Ecuador | Prevén nuevas elecciones para agosto luego de la “muerte cruzada” activada por Lasso

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Muerte cruzada en Ecuador: organizaciones políticas deben definir sus candidatos hasta el 31 de mayo

El domingo 20 de agosto de 2023 sería el día en que los ecuatorianos acudan nuevamente a las urnas para escoger al próximo presidente de la República y a 137 nuevos asambleístas, sin embargo, en el Consejo Nacional Electoral (CNE) había otro proceso pendiente: una consulta popular sobre el Parque Nacional Yasuní.

Este jueves, en entrevista en Contacto Directo, el vicepresidente del CNE, Enrique Pita, reiteró que hasta el próximo 24 de mayo se debe convocar a elecciones para escoger las distintas dignidades.

Dijo que debido a esta situación excepcional, derivada de la denominada muerte cruzada, se deben ajustar los tiempos en algunos procesos, por ejemplo en la inscripción de candidaturas o alianzas, en la organización de los debates y en la misma campaña electoral.

En contraparte, aseguró que hay procesos que no pueden apretarse, por ejemplo, las demandas que puedan presentar candidatos u organizaciones políticas sobre los resultados. «Estos tiempos no se pueden tocar», enfatizó.

El 31 de mayo deberían conocerse los candidatos

De su lado, la presidenta del CNE, Diana Atamaint, indicó durante un evento en Quito que las organizaciones políticas deberían tener definidos sus candidatos hasta máximo el 31 de mayo.

«Eso significa que ya deben estar, en este momento, buscando candidatos», manifestó la funcionaria ante los medios de comunicación

La consulta sobre el Yasuní también está pendiente

En agenda, el CNE ya tenía la tarea de organizar la consulta popular que busca proteger de la explotación petrolera el Parque Nacional Yasuní, en la Amazonía ecuatoriana. Este proceso fue aprobado por la Corte Constitucional (CC) el 10 de mayo pasado.

Pita aseveró este jueves que ya se fijó una fecha para esa votación: el 23 de julio. «Ya eso no se puede mover», acotó.

Esto significa que los ecuatorianos vamos a asistir a las urnas con un mes de diferencia.

A este cronograma podría sumarse la posible segunda vuelta electoral, que debería tener tener lugar en octubre de este año.

Según las fechas establecidas en la ley, el nuevo presidente de la República y los nuevos asambleístas deberían posesionarse antes de fin de 2024.

Los ecuatorianos ya fueron a elecciones este año. El pasado 5 de febrero se escogió a los alcaldes de los 221 cantones de país, a sus concejales, presidentes de juntas parroquiales, a los siete miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), y además se votó por la consulta popular planteada por el Gobierno de Guillermo Lasso, que terminó siendo rechazada por la población.

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Decreto de muerte cruzada acumula 5 acciones de inconstitucionalidad

La Corte Constitucional colegislará con el Ejecutivo, una vez que Guillermo Lasso disolvió la Asamblea al aplicar el artículo 148 de la Constitución. Foto: Archivo/ EL COMERCIO

El Decreto Ejecutivo 741, con el cual el presidente Guillermo Lasso disolvió la Asamblea y convocó a elecciones generales, acumula seis acciones de inconstitucionalidad en menos de 48 horas de vigencia. Sin embargo, la Corte Constitucional tiene limitaciones para actuar y ya se alistan los nuevos comicios en el Consejo Nacional Electoral (CNE).

La más reciente fue presentada en horas de la mañana de este jueves, 18 de mayo del 2023, por el Frente Popular y la Unión Nacional de Educadores (UNE). El argumento es que «no existe conmoción social», como justifica Lasso, para aplicar esta medida.

Nelson Erazo, uno de los dirigentes del Frente, manifestó que si el Decreto pasa el filtro de la Corte, la organización participará de las próximas elecciones. Además descartó alianzas con el correísmo o la derecha del país. En los comicios del 2021, el representante no obtuvo una curul para el Parlamento.

Otra provino del abogado Carlos Alvear y otras tres personas, que exigen a la Corte otorgue medidas cautelares para frenas esta medida.

Recursos de exlegisladores y funcionarios

Los primeros en recurrir a la Corte con una acción de este tipo fueron Salvador Maita, Mireya Pazmiño, Dina Farinango, Janeth Llano y Fernando Cabascango. Son exlegisladores de Pachakutik, brazo político de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie).

Una segunda acción provino del socialcristiano Esteban Torres y Yeseña Guamaní, de la Izquierda Democrática (ID), quienes ocupaban la segunda Vicepresidencia de la Asamblea y una vocalía en el Consejo de Administración de la Legislatura (CAL).

La tercera acción de inconstitucionalidad fue presentada por Virgilio Saquicela (independiente), expresidente de la Asamblea. En una rueda de prensa acompañado de los otros accionantes, Saquicela exigió a la Corte un pronunciamiento inmediato sobre esta medida, a la que definió como una decisión desesperada de Lasso para evitar el juicio político.

Los exlegisladores coinciden en que no existe una crisis política y conmoción interna en el país, como requiere el artículo 148 de la Constitución para la aplicación de la muerte cruzada.

Asimismo, el excoordinador general de la Unidad Técnica Legislativa Jorge Sosa presentó una cuarta acción de inconstitucionalidad, al considerar que el Decreto 741 carece de «la debida motivación de las resoluciones del poder público».

Las cuatro causas que ingresaron primero a la Corte serán conocidas por los jueces constitucionales Jhoel Escudero, Enrique Herrería, Alejandra Cárdenas y Carmen Corral, respectivamente. El sorteo se dio en cuestión de pocas horas.

Limitaciones de la Corte

Estas acciones fueron presentadas, a pesar de que la Corte Constitucional ya anticipó criterio. Lo hizo en el dictamen del 29 de marzo pasado, cuando dio paso al enjuiciamiento político contra el Mandatario.

Allí el organismo señaló que la aplicación de la muerte cruzada «no requiere en lo absoluto su intervención», y que el juicio político no impedía al Presidente aplicar este recurso.

Además, la Ley de Garantías Jurisdiccionales y de Control Constitucional, en el artículo 153, precisa los alcances del dictamen de la Corte:

«Solo si el dictamen de la Corte Constitucional se pronuncia por la constitucionalidad de la solicitud de juicio político, la moción de destitución o el decreto de disolución de la Asamblea Nacional, podrá continuar el juicio político, la
discusión y votación de la moción de destitución o, en su caso, de la disolución de la Asamblea Nacional.

Ni en el caso del juicio político ni en el del voto de destitución, la Corte Constitucional tiene competencia para pronunciarse acerca de si están probadas las infracciones y la responsabilidad de la Presidenta o Presidente de la República. Tampoco es de su competencia pronunciarse acerca de la existencia de las infracciones para la destitución de la Asamblea Nacional ni de la responsabilidad de éstas en ellas».

El Consejo Nacional Electoral (CNE) prevé sesionar esta noche para declarar el inicio del proceso electoral para elegir nuevos asambleístas y Presidente de la República.

El socialcristiano Esteban Torres advirtió que podría ocurrir un «choque institucional», en el escenario de que la Corte eche abajo al Decreto 741.

El comercio

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