Argentina y la ley de Educación Ambiental – Por Pablo Sessano, especial para NODAL

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Los conceptos vertidos en esta sección no reflejan necesariamente la línea editorial de Nodal. Consideramos importante que se conozcan porque contribuyen a tener una visión integral de la región.

Por Pablo Sessano*

El 3 de junio de 2021 fue publicada en Boletín Oficial la nueva Ley de Educación Ambiental Integral (LEAI) de Argentina. Una iniciativa muy bienvenida y hasta festejada tanto por el oficialismo que le dio su ultimo impulso, como por legisladores, organizaciones sociales, de jóvenes ambientalistas, gremios educativos, sectores universitarios, maestros y profesores de diferentes instituciones, que vieron, quizás con algo de excesivo optimismo o acaso con esperanzadoras expectativas, en ese nuevo marco normativo, un horizonte de transformación educativa profunda en relación con la cuestión ambiental. La esperanza es lo ultimo que se pierde. Pero la sustanciación de cualquier ley en política concreta depende de dos actores principales, el Estado y la parte de la sociedad que la apoya. Mientras inevitablemente del otro lado habrá, y los hay, quienes tengan intereses en oponerse y obstaculizar esa sustanciación.

Una interpretación posible de las recientes elecciones primarias ocurridas en el país, en las que el gobierno sufrió un importante revés, podría sugerir que la no concreción de varias leyes, que convertidas en políticas hubiesen significado avances significativos en la condición de vida de mucha gente, así como la renovación del diseño normativo nacional de cara los escenarios socioambientales y socioproductivos que ya se presentan, leyes que se encuentran en plena disputa o controversia entre sectores e intereses y que aun esperan su tratamiento, fue un factor relevante en el revés electoral del oficialismo gobernante. Quedarse a medio camino de las transformaciones nunca paga, al contrario.
El problema de muchas leyes en Argentina no es que sean inadecuadas sino que no llegan a cumplirse. Y es que también hay que reconocer, que suele resultar mas sencillo consensuar un marco normativo que garantizar su concreción practica. En este caso, el consenso mainstream sobre la sustentabilidad, al que casi nadie se opondría facilito la aprobación de la ley, pero habría que ver si las autoridades de aplicación designada en esta Ley están en condiciones reales de traducirla en practicas. La llamada ley Yolanda, también aprobada recientemente, destinada a capacitar en ambiente a los empleados públicos avanzó sin mayores problemas, quizás porque no requería los consensos interministeriales e interprovinciales necesarios que demanda la LEAI y que fueran uno de sus obstáculos históricos. Pero cuando los plazos se vencen y no hay explicaciones es porque no se avanzó, lo cual preocupa y extraña tratándose de una ley tan festejada.

Tres meses pasaron ya de la publicación de la LEAI que en su articulo 21 dice expresamente que “La Coordinación Ejecutiva de la Estrategia Nacional de Educación Ambiental Integral (CENEAI) se convocará en un plazo no mayor de noventa (90) días desde la entrada en vigencia de la presente ley y realizará una revisión y actualización de la Estrategia Nacional de Educación Ambiental Integral (ENEAI) que refleje los consensos alcanzados y establezca el marco operativo para su implementación”, y en su articulo 22 “Se definirán los elementos esenciales para la elaboración de la línea de base de percepción y representación ambiental comunitaria de alcance nacional y con participación de las jurisdicciones, y discutirá acerca de la modalidad de desarrollo de la misma conformando un documento orientador para la implementación de la Estrategia Nacional de Educación Ambiental Integral (ENEAI)”.

Va de suyo que la tarea propuesta por esta normativa no es sencilla, pero precisamente por eso el trabajo debió comenzar el mismo día de la publicación. Preguntamos ¿se constituyo la Coordinación Ejecutiva de la Estrategia Nacional de Educación Ambiental Integral que es el órgano colegiado fundamental que la instrumentará? ¿Se convocó a los posibles miembros del Consejo Consultivo para conformarlo de una vez, darle entidad y participación desde el comienzo? ¿Se incluyo la partida presupuestaria estipulada por la propia ley en el Presupuesto de la administración 2022?
Cabe preguntarse también ¿alguna de las instituciones u organizaciones de la sociedad habilitadas a participar en el mencionado Consejo Consultivo ha tomado la iniciativa de convocar a esa construcción y empujar para avanzar?

La ley de EAI con sus virtudes y debilidades, que tiene de ambas, no será sencilla de implementar, su traducción en lineamientos y contenidos curriculares es una complejidad que implica poner en debate lógicas y formatos técnico-pedagógicos largamente acostumbrados en las áreas educativas y en donde lo político jugará un papel determinante en cada jurisdicción del país. La administración nacional debería marcar el camino y ser consecuente en este aspecto no solo con la letra de la Ley sino con la suscripción que ha hecho reiteradamente con enfoques como los de Laudato Si; que como bien sabemos chocará con intereses sectoriales y provinciales extractivistas. Tampoco será fácil diseñar una línea de modalidades educativas para la ciudadanía, lo cual implica campañas y mensajes abundantes, claros y constantes, algo que destaca como una debilidad de las políticas de comunicación ambiental. Pero el gobierno se propuso tomar posición en el tema EA y ahora debe responder o quedará también en esto, a medio camino, análogamente como ha pasado en otros campos en los cuales no convoco a la sociedad para apoyarse en ella y realizar cambios necesarios.

Finalmente es necesario dejar claro que tener una ley que respalde y fundamente una política es bueno pero no es condición para accionar. La política de EA podría avanzar independientemente de la ley si hubiese voluntad publica de impulsarla. De hecho es lo que pasa en otros países de la región que no tienen una ley pero sí mas políticas. Y de hecho la Estrategia Nacional de EA existe en Argentina en rigor desde el año 1999 pero nunca logró superar los escollos de la intersectorialidad y los intereses privados.

También existen los celebres Manuales de EA oportunamente (2011) censurados en el marco de estas controversias que están en línea con el enfoque de la ley, son resultado de un laborioso acuerdo entre ministerios e incluso fueron adendados con un cuadernillo para satisfacer las demandas de sectores susceptibles al enfoque, es decir un material listo para ser usado que puede servir para iniciar ya mismo la política publica.

Los cambios que requiere la hora política nacional y la circunstancia ambiental global no admiten dilaciones, si vamos a hacer cambios debe ser ahora. La educación no es de los espacios y temas mas conflictivos para el gobierno y mirando el futuro en términos de crisis ambiental es probablemente, no solo el área mas importante, sino tal vez, aquella en la cual sea posible hacer los mayores cambios. La ley Yolanda pretende mediante la educación cambiar la mirada de los agentes públicos sobre la cuestión ambiental, pero esa es una tarea extensiva a la comunidad educativa y a la ciudadanía toda y debe ser simultanea y sostenida, para eso esta la LEAI. Dice William Ospina “el cambio climático no es ya una advertencia ni un peligro sino un hecho, la catástrofe está en los titulares, la época que comienza no tiene horizontes apacibles, pero de todos depende todavía que no sea peor”. La educación tiene un rol urgente en ello. ¿Que estaríamos esperando?!!!

* Educador ambiental. Diplomado Internacional en Transformación Educativa. Master en Eco auditorías y Planificación Empresarial del Medio Ambiente. Especialista en Gestión Ambiental Metropolitana y políticas públicas ambientales.


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