Mucho marketing para las malas prácticas de siempre: por decreto, el Gobierno avanzó con la reforma de la Policía Federal
Expertos advierten que la reforma mantiene la estructura operacional de la fuerza, las prerrogativas como la detención por antecedentes y la falta de control.
El Presidente Javier Milei y la Ministra Patricia Bullrich presentaron el nuevo Departamento Federal de Investigaciones (DFI): una reforma integral de la PFA.
Nueva misión, nuevo estatuto y una estructura diseñada para desarticular el crimen organizado en todo el país. Una… pic.twitter.com/QVSJvF0aWA
— Ministerio de Seguridad Nacional (@MinSeguridad_Ar) June 17, 2025
Una etiqueta nueva y las prácticas de siempre. Éste podría ser el espíritu de la reforma de la Policía Federal Argentina (PFA) que el Gobierno hizo por decreto, saltándose, una vez más, el debate en el Congreso. El marketing no estuvo ausente. Hubo una presentación en sociedad por parte de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, y el presidente Javier Milei, que volvió a decir que “los buenos son los de azul”.
Como parte de las facultades delegadas que le otorgó la Ley Bases, Milei derogó la Ley Orgánica de la PFA, que se había dictado en enero de 1958, en plena dictadura de la Revolución Libertadora. Desde el Gobierno, se presentó la reforma como un cambio de perfil para la fuerza, que estará, de ahora en más, enfocada en la investigación de delitos complejos y en la seguridad de Estado.
La frutilla de la torta es la creación del Departamento Federal de Investigaciones (DFI), que será –de acuerdo con la descripción oficial– la columna vertebral de la PFA. El DFI aspira a ser la versión vernácula del Bureau Federal de Investigaciones (FBI) de los Estados Unidos.
En un acto desde la sede de la Policía Montada, Milei dejó en claro su alineamiento. “Vamos a aprender de los mejores. Vamos a aprender de Estados Unidos. Vamos a aprender de Israel”, afirmó el Presidente mientras lo aplaudían Karina Milei (secretaria general de la Presidencia), Luis Petri (ministro de Defensa), Guillermo Francos (jefe de Gabinete), el vocero Manuel Adorni y Mariano Cúneo Libarona (ministro de Justicia). Estaban, entre otros, los camaristas de Casación Mariano Borinsky y Carlos Mahiques entre los invitados.
Según Milei, no se trata de un “rebranding” (cambio de nombre) sino que el Gobierno se propone cambiar el perfil de las investigaciones para sostener lo que, para él, son los tres pilares de la seguridad: el que las hace las paga, el orden público es sagrado, los de azul son los buenos.
Bullrich definió al DFI como “el corazón de esta nueva PFA”. En esa línea emotiva, la ministra dijo que la fuerza tendrá nuevos cuerpos especiales, agentes encubiertos e intensificación de la inteligencia criminal.
De acuerdo con el anexo del decreto 383, la PFA tendrá dos departamentos: el DFI y el Departamento Federal de Coordinación. Efectivamente, el DFI será el más prominente. Tendrá a su cargo seis superintendencias: Agencias Federales de Investigación, Investigaciones Federales, Investigaciones contra el Narcotráfico, Bomberos y Protección de Riesgos, Operaciones Policiales y Seguridad de Estado. La Dirección General de Inteligencia Criminal dependerá del DFI. Esa dirección, de acuerdo con el nuevo estatuto, es la que interviene en la gestión de los recursos humanos del Cuerpo de Inteligencia Criminal –sucedáneo del Cuerpo de Informaciones, cantera de infiltrados como José “Iosi” Pérez, Américo Balbuena o “Isabelita” Correa.
“Hay una macrocefalia”, afirma Marcelo Sain, exinterventor de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA), la única fuerza federal creada en democracia. “Es para darles lugar a todos los comisarios, para que la pelea no sea sangrienta. Tienen una cúpula que es mayor que la del ejército norteamericano”, remarca. Según sus estimaciones, la PFA reúne unos 32.000 efectivos.
Para Sain, la gran reforma de la PFA no es ésta, sino la que hizo Mauricio Macri, cuando generó el traspaso a la Policía de la Ciudad. Desde entonces, la PFA estuvo buscando su propio rumbo. Lo natural era su reconversión en una agencia federal de investigaciones, pero recogiendo el debate democrático de décadas para evitar los abusos de siempre.
Desde el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) denunciaron que la reforma de Bullrich “mantiene intacta la matriz operativa actual de la PFA y contiene errores técnicos de un preocupante nivel de amateurismo». Por ejemplo, desde ese organismo destacaron que conserva funciones de prevención y custodia, que no son adecuadas para una agencia de investigación moderna.
Vía libre para la persecución
El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) advirtió que la falta de claridad en muchas de las modificaciones abre ventanas para la criminalización de organizaciones sociales, la represión de protestas, el ciberpatrullaje masivo de opositores y otras intervenciones sin control judicial.
“Se presenta como un nuevo perfil que estaría más vinculado a los delitos federales, pero se ve una ampliación de facultades policiales, como tareas de inteligencia o espionaje en el espacio digital”, explica Victoria Darraidou, coordinadora del equipo de Seguridad democrática y Violencia Institucional del CELS, que lamentó que la reforma se haga por decreto y, de esa forma, se evite una discusión importante en el Congreso.
La PFA mantendrá facultades como detener personas por averiguación de identidad durante diez horas, que es un permiso que se introdujo en 1991. Pasó mucha agua bajo el puente desde entonces. Entre otras cosas, la Argentina fue condenada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) por lo que pasó con Walter Bulacio, detenido por la PFA a la salida de un recital. Pese a que tenía 17 años, la PFA nunca le informó a su familia. Walter murió días después en el hospital por los golpes que había recibido mientras estaba detenido.
“Hubo fallos de la Corte-IDH para que la Argentina cambiara sus normas”, apunta la exministra de Seguridad Sabina Frederic, que impulsó durante su gestión la discusión sobre la reforma de la Ley Orgánica de la PFA –que no llegó a llevarse al Congreso. “El decreto es muy ambiguo y deja muchas ventanas abiertas”, añade.
Se permiten requisas en la vía pública y en operativos de prevención sin orden judicial. Si bien es una facultad que ya tenía la PFA, la publicación del decreto un día antes de la movilización contra la prisión de Cristina Fernández de Kirchner generó suspicacias. De hecho, Daniel Catalano, secretario general de la regional Capital de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), presentó un hábeas corpus preventivo y colectivo para evitar detenciones.”Ante esa amenaza, que afecta tanto la libertad ambulatoria, el derecho a la protesta social y la integridad física de las personas que concurran, en razón de los hechos de público y notorio conocimiento, es que solicito la intervención judicial para proteger tales derechos esenciales”, dice la presentación que hizo con el patrocinio del abogado Rodolfo Yanzón.
En línea con la resolución que la ministra Bullrich firmó el año pasado, se habilita a la PFA a hacer ciberpatrullaje. También puede hacer tareas de inteligencia, accediendo a bases de datos públicas o pedir tener acceso a bases privadas. Desde el CELS advierten que hay una incompatibilidad con pronunciamientos de la Corte IDH. Por ejemplo, en el fallo Miembros de la Corporación Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” (CAJAR) versus Colombia, la Corte IDH estableció que las tareas de inteligencia tendrían que ser excepcionales y estar justificadas de cara a fines específicos.
“El Ministerio de Seguridad no fija estándares. No hay protocolos claros. El punto es la interpretación. Todo el tiempo, las fuerzas de seguridad hacen ciberpatrullaje y el Poder Judicial lo convalida. La falta de control del Poder Judicial es el problema”, subraya Claudio Pandolfi, docente de Legislación en Seguridad Ciudadana de la Universidad Nacional de Lanús (UNLa).
Desde la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (Correpi) pusieron el acento en que la PFA está facultada a recabar información y asegurar pruebas para ser presentadas al Ministerio Público o al Poder Judicial. “O sea, en lugar de investigar hechos o personas a pedido del Poder Judicial, es la policía la que decide qué elementos reunir, respecto de qué hecho, para luego dar inicio a una causa judicial”, destacaron.
Reforma de la Policía Federal sin el Congreso: más facultades sin orden judicial
Con la reforma de la ley orgánica de la PFA por decreto, agentes de la policía podrán realizar tareas de espionaje y detención sin orden judicial. La falta de claridad sobre algunos de los cambios normativos permite la criminalización de organizaciones, la represión de protestas y el patrullaje en redes sociales.
El gobierno nacional decidió reformar la ley orgánica de la Policía Federal Argentina (PFA). A través de un decreto delegado (383/2025), cambia su perfil y lo enfoca en la prevención e investigación de delitos complejos y en la “seguridad del Estado”. La falta de claridad en muchas de las modificaciones abre ventanas para la criminalización de organizaciones sociales, la represión de las protestas, el ciberpatrullaje masivo de opositores y otras intervenciones sin control judicial. Esta transformación va en línea con las políticas de seguridad de Patricia Bullrich que, bajo una narrativa de modernización, entrega facultades discrecionales y controles débiles sobre la actuación de esa fuerza.
La reforma por decreto de la PFA evita una discusión tan relevante como el cambio de objetivos, funciones, misiones y el propio enfoque de seguridad que debe tener esa fuerza policial. El nuevo decreto incorpora la idea de seguridad “del Estado”, que no está presente en la actual ley de Seguridad Interior y marca un cambio de paradigma respecto de la doctrina que predominó desde la recuperación democrática, centrada en la seguridad pública o de la ciudadanía.
Este decreto dispone que la misión principal de la PFA es prevenir, detectar e investigar delitos federales y complejos. Pero la construcción de una “agencia federal de investigación” puede hacerse de maneras muy diferentes. Porque una cosa es considerar que la criminalidad compleja es uno de los problemas más serios y que debe ser desarticulada con eficacia, para lo que hay que poner el foco en la violencia, las connivencias institucionales y la ruta del dinero. Y otra es utilizar la gravedad del asunto para promover la ampliación de facultades policiales, el debilitamiento de los controles a la actuación de las fuerzas de seguridad y de las garantías para las personas. Este último fue el camino elegido por la “Ley Anti Mafia”. En el mismo sentido se orienta esta reforma que hizo el Ejecutivo de la Policía Federal Argentina. Otorga numerosas facultades sin orden judicial: de detención (a contramano de las obligaciones que se desprenden del fallo de la Corte IDH en el caso Bulacio), de ciberpatrullaje, es decir, la posibilidad de espiar fuentes abiertas (páginas de internet, plataformas, redes sociales) y la posibilidad de realizar requisas en situaciones indefinidas denominadas “operativos de prevención”.
También se agrega como funciones de la PFA “colaborar en el mantenimiento del orden público y de la seguridad” y se suman artículos que permiten la intervención de esta policía en diversas jurisdicciones, lo que podría justificar la decisión política del gobierno nacional de reprimir la protesta en la Ciudad de Buenos Aires.
La constitucionalidad de este decreto está en discusión. La reforma excede las facultades del Poder Ejecutivo, a pesar de que se invocan las delegadas por la “Ley Bases” como fundamento para la decisión. El texto cita los artículos 2 y 3 que refieren a una reforma eficaz del Estado y a la modificación de competencias y funciones. Sin embargo, lo que se está haciendo en los hechos no es una reforma administrativa, sino una transformación sustancial en seguridad –con un impacto en la vida privada, en la libertad de circulación, entre otras garantías–, que no fue delegada por la Ley Bases.
En las jurisdicciones en las que se modificaron las leyes orgánicas de las policías o las leyes locales de seguridad (CABA, provincia de Buenos Aires, Chaco, entre otras) el debate siempre se dio a través de un proceso legislativo. Además, la reforma de la ley orgánica de la Policía Federal por decreto no cumple con la obligación constitucional de regular cuestiones penales tan importantes como la facultad estatal para realizar requisas y vigilancia secreta por ley formal, es decir por una ley sancionada por el Congreso.
Todas estas modificaciones se vuelven más graves en un momento en el que observamos indicios de procesos de politización del aparato de seguridad y que se suman al contenido de un Plan Nacional de Inteligencia de la SIDE, que amplía el secreto y el espionaje a periodistas y opositores.