Ecuador | Comienza en el Congreso el trámite de juicio político contra Lasso por malversación de fondos

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Fiscalización: terreno minado para el juicio político contra Lasso

El trámite del juicio político contra el presidente Guillermo Lasso comienza este lunes en la Comisión de Fiscalización. En esta mesa, el oficialismo no tiene mayoría, pero tampoco la oposición. Las decisiones dependerán en gran medida de los independientes.

La Comisión de Fiscalización es un escenario impredecible para el Gobierno. En esa mesa legislativa, comenzará este lunes el trámite del juicio político en contra del presidente Guillermo Lasso. Y del informe de dicha comisión dependerá el futuro del Mandatario.

El trámite durará aproximadamente un mes. La comisión deberá entregar, al final de ese plazo, un informe que recomiende o no la censura y destitución de Lasso en el Pleno de la Asamblea, después del análisis de las pruebas y la defensa de Lasso.

Predecir lo que sucederá es difícil de momento. La Comisión de Fiscalización no tiene mayorías fijas. De entres sus nueve miembros, la oficialista Bancada del Acuerdo Nacional (BAN) tiene tres curules y la mayoría opositora, cuatro.

Por esta razón, el desarrollo del juicio político contra Lasso dentro de esa mesa legislativa dependerá en gran medida de a qué bando se alineen los dos independientes: Bruno Segovia y el presidente de la comisión, Fernando Villavicencio.

Segovia, separado de Pachakutik y cercano al excandidato presidencial Yaku Pérez, actúa independientemente del oficialismo y la oposición. Mientras que Villavicencio tuvo una posición más cercana al oficialismo al inicio del periodo, pero se ha ido separando y ahora mantiene críticas contra Lasso.

El juicio político en Fiscalización

Villavicencio convocó a la Comisión de Fiscalización para sesionar este lunes 3 de abril a las 14:00 y avocar conocimiento del juicio político contra el presidente Lasso. Este es el primer paso del trámite dentro de esa mesa legislativa.

Según la Ley Orgánica de la Función Legislativa, lo primero que tiene que hacer la Comisión de Fiscalización es notificar al presidente Lasso sobre el inicio del proceso. Debe enviar la solicitud de juicio político, la documentación de sustento y la resolución de admisibilidad de la Corte Constitucional.

Con esto, el Mandatario tiene un plazo de 10 días para ejercer su derecho a la defensa y presentar una contestación a las acusaciones políticas realizadas y las pruebas que considere necesarias. Lasso puede actuar por sí mismo o a través de delegados o procuradores.

En este mismo plazo de 10 días, los acusadores pueden también presentar sus pruebas. La Comisión de Fiscalización, por decisión de la mayoría de sus integrantes, podrá solicitar pruebas de oficio.

Con la contestación de Lasso o sin ella, se otorgará el plazo de 10 días más para la actuación de las pruebas. Es decir, en este tiempo se recabarán pedidos de información o comparecencias.

Vencido este plazo, la Comisión de Fiscalización tiene 10 días más para entregar un informe motivado para conocimiento del Pleno; este debe especificar las razones por las cuales recomienda o no el enjuiciamiento político del Presidente.

Entonces, el presidente de la Asamblea tiene tres días para notificarlo a todos los asambleístas, y después 48 horas para convocar al Pleno de la Asamblea para tratar el informe de la Comisión de Fiscalización.

Los vacíos legales

El proceso dentro de la Comisión de Fiscalización, sin embargo, podría llegar a complicarse por la falta de mayorías. De hecho, en varios de los últimos juicios políticos contra ministros o funcionarios, los miembros de esta mesa no han logrado llegar a acuerdos.

Aquí queda un vacío legal, que ya fue advertido por la vicepresidenta de la comisión, ana Belén Cordero (BAN): “La ley no dice expresamente qué sucede si es que un informe no es aprobado en la Comisión de Fiscalización en el caso de un juicio político contra el Presidente”.

En el caso de los juicios políticos a funcionarios como ministros o secretarios, cuando no hay los votos para un informe, se remite al Pleno un resumen de las posiciones de cada uno de los asambleístas. Sin embargo, al tratarse del primer juicio político contra un Presidente en más de 40 años, no hay pista de cómo actuar en este caso.

Si llegara a suceder este escenario, la Asamblea deberá decidir cuál es el camino.

Primicias


¿Cuáles son las armas de uso civil autorizadas en Ecuador?

El presidente de Ecuador, Guillermo Lasso, autorizó la tenencia y porte de armas para la población civil del país, que enfrenta un enemigo común, según dijo: la delincuencia, el narcotráfico y el crimen organizado. Pero el Mandatario enfatizó que lo permitido será únicamente el armamento de uso civil.

En el decreto que firmó el 1 de abril, Lasso especifica que esto excluye todo tipo de armamento de dotación militar y policial.

¿Cuáles son los requisitos para tener armas en Ecuador?

Incluso se reformó el artículo 15 del Reglamento a la Ley de Armas para especificar que son armas de uso privativo de las Fuerzas Armadas, aquellas utilizadas con el objeto de defender la soberanía nacional, mantener la integridad territorial y el orden constitucional, tales como:

  • Pistolas superiores a calibre 9mm
  • Fusiles y armas automáticas, sin importar calibres
  • Los tanques de guerra, cañones, morteros, obuses y misiles de tierra, mar y aire en todos los calibres
  • Lanza cohetes, lanzagranadas, bazucas en todos sus calibres
  • Granadas de mano, bombas de aviación, granadas de fragmentación, torpedos, proyectiles y minas
  • Granadas de iluminación fumígenas, perforantes o de instrucción
  • Armas que lleven dispositivos tipo militar como miras infrarrojas y lacéricas; o accesorios como lanzagranadas o silenciadores
  • Las municiones correspondientes al tipo de armas enunciadas
  • Las demás determinadas por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.

El armamento enunciado no puede entonces estar en poder de civiles, sopena de sanciones penales, lo que implica pasar algunos años en la cárcel.

¿QUÉ TIPO DE ARMAS ESTÁN PERMITIDAS EN ECUADOR?

El artículo 14 del Reglamento a la Ley de Fabricación, Importación y Exportación, Comercialización y Tenencia de armas, municiones, explosivos y accesorios, señala que, para los efectos de su reglamento, las armas de fuego se clasifican en:
Armas de guerra de uso privativo de las Fuerzas Armadas
Armas de uso restringido (para la Policía Nacional)
Armas de uso civil
Armas Químicas, radioactivas y bacteriológicas

¿QUÉ TIPO DE ARMAS PUEDE TENER UN CIVIL EN ECUADOR?

El artículo 17 de la Ley de armas indica que son armas de fuego de uso civil aquellas que pueden tener o portar los ciudadanos, y que, por sus características, diseño, procedencia y empleo, son autorizadas por la autoridad competente (las Fuerzas Armadas).

Las armas de uso civil se clasifican según su uso: defensa personal; uso deportivo; colección; y seguridad privada (móvil y fija). Entonces las armas de uso civil para defensa personal autorizadas son las siguientes

  • Pistolas hasta el calibre 9mm; semiautomáticas, con alimentadores de hasta 10 proyectiles.
  • Revólveres hasta el calibre 38.
  • Escopetas recortadas del calibre 10 al 410 o sus equivalentes.

¿QUÉ TIPO DE AEROSOL PUEDE TENER UN CIVIL EN ECUADOR?

Según el decreto: se autoriza a las personas naturales el porte y uso de aerosoles de gas pimienta para la defensa personal, cuyo porcentaje de concentración de capsaicina del producto sea igual o menor a 1.3 %, de un volumen no mayor a 120 ml y un alcance no mayor a 10 metros, de conformidad con el ordenamiento jurídico pertinente.

Los aerosoles de gas pimienta de mayor concentración y el gas lacrimógeno (clorobencilideno/clorobenzilideno malononitrilo) serán de uso exclusivo de los servidores de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y el Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria.

La fabricación, importación, exportación y comercio de gas pimienta de uso civil en una concentración igual o menor a 1.3 % de capsaicina, se efectuará por medio de las personas naturales y jurídicas registradas en el Comando Conjunto de las FF.AA. para estas actividades.

El comercio que se encuentra autorizado a personas jurídicas registradas en la institución y a personas naturales previa presentación del récord policial.

Ecuavisa


Militares realizan patrullajes en calles y vigilancia en centros comerciales de Guayaquil

Luego de la declaratoria de un nuevo estado de excepción en la Zona 8 y en Santa Elena y Los Ríos, en Guayaquil se dio la incursión de militares en varias calles e incluso su despliegue se observó esta vez en centros comerciales.

A fin de contrarrestar el accionar delictivo, la noche del sábado 1 de abril, el Gobierno dispuso la declaratoria de estado de excepción en estas jurisdicciones con una duración de 60 días, además de toque de queda de 01:00 a 05:00, y el apoyo militar a las labores de la Policía para mantener el orden público y la seguridad interna.

Durante la tarde de este domingo 2 de abril, ciudadanos notaron la presencia de los uniformados en varias calles principales e incluso en lugares de alta concurrencia de público.

Por ejemplo, un grupo de militares permanecía esta tarde sobre la avenida Francisco de Orellana, en la Kennedy, donde confluyen varios locales comerciales, hoteles y centros comerciales.

Allí, varios militares realizaron el chequeo de transeúntes y personas que se ubican a realizar oficios en semáforos, para cerciorarse que no posean artículos prohibidos, como armas, municiones o explosivos.

Además, al avanzar la tarde hubo otro grupo de militares que recorría los pasillos de un centro comercial situado en la avenida Joaquín Orrantia, en el norte.

Ellos circulaban dando patrullaje, observando a posibles personas sospechosas o actividades inusuales, mientras ciudadanos, en su mayoría grupos familiares, veían con asombro la escena que resulta inédita en la ciudad.

Otros operativos se realizaron entre militares y policías en sectores de Pascuales, Nueva Prosperina y Fortín.

Luego de doce años, el porte de armas de uso civil para defensa personal vuelve a ser autorizado

En los últimos días dos alertas de robo se dieron en centros comerciales de El Fortín y la 25 de Julio.

En el Fortín, sujetos con armas de grueso calibre incursionaron en una agencia bancaria para cometer un asalto. Usaron explosivos para entrar a la bóveda pero las alertas motivaron que huyeran ante el arribo de policías

En ese episodio, los antisociales se llevaron dinero y pertenencias de usuarios del banco.

Como parte de la medidas para mitigar la inseguridad, el presidente Guillermo Lasso decidió autorizar la tenencia y porte de armas para ciudadanos que lo usen en defensa propia, siguiendo preliminarmente la ley y reglamentos estipulados.

El Universo

 

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