Expresidente Pedro Castillo es sentenciado a 11 años 5 meses y 15 días de prisión por el delito de rebelión
El expresidente de la República, Pedro Castillo, fue sentenciado a 11 años, 5 meses y 15 días de prisión al hallársele culpable del delito de conspiración para la rebelión. Fue absuelto de los delitos de abuso de autoridad y grave perturbación de la tranquilidad pública. La Fiscalía había pedido 34 años de cárcel para él y Betssy Chávez, quien tendrá la misma pena privativa. Mientras pidieron 15 años para Aníbal Torres, pero no irá a prisión porque se le suspendió la pena por 6 años y 6 meses.
Así lo determinó la Sala Penal Especial de la Corte Suprema, que preside el juez supremo José Neyra Flores e integran los magistrados Iván Guerrero López y Norma Carbajal Chávez, quienes dieron a conocer el sentido del fallo al que llegaron. La audiencia inició a los pocos minutos de las 9:00 horas como se había fijado.
La sentencia determina: condenar a Pedro Castillo como coautor de conspiración para una rebelión imponiendo 11 años, 5 meses y 15 días de pena privativa de libertad, descontando la carcelería actual, vence el 21 de mayo de 2034.
Asimismo, condenar a Betssy Chávez como coautor de conspiración para una rebelión imponiendo 11 años, 5 meses y 15 días de pena privativa de libertad, descontando la carcelería actual, vence el 21 de mayo de 2034.
¿Qué pasará con Aníbal Torres y Willy Huerta?
La sentencia dada por votos en mayoría, también contempla, condenar a Aníbal Torres como coautor de conspiración para una rebelión, imponiendo 6 años y 6 meses de pena privativa de libertad.
Condenar a Willy Huerta como coautor de conspiración para una rebelión imponiendo 11 años, 5 meses y 15 días de pena privativa de libertad.
Tanto a Torres como a Huerta se les suspende la pena privativa y se les impone restricciones de comportamiento mientras dure la pena impuesta.
Los magistrados también impusieron a Pedro Castillo, Willy Huerta y Betssy Chávez a 2 años de inhabilitación para ejercer cargo público alguno y para Aníbal Torres solo 1 año.
Algunas consideraciones de los argumentos de la sentencia
Como se recuerda tras los alegatos finales el último 21 de noviembre, la Sala Penal debía emitir la sentencia contra el expresidente.
La jueza que leyó la sentencia, dijo que, «si bien es verdad que está indiscutiblemente probado que Pedro Castillo resolvió en su condición de presidente de la República atentar contra el orden constitucional, empero, de los hechos probados, no se aprecia haberse configurado plenamente la mínima organizatividad de un alzamiento en armas», continúa.
Es así que, «desde la exigencia del tipo penal, no es factible afirmar que finalmente lograron en una fase ejecutiva del delito de rebelión. No perfeccionaron al final de cuentas el levantamiento colectivo», refirió.
También dijo que «no se ha evidenciado que el plan de operaciones para la Toma de Lima tenga relación con una pretendida irrupción del orden constitucional», dijo el juzgado.
