Argentina | Expulsar a CFK. Causa Vialidad y lawfare – Por Marcelo Maisonnave

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Los conceptos vertidos en esta sección no reflejan necesariamente la línea editorial de NODAL. Consideramos importante que se conozcan porque contribuyen a tener una visión integral de la región.

Por Marcelo Maisonnave*, especial para NODAL

Entre las múltiples causas que se construyeron contra la expresidenta argentina Cristina Fernández de Kirchner (CFK) en los últimos años, la que más avanzó es la llamada causa “Vialidad”, que incluye una condena en primera instancia, actualmente en revisión en la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña.  Entre febrero y el jueves 4 de abril, se realizaron una serie de audiencias en las que expusieron tanto el fiscal ante la sala IV de la Casación, Mario Villar, como las defensas de todos los imputados. A partir de ahora, los jueces de Casación se tomarán su tiempo para analizar el caso y dictar sentencia.

¿De qué acusan a CFK?

Se investiga un supuesto direccionamiento de parte de ella, como presidenta, en favor del empresario Lázaro Báez, al momento de designar empresas ganadoras de licitaciones por obra pública realizada en la provincia de Santa Cruz entre los años 2003 y 2015, a pesar de que la Presidencia de la Nación no cuenta con competencia para intervenir de ninguna manera en los procesos de licitación, ejecución o pago de obras como las investigadas. Tampoco se pudo probar la existencia de sobreprecios o irregularidades de ningún tipo respecto de dichas obras.

Tanto los fiscales de primera instancia, Diego Luciani y Sergio Mola, como el fiscal Villar, acusan a CFK no sólo por administración fraudulenta sino también por asociación ilícita en carácter de jefa y solicitan una pena de doce años de cárcel, el doble de lo establecido por el Tribunal Oral.

La defensa de CFK representada por el abogado Carlos Beraldi, insistió en el pedido de absolución y denunció que “la sentencia es un acto de arbitrariedad descomunal” en tanto “la violación al derecho de defensa ha sido sistemática desde el inicio de la causa”.

La condena (o cumpliendo el objetivo de la inhabilitación política…)

La condena contra Cristina Fernández, dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Capital Federal, el 6 de diciembre de 2022, indica seis años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública.

No hay delito

Hace pocas semanas, CFK compartió el dictamen que Rodolfo Barra, actual Procurador del Tesoro de la Nación designado por el presidente Javier Milei, suscribió como experto legal independiente a pedido de la defensa para acompañar el recurso de apelación. El dictamen de Barra, de septiembre de 2023, afirma entre otros puntos que “no se observa la existencia de responsabilidad penal objetiva de ninguna naturaleza en cabeza del presidente de la Nación”, por lo cual, la figura del presidente sólo podría incurrir en responsabilidades políticas pero nunca en responsabilidades penales.

Parcialidad de los jueces

Cabe recordar que Borinsky y Hornos se reunieron con Mauricio Macri mientras éste era presidente de la Nación, tanto en la Quinta presidencial de Olivos como en la Casa Rosada, en numerosas oportunidades. Estas conductas irregulares, rápidamente fueron desestimadas como delito en sede judicial.

Conclusión

La condena generó el terreno propicio para impedir la postulación de CFK a cualquier cargo político. En poco tiempo se conocerá la definición de la Cámara Federal de Casación Penal, instancia que se dará antes de la intervención que probablemente tenga, en su oportunidad, la Corte Suprema de Justicia de la Nación para hacer cosa juzgada en causa Vialidad, emblema del lawfare en Argentina. El objetivo: expulsar a CFK de la discusión política, de cualquier modo.

*Abogado e investigador del Observatorio Lawfare

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