmó que al no estar dentro del catálogo del Artículo 19 constitucional que establece qué delitos ameritan prisión preventiva oficiosa, los acusados por estos hechos pueden llevar su proceso en libertad.

“Las intervenciones en comunicaciones para analizar, conocer cosas que no se tendrían por qué saber y que luego sean ocupadas para extorsionar, chantajear o sacar ventaja indebida desgraciadamente se ha incrementado en México y no lo señalo yo, es lo que ha salido a relucir con el caso Pegasus”, comentó el investigador.

El Economista


VOLVER

Más notas sobre el tema