México: Suprema Corte deja sin efectos permiso de Monsanto para cultivar soja transgénica

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Los ministros de la Segunda Sala consideraron que la Sagarpa violó el derecho a la consulta de los miembros de las comunidades indígenas afectadas; serán consultados.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó sin efectos el permiso otorgado por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) a Monsanto para el uso comercial de soya transgénica.

Sin embargo, la autorización otorgada por Sagarpa no fue cancelada, sólo suspendida hasta que se realice una consulta en las comunidades indígenas afectadas.

Los ministros de la Segunda Sala determinaron que la Sagarpa violó el derecho a la consulta de miembros de comunidades indígenas de Campeche y Yucatán que interpusieron un amparo en contra del permiso, de acuerdo con un boletín de la Suprema Corte.

Concluyeron que “los pueblos y comunidades indígenas del país tienen derecho a ser consultadas en aquellos casos en que pueda actualizarse un impacto significativo. Es decir, en aquellos casos en que actos administrativos, programas de desarrollo, proyectos o medidas puedan afectar su vida y entorno de manera relevante”.

Asimismo, la Sala sostuvo que el derecho de consulta no podía limitarse a un solo caso concreto. Por el contrario, concluyeron que los procedimientos de consulta deben ser implementados cuando se determine que la actividad del Estado pueda generar un impacto significativo sobre las comunidades indígenas.

Resolvieron otorgar el amparo para el efecto de que se dejara insubsistente el acto reclamado –es decir, el permiso de la SAGARPA-, por lo que hace a los territorios de los municipios de Yucatán y Campeche en que se encuentran asentadas las comunidades indígenas a las que pertenecen los quejosos, hasta en tanto la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados lleven a cabo la consulta.

Mediante esta resolución, la Segunda Sala de la Suprema Corte estableció criterios que instrumentan y permiten hacer justiciables los derechos fundamentales de los pueblos y comunidades indígenas contenidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte.

Aristegui Noticias

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