Presidente José Jerí declara estado de emergencia en Lima y Callao por 30 días
Por Narda Saavedra
El presidente José Jerí anunció la declaratoria de estado de emergencia en Lima Metropolitana y Callao en un mensaje a la Nación que duró apenas 46 segundos. La medida durará 30 días y rige desde esta media noche. El mandatario no brindó más detalles y tampoco lo hicieron los ministros de Estado al salir de Palacio y ser abordados por los periodistas.
El Consejo de Ministros, liderado por el presidente de la república, José Jerí Oré, ha dispuesto el Estado de emergencia en Lima Metropolitana y el Callao.
La medida, con vigencia de 30 días, permitirá planificar, implementar y ejecutar acciones conjuntas para enfrentar con… pic.twitter.com/tGg9vtPmzD
— Presidencia del Perú 🇵🇪 (@presidenciaperu) October 22, 2025
La corta duración del mensaje causó sorpresa, pues se trata de una medida que tiene por objetivo combatir la inseguridad ciudadana que afecta la ciudad y que ya ha generado diversas manifestaciones sociales.
El comunicado presidencial se desarrolló después de una reunión con el Consejo de Ministros realizada este 21 de octubre y que tuvo por objetivo aprobar el decreto supremo.
Estas medidas se aplicarán en el estado de emergencia en Lima y Callao
Tan solo minutos después del mensaje a la nación, el gobierno de José Jerí oficializó la medida por medio de una publicación en el diario oficial El Peruano. En el documento se precisan cuáles serán las medidas que regirán por el periodo de 30 días.
En la resolución se establecen una serie de acciones que incluyen la prohibición de reuniones masivas, patrullaje en paraderos y zonas criticas, prohibición de circulación de dos personas adultas en moto y operativos de control de identidad. A esto se suma la restricción de visitas en los centros penitenciarios y el accionar de las fuerzas combinadas, integradas por la Policía Nacional del Perú, las Fuerzas Armadas y el Serenazgo Municipal.
La Policía Nacional del Perú será el ente encargado de mantener el control del orden interno, con apoyo de las Fuerzas Armadas, «para hacer frente a la criminalidad y otras situaciones de violencia». Será la PNP la que determinará «las zonas de intervención, esencialmente sobre la base de inteligencia, indicadores, estadísticas, mapas del delito, entre otros instrumentos».
Restricción de visitas en los centros penitenciarios
Otro de los aspectos resaltantes es el control penitenciario y telecomunicaciones ilícitas. Se restringirán las visitas en los establecimientos
penitenciarios. Específicamente, se permitirá una visita semanal para los internos del régimen cerrado ordinario y una visita quincenal para los internos del régimen cerrado especial. Este segundo grupo sólo podrán recibir visitas de sus familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.
En tanto, en las acciones para mitigar las telecomunicaciones ilícitas se considera el apagón eléctrico en las celdas, permitiendo únicamente la iluminación y el desmontaje y destrucción de antenas de telecomunicación ilícitas, encargando el sostenimiento a las Fuerzas Armadas.
Fuerzas combinadas y control territorial
También se menciona el trabajo de las fuerzas Combinadas, integradas por la Policía Nacional del Perú, las Fuerzas Armadas y el Serenazgo Municipal. En un trabajo conjunto se ejecutaran las siguientes medidas:
- Control Territorial focalizado en zonas críticas y resguardo de instituciones públicas con participación de las fuerzas combinadas. Se instalan comandos de campaña temporales para las fuerzas combinadas en coordinación con gobiernos subnacionales.
- Sostenimiento del Control Territorial a través de patrullajes a pie de las fuerzas combinadas.
- Patrullaje de las fuerzas combinadas en zonas críticas (Paraderos, estaciones del metro, institucione asociadas a servicios públicos y activos estratégicos, entre otros).
- Operativos de búsqueda y captura de requisitoriados mediante el control de identidad en base al mapa del delito y otros instrumentos dispuestos por el CCO.
- Operativos de control de identidad en inmuebles que incluya el descerraje si fuera necesario, en función a los informes del CCO y/o CI.
- Operativos de control de identidad en vehículos motorizados y no motorizados.
- Operativos de Control de identidad de extranjeros que se encuentren comprendidos dentro de los supuestos del procedimiento sancionador administrativo excepcional especial.
- Prohibición del tránsito de dos personas adultas en vehículos menores motorizados de la categoría vehicular (motos lineales).
- Intervención e internamiento de vehículos en los depósitos autorizados si exhiben documentación adulterada y/o placas ilegibles deterioradas, adulteradas, dañadas, laminadas o con objetos que no permitan la identificación correcta del vehículo.
- Operativos masivos y permanentes de decomiso de armas, municiones, explosivos ilegales y pirotécnicos.
- Control y fiscalización de la fabricación artesanal de pirotécnicos.
- Control y fiscalización de la comercialización y uso ilegal de productos pirotécnicos y sus materiales relacionados de las clases 2 y 3 conforme a la ley de la materia.
- El Sistema de Inteligencia Nacional realizará las pruebas de confiabilidad mediante el uso del polígrafo al personal del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), así como a otros servidores o funcionarios que determine el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC), conforme a los criterios y procedimientos establecidos en la normativa vigente.
- Operativos de Fiscalización de los insumos químicos que sirven para la elaboración de droga