Ecuador | Misión Internacional de Observación y Solidaridad denuncia el avance de la represión, la militarización y el extractivismo en el Gobierno de Noboa
Informe internacional alerta de un «deterioro acelerado» de los derechos humanos en Ecuador
Siete organizaciones no gubernamentales alertan un deterioro acelerado de los derechos humanos en Ecuador por la militarización y la criminalización
Un informe elaborado por siete organizaciones internacionales denunció este jueves en Quito un deterioro acelerado de las condiciones para la defensa de los derechos fundamentales en Ecuador, impulsado por el avance de la militarización, la represión estatal y el extractivismo. La investigación, presentada en rueda de prensa tras una misión de observación que recorrió comunidades como Imbabura y dialogó con defensores y autoridades, advirtió que la estrategia de seguridad del Gobierno vulnera el estado de derecho y limita la consulta libre e informada de las poblaciones indígenas.
Crisis de derechos humanos y seguridad militarizada
El documento, titulado ‘Ataques y criminalización contra la sociedad civil en un contexto de militarización y extractivismo en Ecuador’, recoge las conclusiones de una misión internacional de observación desarrollada en marzo de este año. La delegación sostuvo encuentros con comunidades indígenas y campesinas de diversas zonas del país —entre ellas la provincia andina de Imbabura—, así como con autoridades públicas y activistas locales.
Durante la presentación del balance en Quito, Natalia Yaya, representante de la Federación Internacional por los Derechos Humanos (FIDH), expresó la preocupación del colectivo frente a los hallazgos en territorio:
Lo que observamos nos alertó profundamente. Esto requiere atención inmediata. Los hallazgos no son casos aislados, son tendencias preocupantes. El enfoque de seguridad militarista actual, lejos de resolver los problemas del país, está generando nuevas violaciones de derechos humanos. Si no se toman medidas urgentes, Ecuador podría encaminarse a una situación en la que las libertades fundamentales y el estado de derecho se vean profundamente comprometidas – Natalia Yaya, representante de la Federación Internacional por los Derechos Humanos (FIDH)
Por su parte, Soraya Gutiérrez, secretaria general de la FIDH, cuestionó la implementación recurrente de medidas de excepción en las políticas públicas del Ejecutivo:
Las medidas excepcionales no pueden convertirse en la nueva normalidad y los conflictos socioambientales no pueden resolverse con la militarización de los territorios. – Soraya Gutiérrez, secretaria general de la FIDH
Protestas indígenas de 2025 y uso desproporcionado de la fuerza
La investigación documentó patrones sistemáticos de represión y criminalización durante las movilizaciones registradas en el marco del paro nacional convocado por el movimiento indígena en 2025, el cual rechazaba la eliminación del subsidio al diésel decretada por el presidente Daniel Noboa.
El informe calificó la respuesta institucional como una «falta de Estado», señalando el incumplimiento de los estándares internacionales sobre el uso progresivo de la fuerza.
Saldo de las manifestaciones de 2025:
- 3 personas fallecidas durante las jornadas de protesta.
- Más de 400 heridos reportados a nivel nacional.
- Procesos de criminalización dirigidos contra manifestantes y dirigentes sociales.
Impacto del extractivismo en los territorios y demandas al Estado
El análisis concluyó que el incremento de proyectos extractivos ha menoscabado el derecho de las comunidades a decidir de manera libre e informada sobre el uso de sus tierras, alterando de forma directa sus formas tradicionales de vida.
Carla Moscoso, delegada de la Coalición para la Solidaridad Internacional 11.11.11, remarcó las contradicciones normativas que atraviesa el país andino:
Ecuador reconoce los derechos de la naturaleza y de los pueblos indígenas, pero son derechos tensionados. – Carla Moscoso, delegada de la Coalición para la Solidaridad Internacional
Exigencias puntuales dirigidas al Gobierno de Ecuador:
- Abandonar el enfoque militarizado en la gestión de la seguridad pública interna.
- Poner fin a la criminalización de manifestantes y líderes comunitarios.
- Garantizar la independencia judicial en los procesos abiertos contra defensores.
- Respetar los derechos colectivos y las decisiones de las comunidades frente a actividades extractivas.
Pronunciamientos
Cesen los ataques de militares estadounidenses contra nuestros pescadores.
Las organizaciones firmantes expresamos nuestra profunda preocupación frente a la escalada de operaciones de abordaje violento, privación ilegal de la libertad, desaparición forzada temporal, tortura y destrucción de embarcaciones pesqueras ecuatorianas ocurridas durante 2026, particularmente respecto de pescadores de la provincia de Manabí. Los hechos documentados ya no pueden ser tratados como episodios aislados pues existe una secuencia reiterada de intervenciones en rutas marítimas utilizadas habitualmente para faenas de pesca, incluidas aguas internacionales entre la zona económica exclusiva continental del Ecuador y la zona económica exclusiva de Galápagos.
Una secuencia que se ha agravado durante 2026.
Desde enero de 2026 el CDH han documentado al menos diez embarcaciones y 181 pescadores tripulantes afectados por abordajes violentos, detenciones arbitrarias, desapariciones forzadas, tortura y destrucciones de embarcaciones por explosiones activadas por militares de Estados Unidos: Fiorella, Negra Francisca Duarte II, Don Maca, Los Tres Hermanos, Conquista II, OM2, María Candelaria, Karla Franshesca, Montecristi y Don Rufo. En varios de estos casos existen elementos materiales, registros de navegación, testimonios, fotografías y videos; en los hechos de finales de agosto y comienzos de septiembre, el propio Comando Sur de los Estados Unidos reconoció operaciones de abordaje y posterior hundimiento de embarcaciones en coordinación y colaboración con el Gobierno del Ecuador.
El caso Fiorella constituye la expresión más grave de esta crisis: ocho pescadores permanecen desaparecidos desde el 20 de enero (1). En marzo, el CDH documentó el ataque a la embarcación Negra Francisca Duarte II ocurrida el 17 de marzo con 16 sobrevivientes y el ataque a la embarcación Don Maca ocurrida el 26 de marzo con 20 sobrevivientes. Los pescadores denunciaron explosiones contra sus embarcaciones, lesiones, permanecer esposados y con capucha durante horas en la cubierta del barco atacante, antes de ser trasladados a las autoridades de la Marina salvadoreña (2). Ver reporte del CDH.
La situación se agudizó a finales de agosto. El 28 de agosto, el Comando Sur reconoció que personal desplegado desde el USS San Antonio abordó a la embarcación Los Tres Hermanos, retiró a sus 14 tripulantes y posteriormente hundió la nave de pescadores. Los pescadores denunciaron haber permanecido inmovilizados, con ojos y oídos cubiertos y bajo prácticas de maltrato (3). El 2 de septiembre se registró el hundimiento de la embarcación Conquista II por parte de militares de Estados Unidos y sus 17 tripulantes fueron desaparecidos de manera temporal y posteriormente entregados a la Marina de Ecuador en la condición de náufragos pero esposados (4). El 3 de septiembre, la embarcación OM2 (5), con 22 pescadores y siete lanchas auxiliares, fue abordada y posteriormente hundida; los propios tripulantes habían enviado videos y fotografías antes de perder comunicación.
El 5 de septiembre se registró dos ataques por parte de miliares de Estados Unidos. La embarcación María Candelaria (6) fue hundida y sus 26 tripulantes sobrevivientes entregados a la Marina de Ecuador y tambien se registró la destrucción de la embarcación Karla Franshesca (7) que dejó 20 tripulantes sobrevivientes. En los casos ocurridos en agosto y septiembre, se difundieron alertas previo a los ataques desde las propias embarcaciones sobre la aproximación y abordaje de fuerzas militares estadounidenses en helicopteros y lanchas rápidas.
El 8 de septiembre se registró dos nuevos ataques. El barco atunero Montecristi es destruido y los 22 tripulantes fueron entregados a guardacosta de Ecuador. Asi también ocurrió luego del hundimiento de la embarcación Don Rufo que incluía a 16 tripulantes. En este caso, fueron entregados seis pescadores y otros 10 tripulantes se habrían alejado del lugar donde ocurrió la intervención y actualmente se encuentran detenidos camino a las Isla Gapagos .
Paralelamente las familias de los tripulantes y comunidades pesqueras exigían información a las autoridades ecuatorianas. La reiteración y proximidad temporal de estos hechos demuestra que la amenaza permanece activa para quienes continúan saliendo a faenar.
Al menos 181 pescadores aparecen involucrados en ocho incidentes denunciados a operaciones estadounidenses con conocimiento del gobierno ecuatoriano. Todos los pescadores actualmente se encuentran en libertad aunque desde el 5 de septiembre los sobrevivientes se encuentre con medidas sustitutica a la prisión preventiva por cargos de asociación ilicitas.
El Estado ecuatoriano no puede delegar sus obligaciones de derechos humanos.
La cooperación militar con Estados Unidos no libera al Ecuador de sus obligaciones constitucionales e internacionales. Si existe sospecha de la comisión de un delito, la respuesta compatible con el Estado de derecho es identificar, detener conforme a la ley, garantizar integridad personal y acceso a la defensa, y poner a las personas a disposición de la autoridad competente. De hecho, durante 2026 existieron operaciones conjuntas en las que personas sospechosas de narcotráfico fueron detenidas y entregadas a la Policía y Fiscalía ecuatorianas. Esto demuestra que la destrucción de embarcaciones, la incomunicación, la ausencia de registros de custodia y los malos tratos no son una consecuencia necesaria de una operación de interdicción (8).
El Estado ha reconocido que estas operaciones se sostienen en investigaciones conjuntas e información de inteligencia, sin embargo no existe ningún proceso judicial o investigativo formal que sostengan dichas acusaciones. Además, no ha hecho públicos protocolos suficientes que regulen el uso de la fuerza, la identificación previa de embarcaciones, el registro de personas privadas de libertad, la comunicación inmediata con sus familias, la asistencia médica o la preservación de evidencia. La sospecha de una actividad ilícita no convierte a una persona en objetivo militar ni habilita la desaparición, la tortura, los tratos crueles o la destrucción automática de sus medios de trabajo.
Conquista 2: una actuación judicial que debe continuar
En relación con la embarcación Conquista 2, el CDH presentó un hábeas corpus instructivo. El juez constitucional de Manta requirió información a distintas instituciones estatales y dispuso que la Cancillería solicite a Estados Unidos información sobre el operativo del 2 de septiembre, la intervención, destrucción y hundimiento de la embarcación, así como la determinación del punto exacto de los hechos y la ubicación de sus restos. El CDH reconoce esta decisión como una buena práctica de fiscalización y control constitucional frente a actuaciones que involucran fuerzas extranjeras y ciudadanos ecuatorianos. Este proceso debe mantenerse abierto, con actividad probatoria suficiente, hasta reconstruir integralmente lo ocurrido y alcanzar una resolución que determine las vulneraciones de derechos y las responsabilidades institucionales correspondientes. Descarque Resolución de Juez por Habeas Corpus del Conquista II.
Una posible dimensión de crímenes internacionales.
La reiteración de privaciones de libertad sin información inmediata sobre el paradero, denuncias de tortura o tratos crueles, ataques contra embarcaciones civiles y destrucciones deliberadas obliga a investigar una posible dimensión de crímenes internacionales. El CDH advierte que, si se acredita que estos hechos forman parte de una política o práctica generalizada o sistemática dirigida contra población civil y ejecutada con conocimiento de dicho ataque, podrían configurarse crímenes de lesa humanidad. Esta calificación no debe utilizarse de forma retórica pues exige investigación seria sobre patrones, cadenas de mando, órdenes operativas, conocimiento, coordinación estatal y responsabilidades individuales.

Por lo expuesto, las organizaciones que suscriben el presente pronunciamiento:
1. RECHAZAN la normalización institucional, por parte del Gobierno ecuatoriano, de procedimientos que han derivado en detenciones arbitrarias, períodos de desaparición o incomunicación y denuncias de tortura y malos tratos contra pescadores en alta mar. La cooperación internacional en seguridad debe estar sometida a la Constitución, al debido proceso y a los estándares internacionales de derechos humanos.
2. DECLARAN PÚBLICAMENTE PERSONA NON GRATA al general Francis L. Donovan, comandante del Comando Sur de los Estados Unidos, por su responsabilidad de dirección sobre operaciones militares reconocidas oficialmente que han afectado a personas y embarcaciones ecuatorianas, y exige que se investigue su eventual responsabilidad de mando y cualquier posible participación en graves violaciones de derechos humanos o crímenes internacionales en los tribunales de Estados Unidos.
3. EXIGE a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) la tramitación y adopción de medidas cautelares colectivas urgentes a favor de la comunidad pescadora de Manabí.
4. EXIGE a la Defensoria del Pueblo del Ecuador a ejercer de manera inmediata y visible su mandato constitucional de protección de los derechos de las y los ecuatorianos. Resulta inaceptable la ausencia de un pronunciamiento institucional contundente frente a una secuencia que ya involucra al menos ocho embarcaciones afectadas y múltiples destrucciones, desapariciones, detenciones y denuncias de malos tratos.
5. ADVIERTE la POTENCIAL EXISTENCIA DE CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD EN ALTA MAR y exige que Fiscalía, las instituciones de control y los mecanismos internacionales competentes la investigación respectiva.
6. RESPALDA la continuidad del control judicial iniciado en el caso Conquista 2 en el marco de la acción de hábeas corpus instructivo y exhorta a que las diligencias ordenadas se ejecuten integralmente, se preserve toda la evidencia y el proceso permanezca activo hasta que exista una resolución de fondo capaz de esclarecer los hechos, reparar las vulneraciones y establecer garantías de no repetición.
Guayaquil-Manabí, Ecuador, 7 de septiembre de 2026
