Chile | La Corte Suprema condenó a teniente del Ejército por el asesinato de un estudiante secundario durante la dictadura militar

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Jefe de patrulla militar fue condenado por asesinato de escolar en 1973

La Corte Suprema ratificó la sentencia a 12 de años de cárcel contra el teniente en retiro de Ejército Gustavo Enrique Santibáñez Mangelsdorff, por el homicidio de un estudiante secundario en Osorno el 12 de septiembre de 1973, al día siguiente del golpe de Estado que dio inicio a la cruenta dictadura cívico-militar de Pinochet.

La Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, Jean Pierre Matus, la ministra María Cristina Gajardo y la abogada (i) Pía Tavolari– rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por la defensa, y dejó firme el fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco, que a su vez había confirmado la condena impuesta por el ministro en visita Álvaro Mesa Latorre.

La víctima corresponde a Reinaldo Patricio Rosas Asenjo, de 17 años de edad y presidente del Centro de Alumnos del Liceo de Hombres de Osorno en la época de los hechos.

La investigación del ministro Mesa estableció que el 12 de septiembre de 1973, «en horas de la noche y (estando) vigente el toque de queda, personal militar del Regimiento N°4 ‘Arauco’ tomó conocimiento de una supuesta reunión partidista al interior de la población García Hurtado, ubicada en el sector de Rahue Alto» de la ciudad.

Ante esa información, se instruyó al personal de turno, vestido con tenida de guerra, que «porten sus fusiles Mausser y se dirijan al lugar en una patrulla comandada por el teniente Gustavo Santibáñez Mangelsdorff, quien ordena a sus hombres detener a las personas reunidas y, en caso de fuga, dispararles«.

En tanto, al percatarse de la presencia de efectivos del Ejército, «los desconocidos inician su huida sin ejercer violencia contra los militares», y el escape fue «reprimido mediante disparos, uno de los cuales hiere por la espalda a Reinaldo Rosas Asenjo».

«La bala utilizada, una de guerra de calibre punto 762, atravesó el cuerpo del joven, abriéndole un orificio en la región pectoral de 5 centímetros de diámetro que le causó la muerte producto de una hemorragia aguda por rotura visceral», detalló.

El adolescente no recibió atención médica oportuna, su cuerpo fue abandonado en la calle y el deceso se certificó el día después.

En el ámbito civil, la Suprema mantuvo la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización total de 550.000 pesos, por concepto de daño moral, a la madre y los hermanos de víctima.

Cooperativa

 

 

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