Argentina | La Corte vuelve sobre la elección directa del Parlasur

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La Corte vuelve sobre la elección directa del Parlasur

En el peronismo siguen con atención una decisión que puede tomar la Corte Suprema en los próximos días y que vuelve a colocar al máximo tribunal frente a una definición que, por su naturaleza, corresponde a la política y al Congreso.

El antecedente inmediato que miran en el Partido Justicialista (PJ) es la Ley de Tierras: sin pronunciarse sobre el fondo, una decisión de la Corte terminó dejando operativa su derogación.

Ahora, la Corte vuelve a intervenir en una cuestión con consecuencias políticas concretas: la elección directa de los parlamentarios del Mercosur.

El 5 de octubre fueron sorteados los jueces para integrar el Tribunal. Alberto Ricardo Dalla Via, presidente de la Cámara Nacional Electoral, se excusó porque ya había intervenido a favor de la elección directa cuando la causa pasó por esa Cámara y será reemplazado por su suplente, Javier Leal de Ibarra, presidente de la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, a quien en el PJ identifican como cercano a Ricardo Lorenzetti y mencionan entre los aspirantes a la Procuración General.

La discusión excede las 43 bancas argentinas. La elección directa es el resultado de más de tres décadas de construcción institucional del Mercosur. Está prevista en el Protocolo Constitutivo del Parlamento del Mercosur, un tratado internacional aprobado por los Congresos de los Estados parte y, en Argentina, mediante la Ley 26.146.

Para cumplir ese compromiso, el Congreso sancionó en 2014 la Ley 27.120 y en 2015 los argentinos eligieron por primera vez directamente a sus representantes.

En 2019, los cancilleres de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay —durante las presidencias de Mauricio Macri, Jair Bolsonaro, Mario Abdo Benítez y Tabaré Vázquez— suscribieron un Protocolo Adicional y una Declaración Conjunta que postergaban el plazo para alcanzar elecciones directas y simultáneas en todo el bloque.

Para el PJ, aquella expresión de voluntad política no obligaba a retroceder a los países que ya habían implementado la elección directa ni podía dejar sin efecto un tratado internacional y una ley nacional vigente. Además, el órgano superior con capacidad de conducción política y decisión del Mercosur es el Consejo del Mercado Común, integrado por los cancilleres y ministros de Economía de los Estados parte.

Frente a la decisión del gobierno de Macri de no convocar a esas elecciones, el Partido Justicialista acudió a la Justicia para defender la vigencia del voto directo. La Cámara Nacional Electoral le dio la razón. El Estado Nacional recurrió ese fallo y el expediente llegó a la Corte Suprema, donde permaneció durante años sin resolución.

Mientras tanto, en 2023 Argentina volvió a elegir mediante el voto popular a sus 43 representantes ante el Parlasur.

Ahora, siete años después, la Corte avanza para resolver aquella causa.

El momento tampoco pasa inadvertido: ocurre en la antesala de 2027 y mientras el gobierno de Javier Milei impulsa una reforma política sobre aspectos centrales del sistema electoral, entre ellos las PASO. En el PJ advierten que aquello que el Gobierno no consiga modificar con las mayorías necesarias en el Congreso no debería terminar encontrando una vía de resolución judicial. Después del antecedente de la Ley de Tierras, esa preocupación adquiere especial relevancia.

A esto se suma que los parlamentarios argentinos del Mercosur no cobran dieta y que Milei eliminó en 2024 la cobertura de pasajes, alojamiento y viáticos para asistir a las sesiones. Desde entonces, los viajes deben ser afrontados por los propios representantes o por el Parlamento del Mercosur con recursos provenientes también de los demás Estados miembros, dejando a la Argentina dependiendo de recursos regionales para garantizar su representación.

Siete años después de que el PJ recurriera a la Justicia para defender el voto directo, la Corte se prepara para decir la última palabra.

Para el peronismo, la discusión excede al Parlasur: lo que está en juego es quién define las reglas de la representación política en la Argentina, si el Congreso y la política mediante los mecanismos constitucionales, o decisiones judiciales que puedan terminar modificándolas por otra vía.

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