Uruguay | Ex comandante en Jefe de la Armada cumple prisión domiciliaria por investigación sobre torturas durante la dictadura

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Procesaron con prisión domiciliaria al excomandante en jefe de la Armada Tabaré Daners

Escribe Pablo Manuel Méndez

El excomandante en Jefe de la Armada Tabaré Daners fue procesado con prisión domiciliaria en la causa que investiga torturas en el centro de detención clandestino del cuerpo de Fusileros Navales entre 1977 y 1978, según informaron a la diaria fuentes judiciales. La jueza en lo penal de 23°, Isaura Tórtora, dispuso el procesamiento de Daners por cinco delitos de abuso de autoridad contra los detenidos y cinco delitos de privación de libertad contra militantes del Partido Comunista, la Unión de Juventudes Comunistas que fueron detenidos en 1977 y torturados en la sede del Fusna.

La causa investiga la detención y torturas contra los militantes Jorge Vera Pereira, que tenía 21 años cuando fue detenido, Juan Picone Dacunto, de 41 años en el momento de la detención, Sergio Iván Alvarez, de 31 años, Edison Rodríguez Fernández, de 30 años, Heber Luis Saldía, de 24 años, Luis Alberto Ocampo, de 27 años, Mario César Nogueira López, de 41 años, Álvaro Enrique Rodríguez De Sanctis, Antonio Arvelo Pérez, de 57 años y Graciela Beatriz Lifnelli Sorrentino, de 21 años.

Los detenidos fueron sometidos a interrogatorios con torturas, entre ellas submarino, plantones, picana eléctrica y golpes de diversa intensidad. El centro clandestino del Fusna estaba a cargo del capitán de corbeta Jorge Juansolo, fallecido, mientras que el enlace de inteligencia de la unidad era el alférez de navío Jorge Tróccoli, condenado en Italia por violaciones a los derechos humanos contra ciudadanos italianos en el marco del Plan Cóndor, mientras que Daners era juez sumariante de la unidad.

Los testimonios obtenidos en la investigación señalan que, como juez sumariante, Daners operaba en una pieza continua a donde las víctimas del terrorismo de Estado eran torturadas. “En ese momento en el fusna la persona que nos interrogó sin capucha fue el juez sumariante Tabaré Daners, nos interrogó cara a cara a unos metros de la sala donde nos torturaban, estaba claro que uno firmaba y volvía”, declaró en la causa el senador Eduardo Brenta.

Otro de los testigos, Jorge Florentino Secco, declaró: “Cuando nos pasan al presumariante, el Sr. Danners, nos llevan a una pieza chiquita en la que me sentaron, me sacaron la capucha y las ataduras. Entró el Sr. Danners y se presentó como capitán de navío y me trajo una declaración para que firmara. Como que yo había hecho esa declaración. Le dije que no había declarado eso y dijo que si no firmaba eso, volvía a la tortura. Yo no quería volver a la tortura, así que firmé la declaración en la que me inculpaba de pertenecer a los grupos de acción unificadora, cosa que no había reconocido hasta ese momento. Y bueno, firmé. A la tortura nadie quiere volver”.

En la sentencia, la jueza Tórtora señala que de la investigación se desprende que Daners era una “persona de confianza de la máxima jerarquía del Fusna, siendo impensable que no obrara en su conocimiento los tratos crueles, inhumanos y degradantes a los que fueron sometidos los denunciantes de obrados, siendo parte de la organización diseñada para la persecución de las personas que se opusieran al régimen instaurado”.

Otra de las evidencias utilizadas fue parte de su legajo en el que se le reconoce su accionar como juez sumariante del Fusna: “En su carácter de Juez Sumariante de la Unidad, cumple esa función con amplio dominio y conocimiento de la misma. Esta función le demanda una atención constante debido a la cantidad de detenidos que son apresados por la Unidad, por lo que debe sacrificar sus horas francas, lo que hace con gran voluntad, abnegación y sentimiento del deber, colaborando de esa manera en forma eficaz con el Comando”.

“Es innegable su conocimiento respecto de lo que ocurría en la dependencia militar en que prestaba funciones en aquel entonces. De dicho extremo deriva la conclusión de que los efectivos que procedieron a la detención y luego al interrogatorio bajo extremos apremios físicos y psicológicos aplicados respecto de las víctimas actuaban con la certeza de que su accionar no sería juzgado. Por tanto, el accionar del encausado que no impidió los sucesos ocurridos, colaboró en que los mismos acontecieran”, expresó Tórtora en la sentencia.

LA DIARIA

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