Petro ganó tutela en la Corte Constitucional y ya no será investigado por el CNE
Por Rafael Alberto Aristizábal
El presidente Gustavo Petro ganó la tutela que se debatía en la Corte Constitucional sobre el futuro de la investigación en su contra por la presunta violación de topes en su campaña a la presidencia en 2022.
La Sala Plena del alto tribunal, en una decisión reñida, determinó que la única autoridad que puede investigar al jefe de Estado por estos hechos es la Comisión de Acusaciones y no el Consejo Nacional Electoral como venía ocurriendo.
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“DECLARAR que la Cámara de Representantes es la autoridad competente para asumir la investigación respecto del ciudadano Gustavo Francisco Petro Urrego, en su calidad de presidente de la República, por las presuntas irregularidades en la financiación y presentación de informes de ingresos y gastos frente a las campañas de consulta interpartidista y presidenciales de primera y segunda vuelta del año 2022 de la Coalición Pacto Histórico, de las cuales fue candidato» señaló la magistratura.
La Corte Constitucional, en su pronunciamiento, asimismo ordenó que desde el Consejo Nacional Electoral (CNE), donde era investigado el jefe de Estado, se envíen las diligencias a la Comisión de Acusaciones en un término máximo de cinco días para lo de su competencia, asignada en esta decisión: “…que esta corporación ejerza las competencias que le corresponden respecto del presidente de la República Gustavo Francisco Petro Urrego, de conformidad con lo indicado en el resolutivo de esta providencia” agregó la Corte.
Además, en la determinación, la Sala Plena también dejó en firme la competencia del CNE para investigar a todos los demás integrantes de la campaña Petro Presidente 2022 así: “DECLARAR que el Consejo Nacional Electoral es competente para investigar a las campañas, partidos, movimientos o a cualquier miembro de las campañas de consulta interpartidista y presidenciales de primera y segunda vuelta del año 2022 de la Coalición Pacto Histórico, por las presuntas irregularidades en la financiación y presentación de informes de ingresos y gastos, con excepción del candidato y hoy presidente” se lee.
Por otra parte, y en vista del conflicto de competencias que se suscitó entre el CNE y la Comisión de Acusaciones, el cual terminó siendo resuelto por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, la Corte Constitucional exhortó al congreso a reglamentar la materia, con miras a que se garantice “el derecho fundamental al debido proceso, la estabilidad institucional y la separación de funciones del poder público”.
Los votos que se apartaron de la decisión mayoritaria favorable al presidente fueron los de los magistrados Jorge Enrique Ibáñez, José Fernando Reyes, Lina Marcela Escobar y Paola Meneses Mosquera.