Precariedad laboral en la agroexportación peruana

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Precariedad laboral en la agroexportación peruana

Fernando Cuadros Luque

Según información estadística oficial del MEF y MTPE, las exportaciones agropecuarias no tradicionales de nuestro país son 28 veces mayores que en el año 2000 (US$ 11 mil 164 millones). Ello ha venido acompañado de un incremento significativo de las utilidades empresariales (74% en la gran empresa el 2023, por ejemplo) y del empleo formal (5% en promedio al año), pero no de las remuneraciones y otros beneficios (condiciones laborales) de los trabajadores de la agroexportación, como veremos a continuación.

De acuerdo a la planilla electrónica del MTPE, existen 400 mil trabajadores formales en la agroexportación, quienes representan menos del 10% de la población ocupada en toda la agricultura, es decir, un grupo todavía minoritario. El 91% se concentra en Ica (28%), La Libertad (24%), Piura (16%), Lambayeque (13%) y Lima (10%), regiones de la costa.

El 60% del empleo formal de la agroexportación está constituido por hombres y 40% por mujeres, aunque la participación de estas últimas viene subiendo de manera importante.
Por otro lado, los trabajadores jóvenes (menores de 30 años de edad) representan el 77% y los de 30 años a más, el 23%, brecha que cada vez se hace más pronunciada.

Si bien parecería una buena noticia la inclusión de más mujeres y jóvenes en la agroexportación, lo cierto es que su contratación suele darse en condiciones menos favorables que las de sus pares varones y adultos de 30 años a más (en términos remunerativos, por ejemplo).

“94% de trabajadores del sector agroexportador forma parte de grandes empresas (que concentran el 92% de los ingresos del ramo) y solo 6% de micro y pequeñas empresas. Es más, solo 18 empresas absorben al 50% de todo el empleo formal en la agroexportación”.

En cuanto al tamaño de las empresas donde labora el personal del sector agroexportador, 94% forma parte de grandes empresas (que concentran el 92% de los ingresos del ramo) y solo 6% de micro y pequeñas empresas. Es más, solo 18 empresas absorben al 50% de todo el empleo formal en la agroexportación.

Ello muestra que se trata de un sector altamente concentrado en grandes capitales, en lo que se refiere al empleo e ingresos generados.

Respecto al tipo de relación laboral, 94% del personal tienen contratos temporales, a pesar que el 70% de los trabajadores de la agroexportación realizaría labores de naturaleza permanente en la práctica, lo cual implicaría un uso inapropiado de los contratos a plazo fijo. Así, solo el 6% tiene un contrato estable, cifra que se reduce año tras año.

Dicha situación restringe la inversión en capacitación laboral de las empresas, limita el acceso al sistema financiero para los trabajadores, genera discontinuidad en los aportes a la seguridad social y, fundamentalmente, desincentiva el ejercicio de los derechos laborales colectivos, ante el temor a la no renovación de los contratos temporales o la exclusión de futuras contrataciones, lo cual se refleja en el decreciente y paupérrimo nivel de sindicalización y acceso a la negociación colectiva de mejores remuneraciones y condiciones laborales (2%).

Esto ha implicado que el crecimiento de la agroexportación no se traduzca necesariamente en incrementos significativos en los ingresos para los trabajadores, los cuales mejoran básicamente cuando sube la remuneración mínima general. Así, en el periodo 2000-2020, la productividad promedio de los trabajadores formales de la agroexportación creció 50% más que sus remuneraciones promedio reales, quedándose las empresas con dicha diferencia.

Incluso, desde el 2018 a las 2023 dichas remuneraciones se redujeron en casi 30% (con 5 años de caídas consecutivas), lo cual ha conllevado un empeoramiento de la capacidad adquisitiva de bienes y servicios de los trabajadores, situación que no es congruente con el desarrollo mostrado por el sector agroexportador (ver gráfico).

En tal sentido, cabe precisar que la remuneración promedio de los trabajadores de la agroexportación apenas supera los S/ 1300 mensuales, cifra que incluye la proporción correspondiente de gratificaciones y CTS (con lo cual esta última ha perdido su rol de protección para periodos de desempleo). Estamos ante un sector donde básicamente se paga la remuneración mínima.

En promedio, los trabajadores varones suelen percibir mayores remuneraciones que las mujeres (S/ 1360 vs. S/ 1202), al igual que los sindicalizados respecto a quienes no lo están (S/ 1471 vs. S/ 1296), gracias a su acceso a la negociación colectiva.

Por otro lado, el aporte recortado a EsSalud de 9% a 6% de las remuneraciones por parte de los agroexportadores, genera un déficit de cerca de S/ 400 millones anuales, lo cual afecta la sostenibilidad financiera de EsSalud y la calidad de los servicios brindados a los trabajadores del campo.

Considerando lo señalado, queda claro que urge reformar la actual ley agraria (Ley N°31110), de tal forma que la nueva regulación equipare totalmente los derechos laborales y de seguridad social de los trabajadores agrarios con los del régimen general; brinde estabilidad laboral (continua o discontinua, según corresponda); garantice el ejercicio del derecho a la sindicalización y fomente la negociación colectiva; continúe reduciendo progresivamente los beneficios tributarios otorgados a la agroexportación; etc.

“Del 2018 al 2023 las remuneraciones promedio reales se redujeron en casi 30%, lo cual ha conllevado un empeoramiento de la capacidad adquisitiva de bienes y servicios de los trabajadores, situación que no es congruente con el desarrollo mostrado por el sector agroexportador”.

No obstante, el Congreso acaba de aprobar, en primera votación, una nueva ley agraria que no soluciona la problemática analizada, sino que restablece un conjunto de beneficios tributarios para las grandes agroexportadoras (como la reducción de la tasa de impuesto a la renta a la mitad), los cuales generarán que el Estado deje de recaudar cerca de S/ 20 mil millones en los próximos 10 años; sin duda, un nuevo subsidio a la rentabilidad de un sector que no lo requiere, cuyo costo será asumido por los demás contribuyentes y todos los usuarios de servicios públicos, como salud, educación y seguridad, vía un empeoramiento de su calidad.

Además, se limita la fiscalización laboral de la SUNAFIL a las grandes agroexportadoras (25% de las actuaciones de inspección vs. 75% en el resto de la agricultura, donde predomina el empleo autónomo), a pesar de las numerosas denuncias de violación de derechos laborales en diversas materias: incumplimiento del pago de beneficios laborales, despidos arbitrarios, desnaturalización de los contratos temporales, prácticas antisindicales, malas condiciones de seguridad y salud en el trabajo, etc.

Por otra parte, la ley aprobada en primera votación establece la digitalización de las notificaciones de los documentos laborales, como contratos, boletas de pago y reglamentos, lo cual podría complicar el acceso a dicha información para un segmento de la población que no necesariamente está familiarizado con ese canal, como son los trabajadores de la agroexportación.

Para evitar que la referida ley, nefasta para los intereses del país, sea ratificada en segunda votación, resulta fundamental la incidencia que puedan tener los trabajadores agrarios organizados, vía el ejercicio de su derecho constitucional a la protesta y la persuasión con argumentos a los legisladores.
Es una excelente noticia para nuestro país el crecimiento de un sector como el agroexportador, intensivo en trabajo; no obstante, para que ello se traduzca en desarrollo para la mayoría, debe ir acompañado de una mejora proporcional y significativa en las remuneraciones y condiciones laborales de los trabajadores, además de minimizar su impacto ambiental.

*Economista de la Universidad del Pacífico. Ex viceministro de promoción del empleo

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