Perú | El Congreso debatió la llamada “Ley Mordaza” y se prepara para su votación definitiva

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Ley mordaza: Congreso va contra tendencia internacional de despenalizar delitos contra el honor

La noche del último jueves 4 de mayo, con 68 votos a favor, 27 en contra y tres abstenciones; el Congreso de La República aprobó, en primera votación, el Proyecto de Ley 02862 denominada “ley mordaza” debido a que, según diversas voces especialistas, esta podría ser utilizada como medio para perseguir periodistas de investigación que denuncian actos de corrupción de funcionarios públicos.

La propuesta legislativa, presentada en el 2022 por el congresista de Perú Libre Segundo Toribio Montalvo Cubas, busca modificar los art. 131 y 132 del Código Penal, los cuales tipifican los delitos de calumnia y difamación, y el art. 1969 del Código Civil, que enmarca la indemnización por daño moroso y culposo.

De acuerdo con el texto sustitutorio del proyecto, el delito de difamación que se cometa por medio del libro, la prensa u otro medio de comunicación social; la pena privativa de libertad será no menor de dos ni mayor de cuatro años, además de una multa de 120 a 365 días, y una reparación civil en favor del querellante.

Actualmente, el Código Penal establece para este delito, considerado contra el honor, una pena no menor de uno ni mayor de tres años. Esto significa que el PL pretende incrementar el tiempo de prisión máximo y agregar una reparación civil que no está prevista en nuestra legislación penal.

En comunicación con La República, Alberto Cruces, adjunto en Asuntos Constitucionales de la Defensoría del Pueblo, trasladó la preocupación de su institución en torno a la ley mordaza debido a que representa una forma de amedrentamiento contra la libertad de expresión. “La postura de la Defensoría, ya hace varios años, está orientada a la despenalización de los delitos contra el honor y, en particular, con especial énfasis cuando se trate o involucre funcionarios públicos”, señaló.

“Lo que genera, y es un poco el efecto que estamos viendo con este tipo de casos, es que aquellas personas que ejercen un poder político puedan utilizar estos medios legales para hostigar o amedrentar a personas, sobre todo periodistas”, resaltó.

Hoy, jueves 18 de mayo, el Congreso podría aprobar este dictamen en segunda votación para luego derivarla al Ejecutivo, que lo observaría promulgaría. No obstante, los gremios de periodistas se han venido reuniendo con diversas bancadas para explicar el “impacto lesivo” que esta PL tendría sobre el ejercicio periodístico de investigación.

En esa línea, el Consejo de la Prensa Peruana (CPP), liderado por María Eugenia Mohme Seminario, presentó un anteproyecto de ley en el que propone la despenalización de la difamación y calumnia, y derivar la tutela de estos al fuero civil.

La despenalización de los delitos contra el honor ha sido el camino que han seguido varios países de la región y a nivel mundial, como Argentina, México, Honduras, etc. Es decir, “el Perú estaría yendo a contracorriente a la tendencia internacional, la tendencia americana, la tendencia europea”, precisó Rodrigo Salazar, director ejecutivo del CPP.

Los delitos contra el honor en el Perú

El honor, la buena reputación y la intimidad personal y familiar son derechos fundamentales de la persona, reconocidos por la Constitución Política. En ese sentido, el inciso 7 del artículo 2 de la carta magna los tutela y establece que “toda persona afectada por afirmaciones inexactas o agraviada en cualquier medio de comunicación social tiene derecho a que este se rectifique en forma gratuita, inmediata y proporcional, sin perjuicio de las responsabilidades de ley”.

A su vez, los artículos 130, 131 y 132 del Código Penal tipifican los delitos contra el honor (injuria, calumnia y difamación). Sin embargo, la pena privativa de la libertad que establecen no supera los tres años, lo que significa que la prisión, en teoría, sería no efectiva.

El Perú y la despenalización de los delitos contra el honor

En el Perú, se gestaron dos oportunidades para que el Legislativo despenalizara los delitos contra el honor, tendencia internacional desde el 2000.

En el 2006, el entonces congresista Javier Valle-Riestra presentó el Proyecto de Ley 912-2006, en el cual proponía despenalizar los delitos contra el honor y utilizar la vía civil para tutelar estos derechos mediante un proceso especial.

Esta iniciativa fue debatida en septiembre del 2009, pero desestimada y archivada en la Comisión de Constitución, en octubre del mismo año. Los miembros consideraron que la despenalización significaba una desprotección del derecho al honor.

El segundo momento llegó un año después, con el PL 4581-2010, en el que se planteaban sanciones contra la injuria racista en el Perú. Esta iniciativa fue aprobada en la Comisión Permanente y en su texto final describía que los delitos contra el honor no daban lugar a una sanción penal, sino solo a multas y servicios comunitarios. Si bien no se despenalizaban estos, sí se excluía la prisión como pena. Sin embargo, el entonces presidente, Alan García, observó la autógrafa.

Ley mordaza y la contrapropuesta de despenalización

Alberto Cruces aseguró que la postura de la Defensoría del Pueblo es la despenalización de los delitos contra el honor y, en particular, cuando se trate o cuando involucre funcionarios públicos. “El mensaje que hemos hecho llegar al Congreso, en varias oportunidades, es que existen alternativas para proteger los bienes que este proyecto de ley, como otros en su momento, han querido proteger”.

“La idea de penalizar, supuestamente, lo que quiere lograr es disuadir que las personas no den a conocer información que pueda vulnerar el honor, la buena reputación o la intimidad de terceros; eso como una finalidad es algo positivo. El tema es cuáles son las medidas que utilizamos para proteger esos bienes jurídicos y una alternativa es la penalización, pero nosotros no creemos que sea la mejor alternativa porque existen otras alternativas como la rectificación, las disculpas públicas o incluso la responsabilidad civil: el pago de una indemnización”, detalló.

Cruces hizo hincapié en que también existen procedimientos constitucionales. “El proceso de amparo también permite que haya un mandato judicial que lo que haga sea reparar el supuesto daño. O sea, si lo que yo quiero proteger es que alguien no difunda información falsa que vulnera el honor, la forma de corregirlo es que esa información, una vez que ha sido difundida, sea corregida y que se aclare que eso no es cierto. Y esa es la forma tradicional de rectificación”, explicó.

“Al incluir los temas penales, se está generando otro tipo de efectos como el amedrentamiento, que más bien son desproporcionados para lo que se quiere lograr”, agregó el adjunto de la Defensoría.

“Para nosotros, la rectificación, que de hecho ya está prevista en el ordenamiento, es la mejor medida y, en todo caso, el Congreso lo que bien puede hacer es reflexionar y tal vez proponer algunas formas de hacer que esta rectificación, que ya existe, pueda ser más eficiente, y tal vez, en ese camino, si se puedan aprobar medidas legislativas que permitan atender el problema que supuestamente se está buscando atender, pero sin sacrificar otros bienes jurídicos como la libertad de expresión”, finalizó Cruces.

 Gremios periodísticos expresan su rechazo a la ley mordaza. Foto: La República

Gremios periodísticos expresan su rechazo a la ley mordaza. Foto: La República

Otra de las voces que plantea la despenalización es el CPP, que además elaboró un anteproyecto para ser presentado en el Congreso de La República. “El anteproyecto de ley busca precisar la tutela de los delitos contra el honor. Es decir, no busca que se castigue al periodista con una pena de cárcel, pero sí que se tutele los casos de honor en la vía civil, o sea de vía penal a la vida”, dijo Rodrigo Salazar.

“(La despenalización) es una práctica que en realidad ya viene desde hace un buen tiempo en varios países de la recesión. El Perú estaría yendo a contracorriente a la tendencia internacional, la tendencia americana, la tendencia europea”, añadió Salazar, quien mostró su preocupación de que esta iniciativa “no busque evitar la difamación, sino perseguir periodistas”.

“El problema es que lo que busca el querellante no es que el periodista se vaya preso, lo que busca es clavarle una cierta cantidad de trámites y procesos durante años, como es el caso de Paola Ugaz, por ejemplo, Daniel Yovera, entre otros; estar yendo constantemente a juzgado tras juzgado. Eso genera gastos económicos, es un desgaste de energía y es un amedrentamiento”, precisó.

Por su parte, Augusto Álvarez Rodrich, presidente del consejo directivo del Instituto Prensa y Sociedad (IPYS), aseguró para este medio que esperan que el Parlamento desestime este PL porque no solo vulnera la libertad de prensa, sino que busca ser una herramienta de intimidación.

Los representantes de ambas organizaciones apuntaron a que, si la ley mordaza se aprueba y el Ejecutivo lo observa, se entraría a un proceso legal que llegaría a instancias internacionales.

¿Qué dice la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la OEA?

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos, en sus distintos informes, indicó que la protección al honor debe darse en sede civil, “en virtud de que la sanción penal podría inhibir el control de la función pública necesario en una sociedad democrática”.

Asimismo, destacó este avance en Argentina, Uruguay y Panamá, e instó a las autoridades a “emprender los procesos necesarios de modificación de la legislación sobre calumnias e injurias por expresiones dirigidas a funcionarios públicos, personas públicas o particulares que se involucren voluntariamente en asuntos de interés público, con el fin de avanzar progresivamente hacia su despenalización”.

Además, en el 2019, el organismo recomendó que establecer sanciones penales contra la desinformación podría tener un efecto inhibitorio en la libertad de expresión.

Panorama de la despenalización de los delitos contra el honor

Desde el 2000, más de 30 países a nivel mundial han despenalizado los delitos contra el honor. En la región, los Estados que han seguido esta tendencia son:

  • Panamá (2007)
  • México (2007)
  • Argentina (2009)
  • Uruguay (2009)
  • Jamaica (2013)
  • Honduras (2019).

La República


El Congreso votará hoy la llamada ‘Ley Mordaza’: ¿por qué es un peligro para la libertad de expresión?

El pasado 4 de mayo, el pleno del Congreso aprobó, por mayoría y sin debate, el proyecto de ley que plantea modificar los códigos Civil y Penal para elevar las penas por los delitos de difamación y calumnia a través de medios de comunicación.

Dicho dictamen obtuvo 69 votos a favor, 28 en contra y 3 abstenciones y fue apoyado, mayoritariamente, por Perú Libre, Acción Popular, Alianza para el Progreso, el Bloque Magisterial y Renovación Popular.

La segunda votación de este proyecto ha sido programada para hoy, jueves, en la sesión plenaria que iniciará a las 9:30am. Vale decir que esta es la votación definitiva del dictamen.

Esta iniciativa legislativa ha generado las críticas unánimes de los gremios periodísticos del país, los cuales, entre el lunes y martes de esta semana, se reunieron con las bancadas parlamentarias para conversar sobre el mismo.

Al respecto, cabe preguntarse: ¿por qué representa un riesgo para la libertad de prensa y de expresión?

Efectos contra periodistas

El abogado penalista Roberto Pereira, en diálogo con RPP Noticias, consideró que, con el dictamen, se afecta directamente el trabajo periodístico y la libertad de expresión.

«Lo que se ha dicho es que, como son 4 años, no hay prisión efectiva, pero eso no se corresponde con la realidad porque, en estricto, en nuestro país, un juez puede enviar a una persona a cumplimiento de cárcel efectiva incluso con una pena menor de 4 años. Es una potestad judicial», sostuvo.

Como se sabe, dicho dictamen plantea elevar entre 120 y 365 días-multa la sanción por el delito de calumnia, y pena privativa de la libertad «no mayor de cuatro años, con 90 a 120 días-multa» por el delito de difamación, además de «reparación civil en favor del querellante».

Por ello, el penalista señaló que hay un «efecto inmediato» que alcanzaría a los periodistas desde el momento en que, eventualmente, se apruebe esta norma.

«El efecto práctico e inmediato de aprobarse esta propuesta es que, al incrementarse las penas, inmediatamente hace que el plazo de prescripción del delito suba de cuatro años y medio que rige ahora a seis años», sostuvo.

«Por lo tanto, se podrá mantener procesado a un periodista durante ese tiempo, que es lo que la evidencia nos dice que buscan los políticos con esta medida», agregó.

Pereira indicó que lo que se estaría buscando es «mantener a un periodista el mayor tiempo posible procesado ante un riesgo de condena penal, desgastándolo emocional, personal y económicamente, distrayéndolo de su trabajo y generando en él un efecto de amedrentamiento e inhibición en relación con su tarea».

Por otro lado, consideró que «por lo menos, desde el 2016», el Congreso ha presentado, sistemáticamente, «proyectos de ley orientados a debilitar la garantía legal que tiene la libertad de expresión».

«Se dice que es un proyecto presentado en agosto del año pasado y es verdad, pero se revive el proyecto justo en este momento del año (…) Entonces, claramente estamos ante un comportamiento reactivo del Congreso frente a la labor que ha tenido la prensa frente a comportamientos irregulares de congresistas», remarcó.

«Es absolutamente innecesaria»

Por otro lado, Pereira explicó que la propuesta plantea modificaciones a las normas sin ninguna razón válida.

«Esta es una propuesta absolutamente innecesaria en la medida en que no expresa ninguna razón válida en la exposición de motivos. El derecho al honor está suficientemente protegido en el Perú, no ha generado ningún problema de desprotección frente a alguien que ha pretendido defender este derecho», señaló.

En ese sentido, consideró que el Congreso solo busca enviar un mensaje de «amedrentamiento».

«La única razón que se encuentra acá es enviar un mensaje de amedrentamiento al trabajo periodístico porque este delito es el que usa la gente con poder político y económico para reaccionar frente a las denuncias que la prensa hace en cumplimiento de su trabajo», expresó.

Según resaltó el jurista, un reciente informe de la Asociación Nacional de Periodistas (ANP) acreditó que, entre el 2019 y 2021, han existido 109 querellas contra periodistas «todas interpuestas por querellantes con poder político y económico o por gente de su entorno».

«Por lo tanto, incrementar las penas sin ninguna justificación lo que hace es poner en mayor riesgo el ejercicio periodístico», subrayó Pereira.

Asimismo, el penalista señaló que el dictamen va en contra de lo establecido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) respecto a la libertad de expresión.

«Esto está absolutamente acreditado, la CIDH ya ha sancionado esto como algo contrario a la libertad de expresión y es por eso que se ha pronunciado en contra de la tipificación de los delitos de difamación cuando se trata de este tipo de discursos», indicó.

«La tendencia en el mundo es la despenalización; es decir retirar el derecho penal de este tipo de controversias y solucionarlo a través del derecho a la rectificación, de los mecanismos de autorregulación de los propios medios de comunicación o del derecho civil (…) Esa es la tendencia en el mundo y acá estamos yendo en contra de esa línea», puntualizó.

Evalúan su apoyo al proyecto

Dos de las bancadas que votaron a favor de la aprobación del proyecto – Renovación Popular (RP) y Alianza para el Progreso (APP) – anunciaron que están «evaluando» su decisión final sobre el dictamen.

El vocero de RP, José Cueto, señaló a RPP Noticias que su grupo parlamentario analizará un «texto sustitutorio» sobre dicha norma.

«Sobre la llamada Ley Mordaza, que le han puesto ese nombre para hacer tanto lío, hay un texto sustitutorio – que nos han informado quienes han promovido esta ley – que estamos evaluando (…) ya seguramente la otra semana vamos a definir esto», indicó.

Cueto Aservi consideró además que el proyecto de ley no varía «en casi nada» las actuales normas sobre los referidos delitos

«Dependiendo de lo que diga, la bancada se va a reunir para evaluar bien el tema de esta ley que amplía los años de uno a tres, a dos a cuatro y la parte pecuniaria. En realidad, es casi nada lo que se varía, creo que se ha tomado a mal esta ley», agregó.

Por su parte, Eduardo Salhuana, vocero de APP, indicó que su bancada está dispuesta a «cambiar de opinión» para no generar inestabilidad social.

«Nosotros creemos que, en un escenario de inestabilidad política, necesitamos generar estabilidad económica, social; hay que evitar una confrontación innecesaria con un sector importante como la prensa (…) y entender que, si las organizaciones periodísticas se pronuncian y hay una opinión pública contraria a una iniciativa legislativa, yo creo que el congresista debe saber escuchar a la ciudadanía y evaluar una decisión que se tomó en su momento”, sostuvo.

RRP Noticias


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