Argentina | Confirman fechas para elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) y comicios generales

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Elecciones 2023: publican las fechas del calendario electoral, ¿cuándo se vota presidente en la Argentina?

El Gobierno nacional oficializó este viernes las fechas en las que se realizarán las elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), generales y eventual segunda vuelta para los cargos de presidente, vicepresidente, diputados, senadores y parlamentarios del Mercosur.

A través del Decreto 237 y en sintonía con lo establecido por el texto 26.571, la definición de internas partidarias que impulsará a un candidato o candidata a competir en los sufragios en su primera instancia tendrá lugar el domingo 13 de agosto.

«Convócase al electorado de la Nación argentina a las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias para la elección de candidatos y candidatas a presidente o presidenta de la Nación argentina y vicepresidente o vicepresidenta de la Nación, senadores y senadoras nacionales, diputados y diputadas nacionales y parlamentarios y parlamentarias del Mercosur de los distritos Nacional y Regionales el día 13 de agosto de 2023», indica el artículo 1°.

En tanto, el domingo 22 de octubre, se desarrollarán las elecciones generales 2023, que permitirá definir el binomio ganador a ocupar el Ejecutivo nacional o las dos fórmulas más votadas, pero con guarismos afirmativos inferiores al 45% o superior al 40% aunque con una diferencia menor a 10 puntos porcentuales del segundo. También los 19 parlamentarios que representarán a la Argentina en la asamblea del bloque regional.

En el tramo del 3° artículo, el Decreto 237 fija la edición de un eventual ballotage en la Argentina para el domingo 19 de noviembre.

Elecciones 2023: ¿qué se vota en la Argentina?

Las elecciones generales de Argentina 2023 definirá el cargo de presidente o presidenta, vicepresidente o vicepresidenta y 130 miembros de la Cámara de Diputados de la Nación y senadores y senadoras de las provincias de Buenos Aires, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, San Juan, San Luis y Santa Cruz.

Además, la convocatoria oficializada este viernes incluye la elección de parlamentarios y parlamentarias a la asamblea consultiva del Mercosur.

Elecciones 2023: ¿cuándo se vota en la Argentina?

Elecciones Primarias – PASO – 2023

  • Las elecciones PASO 2023 generales se desarrollarán el domingo 13 de agosto.

Elecciones Generales 2023

  • Las elecciones generales (primera vuelta) tendrán lugar el domingo 22 de octubre.

Elecciones Generales Segunda vuelta 2023

  • La segunda vuelta de las elecciones generales 2023 en la Argentina se llevarán a cabo el domingo 19 de noviembre.

El Cronista


ELECCIONES NACIONALES

Decreto 237/2023

DCTO-2023-237-APN-PTE – Convocatoria.

Ciudad de Buenos Aires, 27/04/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-39868404-APN-DNE#MI, la Ley N° 26.571 y sus modificatorias y el CÓDIGO ELECTORAL NACIONAL, aprobado por la Ley N° 19.945 (t.o. por Decreto N° 2135/83) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada Ley N° 26.571 se estableció que las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias tendrán lugar el segundo domingo de agosto del año en que se celebren las Elecciones Nacionales.

Que el CÓDIGO ELECTORAL NACIONAL establece que las Elecciones Nacionales tendrán lugar el cuarto domingo de octubre inmediato anterior a la finalización de los mandatos.

Que en el presente año finalizan los mandatos del señor PRESIDENTE DE LA NACIÓN y de la señora VICEPRESIDENTA DE LA NACIÓN, de CIENTO TREINTA (130) miembros de la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN y de los SENADORES y las SENADORAS de las Provincias de BUENOS AIRES, FORMOSA, JUJUY, LA RIOJA, MISIONES, SAN JUAN, SAN LUIS y SANTA CRUZ.

Que, en cumplimiento de dichos preceptos legales, en el corriente año las respectivas elecciones deben llevarse a cabo el 13 de agosto y el 22 de octubre, respectivamente.

Que resulta necesario, además, convocar a la elección de PARLAMENTARIOS y PARLAMENTARIAS del MERCOSUR.

Que, asimismo, es oportuno fijar la fecha de la eventual segunda vuelta electoral en los términos del artículo 96 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL para el 19 de noviembre de 2023.

Que es menester dejar establecido el sistema electoral aplicable a las elecciones a realizar.

Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL del MINISTERIO DEL INTERIOR y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de dicha Jurisdicción.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 20 de la Ley Nº 26.571 y sus modificatorias y 53 del CÓDIGO ELECTORAL NACIONAL, aprobado por la Ley Nº 19.945 (t.o. por Decreto Nº 2135/83) y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Convócase al electorado de la NACIÓN ARGENTINA a las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias para la elección de candidatos y candidatas a PRESIDENTE o PRESIDENTA DE LA NACIÓN y VICEPRESIDENTE o VICEPRESIDENTA DE LA NACIÓN, SENADORES y SENADORAS NACIONALES, DIPUTADOS y DIPUTADAS NACIONALES y PARLAMENTARIOS y PARLAMENTARIAS del MERCOSUR de los distritos Nacional y Regionales el día 13 de agosto de 2023.

ARTÍCULO 2°.- Convócase al electorado de la NACIÓN ARGENTINA a elegir PRESIDENTE o PRESIDENTA DE LA NACIÓN y VICEPRESIDENTE o VICEPRESIDENTA DE LA NACIÓN y a DIECINUEVE (19) PARLAMENTARIOS y PARLAMENTARIAS del MERCOSUR, distrito Nacional (D.N.) y DIECINUEVE (19) suplentes el día 22 de octubre de 2023.

ARTÍCULO 3°.- Fíjase el día 19 de noviembre de 2023 para la eventual segunda vuelta electoral prevista en el artículo 96 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

ARTÍCULO 4°.- Las elecciones de PRESIDENTE o PRESIDENTA DE LA NACIÓN y VICEPRESIDENTE o VICEPRESIDENTA DE LA NACIÓN se realizarán de acuerdo con el sistema electoral establecido en el Título VII, Capítulo I del CÓDIGO ELECTORAL NACIONAL, aprobado por la Ley N° 19.945 (t.o. por Decreto N° 2135/83) y sus modificatorias.

ARTÍCULO 5°.- Convócase al electorado de la NACIÓN ARGENTINA para que el día 22 de octubre de 2023 proceda a elegir SENADORES y SENADORAS NACIONALES y DIPUTADOS y DIPUTADAS NACIONALES según corresponda a cada distrito, conforme el detalle que como ANEXO (IF-2023-41472594-APN-DNE#MI) forma parte integrante del presente acto y de PARLAMENTARIOS y PARLAMENTARIAS del MERCOSUR, distrito Regional (D.R.).

ARTÍCULO 6°.- Las elecciones de SENADORES y SENADORAS NACIONALES, DIPUTADOS y DIPUTADAS NACIONALES y de PARLAMENTARIOS y PARLAMENTARIAS del MERCOSUR se realizarán de acuerdo con el sistema electoral establecido en el Título VII, Capítulos II, III y IV del CÓDIGO ELECTORAL NACIONAL, aprobado por la Ley N° 19.945 (t.o. por Decreto N° 2135/83) y sus modificatorias.

ARTÍCULO 7°.- El MINISTERIO DEL INTERIOR, a través de la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL, adoptará las medidas necesarias para la organización y realización de los comicios objeto de la presente convocatoria.

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ – Agustín Oscar Rossi – Eduardo Enrique de Pedro

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 28/04/2023 N° 30130/23 v. 28/04/2023

Fecha de publicación 28/04/2023

Boletin Oficial de la República Argentina

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