La Corte IDH inicia histórico juicio contra el Estado colombiano por el genocidio contra la Unión Patriótica

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Corte IDH enjuicia a Colombia por caso UP

La audiencia pública comenzó este lunes y concluirá el viernes. “Esas audiencias”, le explicó a EL NUEVO SIGLO el jurista Rafael Nieto Navia, quien fue por 12 años juez de ese tribunal, presidiéndolo entre 1987 y 1994, “son para reparaciones y para todo, como si ya estuviera condenada Colombia, pero así es como lo maneja la Corte”, que si encuentra culpable al Estado colombiano “señala unas reparaciones”.

De hecho, en la Corte IDH este caso muestra una situación inédita, pues estudia simultáneamente lo llevado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y lo trasladado por el Estado colombiano, que de hecho presentó el caso primero (13 de junio de 2018, mientras la Comisión lo hizo 16 días después, el 29).

La CIDH presentó su Informe de Fondo, pero Colombia, a través de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, manifestó su desacuerdo con muchos de los puntos expresados allí.

La representante de la Agencia, la jurista Juana Acosta, explicó en la audiencia que aunque Colombia rechaza los homicidios y reconoce la valentía de los representantes de víctimas que llevan dos décadas buscando verdad, la CIDH en su informe se aleja de la concepción de máximos responsables, desestima las reparaciones colectivas para casos tan grandes y da por acreditadas más de 6.000 víctimas cuando el universo de estas que se deben reconocer para reparar es menor.

Según lo anunciado por Corte, el caso “versa sobre las alegadas sucesivas y graves violaciones de derechos humanos cometidas en perjuicio de más de 6.000 víctimas integrantes y militantes del partido político Unión Patriótica (UP) en Colombia a partir de 1984 y por más de 20 años”, hechos que “involucrarían desapariciones forzadas, amenazas, hostigamientos, desplazamientos forzados y tentativas de homicidio en contra de integrantes y militantes de la UP, perpetrados presuntamente tanto por agentes estatales como por actores no estatales con la alegada tolerancia y aquiescencia de aquellos”.

La audiencia se desarrolla dentro del 139 periodo ordinario de sesiones que empezó el 25 de enero y se prolongará hasta el 19 de febrero. Es presidida por la jueza costarricense Elizabeth Odio y cuenta con la atención de los jueces Patricio Pazmiño (Ecuador), Eduardo Vio Grossi (Chile), Eduardo Ferrer (México), Eugenio Raúl Zaffaroni (Argentina) y Ricardo Pérez (Uruguay). El juez colombiano Humberto Sierra no participará en la audiencia pública ni en la deliberación de la sentencia de este caso por su nacionalidad, conforme al artículo 19 del reglamento de la Corte.

Al convocar la audiencia, la Corte IDH les informó “a los representantes, al Estado y a la Comisión Interamericana que cuentan con un plazo hasta el 15 de marzo de 2021 para presentar sus alegatos finales escritos y observaciones finales escritas, respectivamente, en relación con las excepciones preliminares, eventuales fondo, y reparaciones y costas en el presente caso. Este plazo es improrrogable e independiente de la puesta a disposición de las partes de la grabación de la audiencia pública”.

Unión Patriótica

La UP fue fundada el 28 de mayo de 1985 como parte de una propuesta de paz a partir de los Acuerdos de La Uribe entre el gobierno de Belisario Betancur y las Farc.

Tras su primera participación electoral en 1986, la UP consiguió dos curules en Senado y tres en la Cámara. Dos de esos cinco congresistas estuvieron entre los primeros de los miles de militantes asesinados desde entonces, incluyendo dos candidatos presidenciales, 11 diputados, 109 concejales, varios exconcejales, ocho alcaldes en ejercicio y ocho exalcaldes.

Estos asesinatos de los miembros de la UP en los años 80 y 90 fueron declarados en 2014 por la Fiscalía como delitos de lesa humanidad, al concluir que se trató de un plan por parte de sectores políticos tradicionales, en alianza con narcotraficantes, paramilitares y agentes de seguridad del Estado.

El 16 de diciembre de 1993, la Corporación Reiniciar radicó una demanda ante la CIDH por el «Genocidio contra la Unión Patriótica».

En 2000 la Ley 589 incluyó en el Código Penal el tipo penal de genocidio por razones políticas (artículo 322A).

En 2018 la CIDH presentó el caso ante la Corte IDH al concluir que el Estado colombiano violó los derechos políticos, la libertad de pensamiento y de expresión, libertad de asociación y el principio de igualdad y no discriminación, en virtud de que el móvil de las graves violaciones de derechos humanos, del exterminio y de la persecución sostenida en contra de las víctimas fue su pertenencia a un partido político y la expresión de sus ideas a través de este.

Además, la Comisión sometió el caso a la jurisdicción de la Corte IDH porque consideró que Colombia no cumplió con las recomendaciones contenidas en el Informe de Fondo, entre ellas indemnizar adecuadamente a las víctimas y/o sus familiares, por las violaciones de derechos humanos declaradas por la Comisión; investigar el destino o paradero de las víctimas desaparecidas y, de ser el caso, adoptar las medidas necesarias para identificar y entregar a sus familiares los restos mortales; e iniciar, continuar o reabrir las investigaciones penales y disciplinarias correspondientes por la totalidad de las violaciones de derechos humanos declaradas en el presente informe de fondo.

Adicionalmente, la CIDH recomendó al Estado colombiano implementar medidas de satisfacción tanto individuales como colectivas, las cuales deberán ser diseñadas con la participación y aprobación de las víctimas del caso, así como mecanismos de no repetición.

Déficit de justicia

Al fallar en otros casos, la Corte ya ha señalado la existencia de un déficit de justicia frente a la victimización de la UP caracterizada por «una impunidad con múltiples facetas: fallas en la respuesta investigativa, impunidad delictuosa y metodologías de investigación inadecuadas para responder a los crímenes; y una relación estrecha entre impunidad y repetición de los hechos violentos».

Sobre el particular, la Fiscalía estableció que las investigaciones en la justicia ordinaria han sido insuficientes para establecer la responsabilidad de los autores de estos hechos. «De los 863 radicados, 809 están siendo tramitados bajo la Ley 600 y 54 bajo la Ley 906. En lo que respecta a la Ley 600, 479 procesos, el 59,21% de los casos, no han superado la etapa de investigación previa. Adicionalmente, 267 procesos, es decir el 33% de los casos, se encuentran en etapa de instrucción y 53 procesos, el 6,55% de los casos, están en juicio». Además, de las 246 sentencias proferidas, solo se ha condenado a dos agentes del DAS, 18 miembros del Ejército y 10 agentes de la Policía.

En marzo de 2019, la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (SRVR) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) abrió el caso número 006, denominado «Victimización de miembros de la Unión Patriótica (UP) por parte de agentes del Estado», a partir del Informe Número 3 presentado por la Fiscalía.

La Sala tomó esta decisión a partir de otros dos informes: «¡Venga esa mano, país! Memoria viva de una vergüenza nacional», de la Corporación Reiniciar, y «Todo pasó frente a nuestros ojos. El genocidio de la Unión Patriótica 1984-2002», del Centro Nacional de Memoria Histórica.

Mientras para la Fiscalía los dirigentes, militantes y simpatizantes de la UP victimizados desde 1984 serían 1.620, la Corporación Reiniciar y el Centro Nacional de Memoria Histórica coinciden en afirmar que se trata de más de 6.000 víctimas.

El partido perdió su personería jurídica en septiembre de 2002 y solo la recuperó en el 2013 con una sentencia del Consejo de Estado que tuvo en cuenta la violencia sistemática contra los miembros de la UP.

El Nuevo Siglo


El genocidio de la UP fue con lista en mano

Por Sergio Saavedra

Este lunes 8 de febrero se llevó a cabo la primera de las cuatro jornadas de la histórica audiencia ante Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sobre el genocidio político de la Unión Patriótica (UP). El caso ‘Integrantes y Militantes de la Unión Patriótica vs. Colombia’ se desarrollará hasta el viernes 12 de febrero. Conforme a la participación de Aída Avella, senadora por la UP, con dichas jornadas se busca que la Corte IDH condene al Estado colombiano por dicho genocidio.

Uno de los hechos que resalta Corte IDH en un documento sobre el caso Integrantes y Militantes de la Unión Patriótica vs. Colombia’ es que: la Unión Patriótica señala que las investigaciones adelantadas por el Estado habrían sido “incipientes e insuficientes”. Hecho que generó que el Estado colombiano no le haya podido proveer un “verdadero esclarecimiento de la verdad” sobre las responsabilidades del exterminio de integrantes y militantes de la Unión Patriótica. Es decir, que el Estado colombiano habría violado las garantías judiciales y protección judicial a los y las sobrevivientes, familiares de asesinados, ni a la sociedad colombiana en su conjunto.

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¿De que manera se desarrollarán las audiencias?

De acuerdo con la Corporación para la Defensa y Promoción de los Derechos Humanos Reiniciar, en la audiencia pública continuará de la sigueinte forma:

La Corte IDH escuchará diferentes argumentos, alegatos y observaciones orales de todas las partes. También escuchará a las víctimas, a personas expertas (peritos y peritas) y otros declarantes presentados por el Estado, los y las representantes de las víctimas y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

¿Qué vendría tras las audiencias?

Antes de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos hay un periodo durante los 31 días de marzo para que que las partes —como último recurso— presenten alegatos y observaciones a lugar de manera escrita. Si bien no hay fecha específica sobre la decisión de la Corte IDH, la Corporación Reiniciar aspira que se dé a finales de 2021. De esta forma, esperan comenzar la estapa “implementación de la sentencia” en el marco de Verdad, Justicia, Reparación y Garantías de No Repetición.

Primera Audiencia y el hito por la memoria de las víctimas

Un espacio de incalculable importancia por lo procesos de memoria en Colombia. Por ejemplo, María Eugenia Guzmán después de 32 años del asesinato de su esposo José Antequera, dirigente político de la UP, declaró ante la Corte IDH. Asimismo, hizo presencia la senadora Aida Avella que por medio de un sentido discurso narró paso a paso la forma en que fue ejecutado el genocidio en contra de los y las integrantes de la UP. Se refirió a los candidatos presidenciales asesinados y también de la sistematicidad de la violencia que desplegó el Estado Colombiano a lo largo y ancho del país.

De acuerdo con la UP, son 6.532 víctimas entre las que se encuentran más de 4.000 asesinatos. La bandera de memoria de la UP es que el caso sea revisado como genocidio por razones políticas. Según los datos del Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH), durante el periodo comprendido entre mayo de 1984 y diciembre de 2002, se pudieron documentar 4.153 víctimas de la UP asesinadas, desaparecidas o secuestradas, 3.122 fueron víctimas de asesinatos selectivos, 544 lo fueron de desaparición forzada, 478 fueron víctimas de asesinatos en masacres, 4 secuestradas y 3 más en otras modalidades de violencia.

Tal como lo anunció la Unión Patriótica este momento, entre otras cosas, tiene que ver con “Tres décadas de trabajo por el derecho de las víctimas a Justicia, Verdad y no repetición de la persecución política contra la Unión Patriótica.” Cabe recordar que, además del genocidio político sufrido por la UP, esta colectividad política perdió su personería jurídica en septiembre de 2002 y la recuperó en el 2013 con una sentencia del Consejo de Estado que tuvo en cuenta la violencia sistemática contra los miembros de la UP.

Información del Caso

Conforme a la información entregada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos frente al caso ‘Integrantes y Militantes de la Unión Patriótica vs. Colombia’ los antecedentes remiten al 13 de junio de 2018 cuando el Estado de Colombia “sometió este caso ante el Tribunal, de conformidad con los artículos 51 y 61 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Asimismo, el 29 de junio de 2018 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos también sometió este caso ante el Tribunal.”

Según la Corte IDH, el caso consagra hechos cometidos en contra de integrantes de la UP como “desapariciones forzadas, amenazas, hostigamientos, desplazamientos forzados y tentativas de homicidio en contra de integrantes y militantes de la UP, perpetrados presuntamente tanto por agentes estatales como por actores no estatales con la alegada tolerancia y aquiescencia de aquellos.”

En la información brindada a la opinión pública por parte de la Corte IDH, también se consagran los alegados de “se alega que ciertas presuntas víctimas del caso habrían sido sometidas a criminalización infundada o uso arbitrario del derecho penal y torturas en el marco de varios casos, por lo que concluyó que el Estado habría violado los derechos a la libertad personal, a las garantías judiciales, a la honra y dignidad y a la protección judicial.”

Adicionalmente, en el caso la Corte IDH determinará, entre otras cosas, el accionar de Estado frente a las denuncias sobre violación de derechos políticos, la libertad de pensamiento y libertad de expresión, libertad de asociación y el principio de igualdad y no discriminación. Pero no de manera aislada sino determinará si el móvil “de las graves violaciones de derechos humanos cometidas en contra de las presuntas víctimas habría sido su pertenencia a un partido político y la expresión de sus ideas a través del mismo”, precisa la Corte IDH en el documento.

De igual forma, hay un alegato por parte de las víctimas del caso quienes señalan que han sido objeto de peligrosas estigmatizaciones por parte del Estado colombiano. Es decir, se habría violado su derecho a la honra y dignidad por cuenta de declaraciones de funcionarios públicos y actores no estatales, incluyendo calificativos como terroristas, o brazo político de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), estigmatización que habría tenido un efecto en la grave violencia desatada en su contra.

28 años del Caso de la Unión Patriótica ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos

Para llegar a esta la audiencia pública ante la Corte IDH; la Corporación para la Defensa y Promoción de los Derechos Humanos Reiniciar señala que han luchado por la Verdad, la Justicia, la Reparación y las Garantías de No Repetición durante 28 años.

Para 1993 fue presentada la petición sobre el caso de la UP ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). En 1997 la CIDH emitió un informe de admisibilidad del caso. Para 1998, se llevó a cabo la intalación de una “mesa de solución amistosa” entre el Gobierno de la época —Andrés Pastrana— y la UP en busca de la reparación de las víctimas. Para 2000 se lleva a cabo un acuerdo de búsqueda de una “solución amistosa”.

Sin embargo, para 2006 —durante el gobierno de Álvaro Uribe Vélez— se da la ruptura de la etapa de “Búsqueda de Solución Amistosa”. En 2007, se da apertura de la “etapa de fondo” a través de audiencias, testimonios, alegatos escritos y orales. Ya en 2014 el gobierno de Juan Manuel Santos propone retomar la “Búsqueda de una Solución Amistosa; la cuál es rechazada por las víctimas.

En 2017, por su parte, la CIDH aprueba el informe de Fondo del caso de la Unión Patriótica. De esta forma, para 2018, se da inicio del trámite ante la Corte Interamericana de Derechos (Corte IDH). En 2019, la Corporación Reiniciar presenta el Escrito de Solicitudes, Argumentos y Pruebas llamado “Demanda contra el Estado”.

Así las cosas, con el camino andado, los sobrevivientes y familiares de víctimas aguardarán la decisión de la Corte IDH.

Pares


El Estado le pide a la Corte IDH que el caso UP se limite a 219 víctimas

Este lunes 8 de febrero de 2021, desde San José (Costa Rica), la Corte Interamericana de Derechos Humanos dio inicio a un debate de cuatro días sobre un asunto crucial en la memoria de Colombia: la responsabilidad del Estado en el exterminio de la Unión Patriótica (UP), partido político surgido en un acuerdo de paz en 1985, que hoy acredita 6.002 víctimas de masacres, asesinatos, desapariciones, exilios, atentados y amenazas.

Para empezar, la presidenta del tribunal internacional Elizabeth Odio Benito, quien lidera la audiencia, le dio la palabra a cada uno de los intervinientes. La primera en exponer su postura fue la representante del Estado, Juana Acosta, quien señaló que se trata de la primera vez que el país somete un caso ante la Corte, pues “Colombia ha rechazado y rechaza los actos de violencia contra miembros de la UP y ha manifestado que las víctimas merecen ser reconocidas”. Sin embargo, la representante hizo énfasis en la cantidad real de víctimas que dejaron estos hechos violentos.

Acosta empezó por reconocer que para el Estado el caso es de gran relevancia pues no tiene precedente alguno por su magnitud y porque se contempla hechos que ocurrieron en un periodo de más de 20 años, en más de 15 regiones geográficas del país, con una multiplicidad de modus operando que variaron dependiendo de la zona geográfica y el periodo en el que ocurrieron, y con una multiplicidad de presuntos responsables que incluyen agentes del Estado, grupos paramilitares, grupos narcotraficantes, delincuencia común e, incluso, miembros de algunas guerrillas.

A pesar de lo anterior, dijo la representante, el Estado ha alertado que existen graves falencias en el listado de presuntas víctimas presentado en la decisión de fondo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la cual remitió un total de más de 6.000 presuntas víctimas. El problema, según Acosta, es que más de la mitad de estas personas no cuentan con documento de identificación u otro que acredite su existencia. Entonces, aseguró, el mismo Estado emprendió una “revisión manual” de todos los documentos del expediente.

“Después de la revisión de las observaciones remitidas por los representantes (de víctimas) y la Comisión (Interamericana de Derechos Humanos), la verificación de múltiples fuentes de información y el cruce del listado con ocho bases de datos diferentes se logró la identificación de una cuarta parte de los registros presentados por la Comisión, que son personas respecto de las cuales se determinó su cédula de ciudadanía u otros documentos que acrediten su existencia. El Estado ha solicitado la exclusión de 2.420 presuntas víctimas que no están identificadas y frente a quienes los representantes de víctimas y la Comisión no han aportado elemento alguno que permita acreditar su existencia”, explicó agregando que también deben ser excluidas las presuntas víctimas cuyas circunstancias no están clarificadas.

En ese sentido, la representante del Estado, indicó que solo respecto de 219 presuntas víctimas la Comisión incluyó hechos en el informe de fondo que permitan analizar la presunta responsabilidad internacional del Estado. “El Estado insiste que sin una descripción de los hechos en el informe de fondo, los datos del listado resultan insuficientes para el análisis que debe analizar la Corte sobre atribución de responsabilidad del Estado y sobre la determinación de eventuales medidas de reparación integral”, indicó Acosta.

Asimismo, afirmó que los representantes de víctimas y la Comisión intentaban subsanar la falta de información sobre presuntas víctimas, a través de los casos que fueron señalados como “representativos”, interpretación a la que el Estado “se opone completamente”. Explicó que la Comisión no indicó cómo se seleccionaron estos casos y que si se tratara de una muestra representativa, esta tendría “serias deficiencias metodológicas” que impedirían extrapolar los hallazgos de aquella al universo de presuntas víctimas.

En resumen, el Estado se opone a que, por un lado, se tenga una concepción maximalista del universo de las víctimas y pide que se excluyan a quienes no están plenamente identificados y a quienes no se tienen clarificados los hechos. Entonces, entre una resta y otra, para el Estado hay un universo total de 219 víctimas identificadas (de las 6.002 que presentó la Comisión en su decisión de fondo) y con una plataforma fáctica clara en el caso UP. Y, por otro lado, el Estado insiste en que el caso debe resolverse en instancias judiciales internas.

De hecho, Juana Acosta, señaló que en los tres modelos jurídico-penales de Colombia se están abordando los hechos relacionados con la UP. Por un lado, dijo, en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) se priorizó el caso 006 sobre las victimizaciones en contra de los integrantes de la UP y el caso 004 sobre la región de Urabá que también incluye hechos relacionados. Luego, mencionó que en Justicia y Paz los jueces han calificado las conductas cometidas contra integrantes de la UP de diversas formas e, incluso, que en la decisión contra el paramilitar alias H.H., se calificó lo ocurrido como un “genocidio contra el grupo político”.

Finalmente, dijo la abogada del Estado, en la justicia ordinaria se han calificado al menos 67 casos relacionados con la UP como crímenes de lesa humanidad. “Esto muestra que el Estado no pretende negar la ocurrencia de uno o varios crímenes internacionales en este caso porque, de hecho, las autoridades nacionales siguen trabajando por determinar las responsabilidades. La solicitud del Estado está más bien dirigida a resaltar las limitaciones del tribunal internacional por las complejidades técnico-jurídicas de esta valoración”, recalcó la abogada.

En contraste, el representante de la CIDH, Jorge Mesa, señaló que lo “que el Estado presenta a la Corte en realidad es una controversia con respecto a la identificación de las víctimas del caso (…) la Comisión recuerda que, si bien corresponde a la Comisión identificar a las víctimas en su informe de fondo, el artículo 35.2 del reglamento de la Corte establece una excepción: cuando se justificare que no fue posible identificar a alguna o algunas presuntas víctimas de los hechos por tratarse de violaciones masivas o colectivas, como ocurre en este caso”, dijo el jurista.

Agregó que es cierto que los actos en contra de las víctimas de este caso son numerosos y ocurrieron en diferentes momentos y lugares, pero que todos tienen un mismo aspecto de convergencia en la responsabilidad estatal, su vinculación con la UP y las acciones u omisiones del Estado que contribuyeron a las mismas. “En los listados consta un nombre, tipo de vínculo con la UP, tipo de violación a sus derechos, municipio y fecha en que ocurrió. La consolidación del listado por parte de la Comisión en esos términos es, además, producto de las posiciones que asumió el Estado colombiano ante la Comisión”, dijo el representante.

Explicó que, por un lado, el Estado no sustentó una negativa frente a la lista de presuntas víctimas durante el trámite, y por otra parte, el Estado hizo un reconocimiento de responsabilidad en el que le solicitó a la Comisión explícitamente que fuera esta instancia la que identificara e individualizara a las víctimas del caso y fijara los hechos con base en la prueba disponible. En otras palabras, dijo que respecto de los listados Colombia no aceptó, pero tampoco negó los hechos, lo cual tiene consecuencias jurídicas. Además, agregó Mesa que no constan esfuerzos del Estado dirigidos a identificar a estas víctimas.

A su turno, los representantes de víctimas de la organización Derechos con Dignidad, Luis Felipe Viveros y Juan Estaban Montoya, argumentaron que es la Corte IDH -y no el Estado colombiano-, la que debe decidir de fondo si las violaciones demandadas con respecto a las víctimas del caso fueron probadas, o no. Además, aseguraron que la totalidad de las víctimas que representan pertenecían a la UP y fueron victimizadas en razón de dicha pertenencia, “y así lo hemos probado con lo arrimado en el proceso”.

Por otro lado, se refirieron a la reparación directa señalando que “en Colombia no existen recursos adecuados y efectivos que garanticen la reparación de las víctimas de graves violaciones de derechos humanos”. Por su parte, la organización Reiniciar, que también representa a víctimas de este proceso, empezó su intervención refiriéndose al retiro de la personería jurídica de la Unión Patriótica por parte del Consejo Nacional Electoral (CNE) y le pidió a la Corte IDH que se pronuncie de fondo sobre este hecho, teniendo en cuenta que, con esta acción estatal, “se obstaculizó severamente el ejercicio de los derechos políticos de las personas vinculadas al movimiento.

Explicó que este punto es crucial porque “muestra la materialización de la intención detrás del genocidio: impedir la participación de la UP en la vida política del país”.Más aún porque el retiro de la personería jurídica del partido se debió a que este dejó de contar con la votación mínima legalmente requerida, como consecuencia de la violencia. Asimismo, ratificaron a la Corte la solicitud de que califique los hechos del caso como un genocidio político y como crimen de lesa humanidad. Además, solicitaron que esta calificación tenga efectos en las órdenes que realice esta Corte al Estado en materia de investigación y sanción de los hechos.

Por otro lado, argumentaron que los casos que fueron denominados como “representativos” son aquellos en los que se logró obtener más información, lo cual “no significa que los demás casos no ocurrieron y que no puedan formar parte de este proceso y mucho menos que los casos con más información determinen los patrones de ocurrencia del genocidio. Estos patrones los debieron esclarecer las autoridades judiciales internas y hasta el día de hoy siguen fracasando”. En ese sentido, alegaron los representantes de víctimas que le compete a la Corte determinar el incumplimiento de las obligaciones del Estado a lo largo de cerca de 30 años de persecución a los militantes de la UP.

Surtida esta primera etapa, hubo un receso y a las 12:00 del mediodía hora Colombia, reinició la diligencia. La primera declarante en esta sesión, llamada por la organización Reiniciar, fue la actual senadora Aída Avella Esquivel, quien fue elegida hace 30 años como presidenta de la Unión Patriótica y posteriormente se posesionó como concejala de Bogotá, cargo que le costó un atentado el 7 de mayo de 1.996 del que, milagrosamente, se salvó. A los dos días se fue a buscar asilo a Suiza, donde vivió durante 17 años y seis meses. Regresó al país cuando le devolvieron la personería jurídica a la UP, pero en febrero de 2014 empezó, nuevamente, a recibir amenazas de muerte y hostigamientos, entonces se pasaba viajando entre Colombia y Suiza.

Finalmente, en 2018, fue elegida como senadora de la República y actualmente vive en el país. Al ser preguntada por lo que pasó con la Unión Patriótica, empezó narrando que, en 1.986, por primera vez un tercer partido estaba compitiendo en las elecciones de parlamento y presidencia. En esa ocasión se quedaron con 14 cupos en el parlamento: cinco senadores y nueve representantes a la Cámara. Ese año, la UP también presentó a su primer candidato presidencial: Jaime Pardo Leal.

Sin embargo, la alegría se convirtió rápidamente en amargura y el anhelo político en su mayor verdugo. Avella relató cómo, uno a uno, los militantes fueron asesinados. Empezó mencionando a Leonardo Posada, Pedro Nel Jiménez, Jaime Pardo Leal, Teófilo Forero, entre otros. “Fueron épocas muy duras y muy difíciles, teníamos que estar asistiendo a la muerte de quienes estaban designados por el plan ‘Golpe de Gracia’. Porque en Colombia hubo planes para matarnos, este genocidio fue planificado, sistemático, generalizado, dirigido no solo a eliminar a las personas e integrantes y militantes de la UP, sino también a diluir nuestra presencia política mediante el asesinato”, expresó la senadora.

En ese sentido, se refirió a operaciones como “El Baile Rojo”, “El Plan Retorno”, “El Plan Esmeralda” y varias masacres ocurridas en diferentes departamentos como Antioquia, Meta y Santander. “Nadie entendía porque nos mataban de esta manera y la respuesta era la intolerancia política. No querían que nuestro partido siguiera adelante (…) esto fue el horror, era vivir algo que no podemos expresar con nuestras palabras porque nuestra militancia se hacía en los cementerios. Todos los días teníamos que mirar cómo caían nuestros compañeros. Entonces, acudíamos al Gobierno pensando que podían hacer algo y no lo hacían”, dijo Avella.

La senadora manifestó que mercenarios internacionales entraron al país expresamente para asesinar a los militantes de la UP. “Para eso vinieron y los recibían no solamente autoridades civiles, sino autoridades militares. Esto no lo pudimos soportar, hasta el día de hoy no podemos asimilar ese dolor, no sabemos dónde guardarlo, no sabemos a quién pedir que se haga justicia, pero en Colombia es imposible. El índice de impunidad es del 97.6% y por eso acudimos a los estrados internacionales. En Colombia no solamente han impedido que se vislumbre, si quiera, en algunos juicios, el castigo de los responsables (…) Cada vez que hablo del genocidio tengo un sentimiento muy difícil y es el de ver morir a la familia política, de verlos asesinados y de que el Estado prácticamente no hiciera nada para su protección”, expresó.

La segunda declarante de esta jornada fue María Eugenia Guzmán de Antequera, viuda de José de Jesús Antequera Antequera. Tal como ella lo explicó, su esposo fue abogado, líder estudiantil, secretario general de la Juventud Comunista y fundador de la UP. En este partido político se desempeñó como coordinador de las relaciones públicas de la organización. En otras palabras, era el encargado de manejar la comunicación con los demás grupos políticos, entidades, iglesia, etc. Además, le asignaron una tarea esencial: coordinar toda la campaña electoral que se llevaría a cabo una vez surgiera la organización electoral como tal. De hecho, al momento de ser asesinado, el 3 de marzo de 1.989, tenía a su cargo la coordinación de la segunda campaña para las elecciones de 1.990.

“Lo que voy a narrar y lo que nos costó como personas o familia, fue lo mismo que le ocurrió a más de 3.000 personas asesinadas de manera selectiva durante el proceso de la UP. Desde el momento en el que se conformó la UP, una vez se dio el proceso electoral, comenzó lo que para nosotros como víctimas significó una matazón muy organizada, selectiva, prácticamente una lista de personas que se iban asesinando diariamente, solamente por pertenecer al movimiento UP. Por su puesto este hecho y la vinculación nuestra con el movimiento fue aterrorizante porque permanentemente estábamos asistiendo a entierros y viendo físicamente el dolor los nuestros, en la televisión y en la radio”, afirmó

María Eugencia Guzmán admitió que estaban seguros de que se encontraban en “la lista”, hasta que finalmente llegó el día en el que, en el aeropuerto El Dorado de Bogotá, a las 3:45 de la tarde, fue asesinado su esposo por disparos con una ametralladora, a pesar de que se encontraba escoltado por escoltas del DAS. Narró que era tan obvia la circunstancia que iban a vivir que el día del asesinato en la mañana, Antequera había denunciado en una revista de circulación nacional, con nombres y apellidos, que ya habían 720 personas asesinadas. Cuando la publicación salió, José Antequera era el muerto 721. (Lea también: “No puede hablarse de una estrategia del Estado por el genocidio de la UP”: Carlos Ossa)

“Esas amenazas nos alcanzaron como familia y fueron permanentes. A nuestra casa llegaban sufragios (de condolencias) que son pésames que se dan en Colombia por una persona que ha muerto. Llegaron coronas de flores que se envían a los funerales, nos pintaron la puerta con una cruz negra, pusieron una bomba en el edificio en el que nosotros vivimos, también colocaron una bomba en su oficina (la de su esposo), donde hubo una persona muerta. Todo eso precedió el asesinato de José. Fueron demasiadas amenazas, demasiados temores sufridos por mis hijos porque por el solo hecho de tener escoltas en la puerta de la casa, agentes del DAS que tenían que permanecer días y noches, fue centrando el miedo en nuestra alma y hacía parte intrínseca de nuestro diario vivir”, expresó.

Así culminó el primero de cuatro días en los que la Corte IDH escuchará a las víctimas y recolectará el insumo necesario para tomar una decisión de fondo en un caso que lleva casi tres décadas bajo la sombra de la incertidumbre y la controversia judicial.

El Espectador


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