Chile | La organización Human Rights Watch advierte que la reforma de seguridad del presidente pone en riesgo los DDHH
Human Rights Watch acusa “peligrosa usurpación de poder” en reforma de Kast y llama al Congreso a rechazarla
La organización Human Rights Watch (HRW) instó este martes al Congreso de Chile a rechazar la reforma constitucional en materia de seguridad impulsada por el presidente José Antonio Kast, al considerar que la iniciativa representa “una peligrosa usurpación de poder” que amenaza derechos fundamentales y el equilibrio institucional del país.
El proyecto, ingresado al Senado el pasado 18 de agosto, contempla ocho modificaciones a la Carta Fundamental y desde La Moneda argumentar que busca fortalecer la lucha contra el crimen organizado. Sin embargo, la organización internacional alertó que la propuesta otorga al mandatario una autoridad prácticamente ilimitada para declarar estados de emergencia ante cualquier situación que considere una amenaza inminente para la “seguridad pública”, sumándose a los cuatro tipos de estados de excepción ya contemplados en la Constitución .
El nuevo estado de emergencia por “seguridad pública” podría extenderse hasta 240 días sin requerir la aprobación del Congreso, un periodo que HRW calificó como excesivo para un régimen de excepción . Durante su vigencia, Kast quedaría facultado para “suspender o restringir la libertad personal y de locomoción y el derecho de reunión”, así como para “restringir el ejercicio del derecho de asociación; interceptar, abrir o registrar documentos y toda clase de comunicaciones y disponer de requisiciones de bienes” .
La propuesta también establece que la conducción de la “zona afectada” quedaría en manos de un Oficial General de las Fuerzas Armadas o de Carabineros designado directamente por el Presidente . A ello se suma una nueva facultad presidencial para declarar a ciertos grupos como organizaciones terroristas o criminales sin que el proyecto especifique los efectos legales de dicha calificación, así como la creación de “regímenes penitenciarios diferenciados” que impondrían restricciones a visitas y beneficios para determinadas categorías de detenidos.
Human Rights Watch subrayó que la amplitud de estas facultades contraviene los compromisos internacionales asumidos por Chile. La organización recordó que el artículo 4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos permite suspender obligaciones de derechos humanos solo en “situaciones excepcionales que pongan en peligro la vida de la nación” y exige que las medidas sean “estrictamente limitada[s] a las exigencias de la situación” .
Recordó que de manera similar, el artículo 27 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos establece que cualquier suspensión de garantías debe ser estrictamente necesaria, proporcional a la emergencia y «consistentes con otras obligaciones de derecho internacional».
“Las reformas constitucionales propuestas amenazan los derechos de los chilenos y ponen en peligro sus instituciones”, afirmó Juanita Goebertus, directora para las Américas de Human Rights Watch . “Se trata de una peligrosa usurpación de poder que pone en riesgo los derechos de todos los chilenos”, enfatizó, citada en un comunicado de prensa.
La organización concluyó que las reformas propuestas, “con su amplia concesión de facultades para suspender o restringir los derechos humanos fundamentales, no se ajustan ni intentan ajustarse a las obligaciones internacionales de Chile” .
“En lugar de proteger a los chilenos, esta propuesta, que crea un nuevo tipo de estado de emergencia y amplía las facultades presidenciales, pone en riesgo los derechos a la libertad de reunión y de asociación”, sentenció Goebertus .
Chile: El Senado debería rechazar la propuesta de reforma constitucional
El Congreso chileno debería rechazar una propuesta de reforma constitucional impulsada por el presidente José Antonio Kast que pondría en peligro una amplia gama de derechos humanos, afirmó hoy Human Rights Watch.
El 18 de agosto de 2026, el gobierno chileno presentó ante el Senado una propuesta de ocho reformas constitucionales, con el objetivo declarado de reforzar la lucha contra el crimen organizado. Entre otras, la propuesta otorgaría al presidente una autoridad prácticamente ilimitada para declarar estados de emergencia en respuesta a cualquier situación que considere una amenaza inminente para la “seguridad pública”. Esto se sumaría a los cuatro tipos de estados de emergencia ya previstos en la Constitución chilena.
“Las reformas constitucionales propuestas amenazan los derechos de los chilenos y ponen en peligro sus instituciones”, afirmó Juanita Goebertus, directora para las Américas de Human Rights Watch. “Se trata de una peligrosa usurpación de poder que pone en riesgo los derechos de todos los chilenos”.
El nuevo estado de emergencia por “seguridad pública” podría durar hasta 240 días sin requerir la aprobación del Congreso y otorgaría al presidente la autoridad de “suspender o restringir la libertad personal y de locomoción y el derecho de reunión” y “restringir el ejercicio del derecho de asociación; interceptar, abrir o registrar documentos y toda clase de comunicaciones y disponer [de] requisiciones de bienes”. La propuesta establece que un Oficial General, ya sea de las fuerzas armadas o de los Carabineros de Chile, nombrado por el presidente, se encargará de la “zona afectada” declarada en emergencia.
La propuesta de reforma constitucional también otorgaría al presidente una nueva facultad para declarar a ciertos grupos como organizaciones terroristas o criminales, pero no especifica los efectos legales de dicha declaración.
La propuesta también crearía “regímenes penitenciarios diferenciados”, que incluirían restricciones a las visitas y a los beneficios penitenciarios para ciertas categorías de detenidos.
Con arreglo al artículo 4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, los gobiernos pueden suspender algunas de las obligaciones de derechos humanos establecidas en el Pacto “en situaciones excepcionales que pongan en peligro la vida de la nación”. Las suspensiones deben ser solo aquellas “estrictamente limitada[s] a las exigencias de la situación”.
Asimismo, el artículo 27 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos permite a los gobiernos suspender algunas obligaciones de derechos humanos en caso de “guerra, de peligro público o de otra emergencia que amenace la independencia o seguridad del Estado”, siempre que tales medidas sean estrictamente necesarias para hacer frente a las exigencias de la situación y sean consistentes con otras obligaciones de derecho internacional.
Las reformas propuestas, con su amplia concesión de facultades para suspender o restringir los derechos humanos fundamentales, no se ajustan ni intentan ajustarse a las obligaciones internacionales de Chile, señaló Human Rights Watch.
“En lugar de proteger a los chilenos, esta propuesta, que crea un nuevo tipo de estado de emergencia y amplía las facultades presidenciales, pone en riesgo los derechos a la libertad de reunión y de asociación”, dijo Goebertus.
