Colombia | El Gobierno firma decreto que criminaliza la protesta social
Gobierno expidió decreto sobre protesta social en Colombia: fija intervención de la fuerza pública
Por Laura Saavedra Martínez
12 horas antes de la primera movilización nacional convocada en el Gobierno de Abelardo de la Espriella, el presidente y el ministro del Interior, Rodrigo Lara, firmaron el decreto que regula la protesta social en Colombia.
¡Cumplí mi palabra y aquí está el decreto!
En Colombia se respeta la protesta pacífica, pero ¡no se toleran la violencia, el vandalismo ni los bloqueos que atropellan los derechos de millones de ciudadanos!
Hoy expedí el Decreto 1525 de 2026 para fortalecer las garantías de… pic.twitter.com/impZot4O1L
— Abelardo De La Espriella (@ABDELAESPRIELLA) October 14, 2026
Se trata del decreto 1525, firmado este martes 13 de octubre, denominado “ESTATUTO DE REACCIÓN, USO Y VERIFICACIÓN DE LA FUERZA LEGÍTIMA DEL ESTADO Y PROTECCIÓN DEL DERECHO A LA PROTESTA PACÍFICA CIUDADANA”.
El decreto establece las causales para la intervención de la Fuerza Pública durante las movilizaciones sociales; sin embargo, aclara que la obligación de privilegiar la mediación es la regla de preferencia para el Gobierno.
No obstante, señala que la mediación, no condiciona ni pospone las intervenciones policiales cuando las personas cometan actos vandálicos, porten armas de fuego o corto punzantes, tengan artefactos incendiarios, retengan a personas en contra de su voluntad y agredan a las misiones médicas, medios de comunicación, afecten los servicios públicos y el abastecimiento de medicamentos.
El decreto también establece que la obstrucción de vías no altera, por sí sola, el carácter pacífico de la manifestación. Además, señala que en los Puestos de Mando Unificado habrá, por ejemplo, un integrante de los gremios y del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
Adicionalmente, el Gobierno también incorpora la definición de obstrucción de vías, como la ocupación total o parcial de una calzada, o un acceso a una infraestructura.
Intervención de la Fuerza Pública
El decreto 1525 de 2026, formaliza cinco niveles para la actuación institucional: la primera será la actuación de los gestores de convivencia de las alcaldías, seguida del diálogo directo con los manifestantes y de una instancia de mediación. Si persisten los hechos violentos, se procederá a la disuasión por orden del alcalde, impartida en un Puesto de Mando Unificado (PMU), y ya como última medida, intervendrá la Unidad de Diálogo y Mantenimiento del Orden (UNDMO), antes conocida como Esmad.
Las autoridades territoriales y la Policía Nacional, deberán garantizar la habilitación y el mantenimiento de los corredores solidarios; y las alcaldías y gobernaciones tendrán un plazo de 72 horas, para publicar el balance oficial de afectaciones y activar las correspondientes rutas de atención humanitaria.
