El Salvador | Empresas y Derechos Humanos – Por José Apolonio Tobar Serrano

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Por José Apolonio Tobar Serrano *

El Estado de El Salvador, en razón de responsabilidades legales y contractuales ha adquirido la obligación de promover, respetar y garantizar los derechos humanos, ésta se ve fortalecida al implementar políticas de cooperación entre gobiernos, empresas y sociedad civil. En la actualidad las empresas han iniciado una participación más notable en la corresponsabilidad social para coadyuvar en la garantía de los derechos humanos y el cumplimiento de la Agenda 2030 de Naciones Unidas, en la medida que sus acciones atañen directamente en lo económico, político, ambiental, cultural y social de las poblaciones con quienes interactúan.

Como establece la Resolución 70/1 de la Asamblea General de Naciones Unidas “Transformar nuestro mundo” laimplementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible requiere de la participación de todos los actores sociales y políticos, no sólo la del Estado, sino también de las organizaciones locales, sindicatos, ONG, universidades y del sector privado.

La incorporación de las empresas el trabajo por la vigencia de los Derechos Humanos tiene su base en los Principios Rectores puestos en práctica en el marco de las Naciones Unidas para proteger, respetar y remediar, que fueron aprobados por el Consejo de Derechos Humanos en su resolución 16 de junio de 2011, y aunque su naturaleza jurídica es de softlaw es un precedente importante para la protección de los derechos humanos frente al ejercicio de las actividades de las empresas. Es relevante afirmar que a nivel de la comunidad internacional no se ha logrado, hasta hoy, construir un consenso en torno a la conveniencia de adoptar una convención o tratado, es decir una norma obligatoria que regle y desarrolle esta materia[1].

Sin embargo, los Principios Rectores han sido calificados como insuficientes por parte de organizaciones de la sociedad civil, por considerar que un tratado con carácter vinculante es imprescindible para afrontar los abusos de las corporaciones empresariales en materia de derechos humanos. De conformidad a estos principios, las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos tienen un rol importante para que los Estados puedan avanzar en su aplicación, siendo un desafío para la labor de las INDH, por cuanto que se les ha demandado el desarrollo de nuevas capacidades a nivel institucionaldebido, sobre todo, a que el ámbito de las empresas y los derechos humanos constituye un ámbito no tradicional en cuanto al ejercicio de sus funciones.

En la actualidad, en las INDH de la región (Guatemala y El Salvador particularmente), los casos relacionados con empresas y derechos humanos, son atendidos de forma dispersa por las diferentes unidades o dependencias institucionales, careciendo de una política institucional uniforme de atención a los mismos. Más allá de la legalidad, se establece un acercamiento de buena voluntad o de buenos oficios.

La mayoría de los casos atendidos en esta materia, especialmente por la INDH de El Salvador, se refiere a hechos vinculados con derechos del consumidor, derechos de los trabajadores, medio ambiente, salud y agua; cuyas intervenciones de la INDH se han enfocado en la prevención o justa reparación de los daños causados por las entidades privadas a las víctimas; constituyéndose así en observadoras o simples fiscalizadoras de las actuaciones de otras entidades del Estado como regla general, dado que además el trámite de los casos son derivados a instancias gubernamentales con la respectiva competencia, tales como la Defensoría del Consumidor, Ministerio de Trabajo, Procuraduría General de la República, Superintendencia del Sistema Financiero u otra institución que tuviera competencia.

Los Principios Rectores establecen que la responsabilidad de respetar los derechos humanos aplica a todas las empresas y ha de abarcar todos los derechos humanos internacionalmente reconocidos. Es por ello que las empresas han de considerar cada uno de los derechos a la hora de diseñar su política de compromiso en derechos humanos, sobre todo acciones positivas encaminadas a garantizar la no discriminación, igual salario por igual trabajo, seguridad social y otras medidas que garanticen el una vida digna, para ello se deberá implantar un  proceso de debida diligencia para analizar riesgos e impactos y poner en marcha los mecanismos de reclamación, para reparar a las víctimas de vulneraciones[2].

Los ODS representan una oportunidad de sobrevivencia para la humanidad y la recuperación del planeta en lo que resta hasta 2030, se pretende con el concierto de todos y todas, darle tratamiento adecuado a los problemas relacionados con las tres dimensiones del desarrollo sostenible: económicos, sociales y ambientales, mitigando la pobreza, al hambre y a la desigualdad, alcanzar la igualdad de género y el acceso para todos a condiciones laborales adecuadas, facilitar el acceso a servicios de salud y a una educación de calidad, proteger el medioambiente y los recursos naturales,

De ahí que, el respeto a los derechos humanos debe ser uno de los ejes centrales en la estrategia de sostenibilidad de cualquier empresa, independientemente de su tamaño y sector estando dicha Agenda 2030 estrechamente ligada a los derechos humanos, por lo que “evitar impactos sobre los derechos humanos en la cadena de valor y con los grupos de interés puede ser sinónimo de importantes contribuciones a los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Particularmente en ámbitos como los derechos laborales, los derechos de la mujer o de los niños y la familia”[3].

En el contexto actual, de la pandemia por Covid-19, las empresas han violentado derechos humanos de las personas trabajadoras, al realizar despidos, suspensiones de contratos de trabajo y denegación de prestaciones sociales provenientes del trabajo, casos que han sido puestos en conocimiento del Ministerio de Trabajo, instancia gubernamental con competencia en la materia; además de darle trámite también en la INDH para investigar la actuación de la referida instancia y declarar en su oportunidad la responsabilidad por omisión, de violación a los derechos laborales.

El nuevo lenguaje de la sostenibilidad está generando nuevas inquietudes en el sector de las empresas, en la medida que se está buscando mayor producción, más y mejores mercados, menos costos de producción, menos carga fiscal, se debe de hablar de derechos, producción limpia, medidas ambientales, equidad de género, empleos de calidad seguridad y previsión social, todos dentro de una política empresarial sostenible y respetuosa de los derechos humanos. De ahí que falta mucho por construir y hacer conciencia en todos los sectores económicos incluyendo a microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes), grandes empresas y multinacionales para generar un crecimiento económico sostenible que vaya ligado a la consecución de los ODS.

En la región, salvo escasas excepciones, el modelo productivo y de desarrollo no ha cambiado mucho después de los conflictos armados internos (Guatemala, El Salvador y Nicaragua), las empresas tampoco, ello impacta en el desarrollo sostenible. Los Estados deberán iniciar un proceso de acercamiento y diálogo permanente con el sector empresarial para que exista un compromiso serio y franco que busque el enfoque en un crecimiento sostenible de largo plazo con enfoque de derechos humanos y para mejorar el uso de los recursos naturales y no solo el enfoque en la competencia y la ganancia, considerando la inminente presencia del cambio climático.

La emergencia del COVID19

El Salvador y otros países de la región estaban atravesando por un estancamiento en la economía y el desarrollo, sostenidamente se venían presentando cifras de crecimiento abajo del 3% del PIB desde la post guerra, con excepción de la crisis económica de 1998. Desde mediados del mes de marzo se declaró una emergencia por la llegada del COVID19, frente a la ausencia de mecanismos y herramientas conocidas para su contención, la solución ha sido medidas drásticas de confinamiento obligatorio y cierre de fuentes de trabajo.

Se estima que luego de más de 90 días de cuarentena, no menos de 120 mil empleos formales se habrían perdido por el cierre de fuentes de trabajo, la economía nacional estaría por debajo de otras de la región con un estimado decrecimiento del -8.6 del PIB, el desempleo crecería de un 6% a un 14% y 1,5 millones de personas estaría volviendo a condiciones de pobreza.

Las empresas se han visto muy afectadas y las microempresas lo están mucho más. Según estimaciones de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) más de 2.7 millones de empresas formales en la región cerrarán (un 19 % del total) y eso dejaría a unas 8.5 millones de personas sin empleo, a ello se sumaría la reducción de los puestos de trabajo de las empresas que siguen operando.

A finales de 2020 se proyecta que cuatro de cada 10 salvadoreños estará en situación de pobreza, un crecimiento de 6.5 puntos porcentuales en comparación de las cifras de 2019, donde se estimó que tres de cada 10 salvadoreños se encontraba en esa situación económica. En Centroamérica, las más de un 90 % de las empresas han tenido que recortar un 42 % del personal, el 50 % de las empresas necesitarían entre cuatro y nueve meses para recuperar el nivel de facturación previo a la crisis, esta situación se agrava entre las microempresas, que necesitarían un período que va de siete meses a más de un año. Por otra parte, el gobierno de El Salvador se ha declarado en franca confrontación con representantes de la gran empresa.

Con esta realidad, la expectativa de los ODS se vislumbra difícil y lejana.

Notas

[1] Informe Conjunto sobre la atención y tramitación de casos que involucran empresas y Derechos Humanos, por parte de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos de El Salvador (PDDH) y de Guatemala (PDH). Diciembre 2018. Pag. 46

[2] Empresas y derechos humanos: acciones y casos de éxito en el marco de la Agenda 2030. Red Española del Pacto Mundial. Pag. 26

[3]Ibid. Pag. 10.

* Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos de El Salvador


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