Gobierno dice que cumplirá fallo de la CIDH por aplicación de Ley Antiterrorista

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El ministro de Justicia, José Antonio Gómez, aseguró este miércoles que el Gobierno acatará y cumplirá el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que ordenó a Chile dejar sin efecto las condenas por terrorismo contra siete indígenas mapuches y un activista.

“El fallo de la Corte, Chile lo tiene que respetar y cumplir. Las fórmulas las vamos a analizar y revisar conjuntamente con el Ministerio de Relaciones Exteriores, y una vez que tengamos decisión y opinión vamos a darla a conocer”, dijo el secretario de Estado, que evitó calificar como “error” la acusación por terrorismo contra los imputados, que fueron condenados a partir del año 2003 en el marco de un conflicto por tierras.

“Yo constato que la Ley Antiterrorista ha sido totalmente inútil desde el punto de vista de lo que se perseguía con ella. Por eso hemos dicho tan fehaciente y claramente que aplicar la Ley Antiterrorista a veces no es la solución del problema”, aseguró.

En la sentencia, la Corte internacional condenó a Chile por violar el principio de legalidad y el derecho a la presunción de inocencia, el principio de igualdad y no discriminación y el derecho a la igual protección de la ley de las víctimas.

Tras conocer este fallo, la ministra vocera de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich, aseguró que “el Pleno aún no ha tomado conocimiento del fallo, pero los fallos hay que cumplirlos”, enfatizando que será el Ministerio de Justicia el que ordene los pasos a seguir por el máximo tribunal.

Chevesich agregó que aún no están definidos plazos y reparaciones, los cuales serán estudiados en su totalidad para luego dar curso a lo ordenado por la justicia internacional. “Hay que analizar el fallo y actuar en consecuencia”, puntualizó.

Los mapuches condenados por terrorismo a partir de 2003, son Segundo Aniceto Norín Catrimán, Pascual Huentequeo Pichún Paillalao, Víctor Manuel Ancalaf LLaupe, Florencio Jaime Marileo Saravia, Juan Patricio Marileo Saravia, José Huenchunao Mariñán, Juan Ciriaco Millacheo Licán y la activista Patricia Troncoso Robles.

http://www.elmostrador.cl/pais/2014/07/30/gobierno-asegura-que-cumplira-fallo-de-la-cidh-por-aplicacion-de-ley-antiterrorista/

 

Los argumentos de la CIDH para fallar a favor de los comuneros mapuche

La abogada argentina Liliana Tojo, directora del programa para CEJIL para Bolivia y el Cono Sur, explicó en GPS de Cooperativa los argumentos que acogió la Corte Interamericana de Derechos Humanos para exigir al Estado chileno la anulación de la condena por terrorismo contra siete comuneros mapuche y una activista.

La resolución fue dada a conocer este miércoles por la CIDH y se fundó en que el Estado violó el principio de legalidad al enjuiciar a estas personas.

Tojo calificó la sentencia como «satisfactoria porque es un reconocimiento al pueblo mapuche por la reivindicación de sus derechos ancestrales».

La abogada explicó que sus alegatos, en representación de Víctor Ancalaf, se basó en dos líneas: la no aplicación de la presunción de inocencia y el uso de estereotipos y prejuicios contra el pueblo mapuche.

«La ley antiterrorista que se había aplicado a los líderes del pueblo mapuche era una ley que estaba en violación de los tratados internacionales a los que Chile estaba obligado porque lo que hacía era revertir una garantía básica del derecho internacional que es la presunción de inocencia», planteó Tojo.

«La intervención del poder judicial partía de considerar que a los mapuche a los que se les aplicaba la ley antiterrorista se presumía su calidad de terroristas. La definición del tipo penal que tenía, la forma en que se describía la conducta delictiva, era ambigua y daba lugar a una amplitud que contravenía los requisitos básicos del derecho penal», detalló.

El otro punto fue que «la sentencia estaba fundamentada en estereotipos y prejuicios vinculados con la condición de ser miembro del pueblo mapuche. Por tanto era discriminatorio y violaba la garantía de igualdad».

«Estos fueron los argumentos que la Corte Interamericana recogió para condenar a Chile y darle la razón al pueblo mapuche y como consecuencia de eso anuló la sentencia», planteó.

También se cuestionó «el uso de testigos con identidad reservada, cuyas declaraciones no pudieron ser sometidas a ningún tipo de control por parte de la defensa, lo que es una violación muy grave del derecho a la defensa».

«La sentencia ordena una reparación integral y lo que se entiende como garantías de una repetición. Está la orden de anular las sentencias condenatorias por entender que se llegó a esta condena de una manera que es incompatible con la Convención Interamericana de Derechos Humanos», sentenció la abogada Tojo.

http://www.cooperativa.cl/noticias/pais/pueblos-originarios/mapuche/los-argumentos-de-la-cidh-para-fallar-a-favor-de-los-comuneros-mapuche/2014-07-30/191255.html

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