Corte Suprema declara inconstitucional el contrato entre el Estado y Panama Ports
El Pleno de la Corte Suprema de Justicia informó que, en su sesión ordinaria de este 29 de enero de 2026, decidió declarar inconstitucionales la Ley No. 5 de 16 de enero de 1997, sus adendas y el acto de prórroga relacionados con el contrato con Panama Ports Company S.A.
La decisión fue adoptada durante una sesión ordinaria del Pleno, luego de la discusión de dos demandas de inconstitucionalidad identificadas como los expedientes 119313-2025 y 17547-2025.
Las normas declaradas inconstitucionales están relacionadas con el contrato que regula el desarrollo, construcción, operación, administración y dirección de las terminales portuarias de contenedores, Ro-Ro, pasajeros, carga a granel y carga general en los puertos de Balboa y Cristóbal.
El fallo se produjo tras una amplia deliberación de los magistrados y fue comunicado desde el Palacio de Justicia Gil Ponce.
Panama Ports Company rechaza fallo de la Corte Suprema y evalúa acciones legales
Panama Ports Company, S.A. (PPC) manifestó este 29 de enero de 2026 su desacuerdo con la decisión anunciada por el Órgano Judicial, según la cual la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional la Ley N.° 5 de 16 de enero de 1997 y otras normas relacionadas con la concesión portuaria que sustenta las operaciones de la empresa en los puertos de Balboa y Cristóbal.
En un comunicado oficial, la compañía señaló que, aunque aún no ha sido notificada formalmente del fallo, la decisión resulta incompatible con el marco jurídico vigente y con la ley que aprobó el contrato de concesión, el cual ha servido de base para sus operaciones durante casi tres décadas, de acuerdo con la evaluación preliminar realizada por sus asesores legales.
PPC calificó este pronunciamiento como el más reciente episodio de una serie de acciones del Estado panameño que, según la empresa, se han desarrollado durante más de un año y han impactado tanto a la concesión como a su inversionista. En ese contexto, advirtió que estas medidas generan incertidumbre jurídica sobre el futuro de la actividad portuaria bajo su administración.
La empresa destacó que, a lo largo de 28 años de operación, ella y su inversionista han realizado inversiones superiores a los 1,800 millones de dólares en infraestructura, tecnología y desarrollo humano. Según PPC, este monto supera ampliamente la inversión de otros operadores portuarios en el país y ha contribuido a la generación de miles de empleos directos e indirectos, así como al posicionamiento de Panamá como un hub logístico y portuario de referencia mundial.
En el comunicado, PPC recordó que la concesión fue adjudicada mediante una licitación internacional, y afirmó haber cumplido de forma sostenida con sus obligaciones contractuales y legales, incluyendo auditorías efectuadas por el Estado panameño. Asimismo, aseguró haber mantenido una actitud de transparencia y cooperación con las autoridades.
La compañía sostuvo que el fallo anunciado carece de fundamento jurídico, según la información disponible hasta el momento, y advirtió que podría afectar no solo a PPC y a su contrato, sino también al bienestar de miles de familias panameñas que dependen directa o indirectamente de la actividad portuaria. Además, señaló que la decisión sería contraria a precedentes previos de la Corte Suprema sobre contratos de naturaleza similar.
PPC también alertó sobre un posible impacto negativo en la reputación internacional de Panamá, al considerar que la situación podría debilitar la percepción del país como una jurisdicción confiable y como un centro logístico competitivo a nivel global, en un momento en que la estabilidad institucional y el respeto a los contratos son considerados factores clave para atraer inversión.
Finalmente, la empresa reiteró su compromiso con Panamá, con sus trabajadores y con las comunidades de Balboa y Colón, y confirmó que se reserva todos sus derechos, incluyendo la posibilidad de recurrir a instancias legales nacionales e internacionales. Al mismo tiempo, hizo un llamado a la coordinación y al diálogo respetuoso con el Estado para evitar disrupciones y proteger la continuidad de la concesión.
Mulino sobre Panama Ports Company: ‘No habrá improvisación ni despidos’
El presidente José Raúl Mulino destacó la mañana de este viernes 30 de enero que designó a Alberto Alemán Zubieta para analizar las competencias del sistema portuario, con el objetivo de que cada paso del proceso se lleve a cabo de manera ordenada y responsable.
También Mulino reveló que se habían adelantada conversaciones con empresas del sector, pero tenía que destacar la gestión con la compañía APM Terminals Panamá, que ha mostrado disposición para asumir transitoriamente la operación de los puertos de Balboa y Cristóbal. “Esta medida se activará únicamente desde que quede ejecutoriado el fallo que dictó la Corte Suprema hasta que se produzca una nueva concesión, luego de un proceso abierto y participativo”, expresó.
’Nuestros puertos son unos pilares estratégicos para la economía nacional y un eslabón clave para el comercio internacional’, dijo Mulino.
El mandatario resaltó que el fallo del pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) sobre la inconstitucionalidad del contrato entre el Estado panameño y Panama Ports es una decisión de impacto y que requiere de toda su atención, la cual estará orientada a proteger ese activo de todos los panameños.
”Hasta que el fallo quede ejecutoriado se produce un periodo de continuidad del actual operador, sin ningún cambio operativo, después comienza un periodo de transición que se culmina con una nueva consesión bajo terminos y condiciones favorables para nuestro país”, detalló el presidente.
Mulino aseguró que no habrá improvisación y que instruyó a la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) a coordinar estrechamente con Panama Ports Company.
AMP y la empresa portuaria deben coordinar de “inmediato” las acciones para que prosigan las operaciones.
Asimismo, señaló que el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral acompañará el proceso para garantizar que la transición en los puertos se realice de forma fluida y transparente como ente rector de las relaciones laborales en el país.
”Ahora quiero dirigirme a los trabajadores, quiero ser claro su fuente de trabajo es el activo más importante de nuestras terminales y está garantizado, no se producirán despidos”, aseguró Mulino.
La noche de este jueves 29 de enero se conoció que el pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) decidió declarar inconstitucionales la Ley N.° 5 del 16 de enero de 1997, sus adendas y el acto de prórroga relacionados con el contrato de concesión con Panama Ports Company, S. A.
La decisión fue adoptada durante una sesión ordinaria del pleno, tras la discusión de dos demandas de inconstitucionalidad, identificadas como los expedientes 119313-2025 y 17547-2025.
La Estrella de Panamá conoció que las normas declaradas inconstitucionales están vinculadas al contrato que regula el desarrollo, construcción, operación y administración de las terminales portuarias de contenedores, Ro-Ro, pasajeros, carga a granel y carga general en los puertos de Balboa y Cristóbal.
