El Salvador | Caso Manuela: La CorteIDH condenó al Estado por la «criminalización arbitraria de una mujer»

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CIDH condena a El Salvador en caso Manuela: «emergencias obstétricas no deben ser perseguidas penalmente»

Por David Bernal

Ninguna mujer puede ser denunciada por sospecha de aborto en El Salvador. Esa es una de las conclusiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) tras dar a conocer hoy la sentencia del caso Manuela y familiares vs El Salvador, en la cual también concluye que Manuela tuvo una emergencia obstétrica y que no fue atendida por las instituciones estatales como se debía.

La Corte IDH condenó al estado salvadoreño por «la criminalización arbitraria de una mujer por intentar acceder a servicios de salud reproductiva cuando enfrentó una emergencia obstétrica».

Con ello también ordenó a El Salvador que regule la obligación de mantener el secreto profesional médico y la confidencialidad de la historia clínica, tomar las medidas necesarias para garantizar la atención integral en casos de emergencia obstétrica y desarrollar un protocolo que garantice la atención de estos casos.

Además, se estableció que el estado debe iniciar un proceso de reparación que beneficie a los familiares de Manuela.

Catalina Martínez Coral, abogada del Centro de Derechos Reproductivos y quien participó en la audiencia ante la CIDH en defensa de Manuela y sus familiares, calificó el hecho como histórico y un importante precedente para el país.

«El Salvador deberá asumir su responsabilidad por la muerte de Manuela, reparar a su madre, a su padre y a sus hijos e implementar varias medidas estructurales para que ninguna otra mujer repita su caso», agregó.

«Manuela fue una mujer que perdió su embarazo en condiciones precarias a causa de quebrantos de salud no diagnosticados por el Estado en 2008. Fu indebidamente denunciada por el personal médico que la atendió durante la emergencia y fue detenida arbitrariamente. Fue juzgada sin una defensa judicial efectiva y condenada a 30 años de prisión. Se le negó atención para enfrentar un cáncer mientras se encontraba privada de libertad y murió en 2010 cumpliendo su condena en custodia del Estado y dejando huérfanos a sus dos hijos», resumió la Colectiva Feminista en un comunicado hecho público la tarde de este 30 de noviembre.

En la sentencia (que se puede leer completa acá) la Corte también ordena al Estado realizar un acto público de reconocimiento de la responsabilidad internacional y dar becas de estudio a los hijos de Manuela, además de atención psicológica a sus padres.

La Prensa Gráfica

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