La penalización del aborto en Honduras: un blindaje normativo que excluye a la mujer de sus Derechos – Por Abigail Flores García
La penalización del aborto en Honduras: un blindaje normativo que excluye a la mujer de sus Derechos
Por Abigail Flores García*
El Código Penal de Honduras de 1983 creado bajo Decreto No. 144-1983, fue sustituido tras acumular 370 reformas en 30 años, entrando en vigor una nueva normativa el 25 de junio de 2020. Esta actualización se justificó ante la necesidad de adaptar las leyes a los cambios sociales, económicos y tecnológicos, respondiendo al surgimiento de una delincuencia más organizada y compleja que cuenta con mayores recursos y capacidades.
El actual gobierno a través del ministro de seguridad afirma que los índices de delincuencia han bajado, pese a que la criminalidad e impunidad continúan en aumento. Esta narrativa desgastada y ficticia solo revela que el modelo y el mecanismo de seguridad pese a su renovación es obsoleto, ya que por más de 30 de años el Estado se ha centrado únicamente en penalizar las consecuencias y no en atacar las causas estructurales de la violencia (como la falta de educación, salud y empleo). Además, evidencia que el sistema penal opera de forma selectiva, castigando a las poblaciones vulnerables e invisibilizando intencionalmente a los delincuentes de «cuello blanco» con influencia de poder y vinculados a la corrupción, el narcotráfico y el crimen organizado.
El Estado hondureño contribuye a la violencia al no atender sus causas profundas ni garantizar derechos fundamentales a la población. Ante la falta de infraestructura educativa y sanitaria en las comunidades destaca una proliferación de iglesias, lo que evidencia una contradicción entre el fervor religioso y el aumento de la violencia y la pobreza. Aunque se define como laico, el Estado recurre a las iglesias para negar derechos a grupos vulnerables. Un claro ejemplo es la penalización total del aborto en la legislación, la cual vulnera los derechos de las mujeres en materia de salud y libertad reproductiva, perpetuando una cultura de maternidades forzadas y abortos clandestinos que ponen en riesgo sus vidas.
En 2015, tras el anuncio de un nuevo Código Penal las organizaciones feministas de Honduras tomaron la iniciativa de promover reformas para despenalizar el aborto en circunstancias específicas, buscando garantizar el derecho de las mujeres a decidir sobre su embarazo. Si bien el debate sobre la legalización del mismo se centró en permitir la interrupción del embarazo bajo tres causales específicas: riesgo para la vida o salud de la mujer, malformaciones fetales incompatibles con la vida, y embarazos producto de violación o incesto. Ante tales iniciativas diversas organizaciones religiosas y sus denominaciones actuaron como un factor clave para frenar los derechos de las mujeres, motivadas por intereses de control patriarcal.
La prohibición constitucional y la penalización absoluta del aborto en Honduras han repercutido en profundas consecuencias de carácter normativo, sanitario, social y de derechos humanos. En enero de 2021, el Congreso Nacional reformó la Constitución de Honduras para blindar la prohibición del aborto, exigiendo una mayoría calificada de tres cuartas partes para cualquier cambio futuro. En 2023, la Corte Suprema de Justicia ratificó esta medida al rechazar los recursos de inconstitucionalidad, consolidando a Honduras como uno de los dos únicos países del mundo con esta restricción explícita en su Carta Magna, esto en definitiva representa un blindaje normativo y una rigidez constitucional.
El Centro de Derechos de Mujeres en su boletín del 28 de abril de 2026 titulado: “Los abortos en Honduras: Una recopilación de hechos entre 2016 y 2024”, señala que la prohibición legal no detiene el aborto, sino que lo desplaza a la clandestinidad, ya que entre 2016 y 2024, la Secretaría de Salud (SESAL) y el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) atendieron 116,287 emergencias por aborto (en promedio 35 diarios), y estimaciones basadas en la Organización Mundial de la Salud (OMS) calculan que solo en 2023 se realizaron más de 68,500 abortos en el país, estas cifras evidencian que persiste su práctica. En ese sentido es importante reconocer que la clandestinidad del aborto conlleva a la desinformación y al acceso de medicamentos inseguros que pueden generar complicaciones para la salud, al grado de representar mortalidad materna.
En el ámbito social la penalización del aborto obliga a mujeres y niñas sobrevivientes de violencia sexual o incesto a continuar embarazos no deseados, sometiéndolas a maternidades forzadas que potencialmente representan una tortura psicológica, generándoles depresión profunda y duelos prolongados que pueden orillarlas al suicidio. Aunado a que la legislación criminaliza y judicializa a las mujeres que sufren complicaciones de salud, afectando desproporcionadamente a aquellas en situación de pobreza, de zonas rurales, indígenas o con baja escolaridad. Y el sector salud con su deficiente preparación no brinda una atención integral a las víctimas sobrevivientes de violencia sexual, por el contrario, se encarga de denunciarlas.
Organizaciones de derechos humanos denuncian que la prohibición del aborto vulnera los derechos a la vida, la igualdad, la salud integral y la libertad reproductiva de la mujer, frenando su desarrollo y perpetuando la pobreza y la desigualdad social.
*Abigaíl Flores García es Trabajadora Social. Estudiante de la Maestria en Cooperación Internacional y Gestión de Proyectos de Desarrollo en la Universidad Nacional Autónoma de Honduras
